Pagos Provisionales 2013 SAT – Antes y Después de Declaraciones y Pagos

 

El calculo y pago de impuestos en México ha cambiado radicalmente durante estos años, los Contadores debemos ir a la par de estos cambios fiscales y deducir el como puede beneficiar estos cambios al contribuyente, apoyando al contribuyente a cumplir con sus obligaciones correctamente. El sistema de Declaraciones y Pagos para las personas físicas (a partir de 250,000 de ingresos) y todas personas morales (desde 2012) es una realidad por lo que si estés migrando de un esquema a otro en estos momentos la siguiente información será de gran utilidad para ti como contador o como contribuyente:

Para mayor claridad sobre el procedimiento para hacer su declaración, observe el siguiente cuadro comparativo sobre cómo realizaba sus declaraciones y pagos y como debe realizarlos ahora.

Antes

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Tipos de facturación que se pueden utilizar en 2013: Preguntas frecuentes

Tipos de facturación que se pueden utilizar en 2013 Preguntas frecuentes

 

El SAT publicó las diferentes modalidades de facturación para 2013. Aquí te presento las preguntas frecuentes de los contribuyentes y sus respectivas respuestas. Contar con esta información es bueno para asegurarnos de que se están expidiendo correctamente los comprobantes fiscales de 2013.

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Obligaciones SAT 2013 – Agenda Anual de Personas Fisicas y Morales

 

Como cada inicio de año debemos de ir pensando en los tiempos para cumplir con cada una de las obligaciones fiscales que como Personas Físicas o Morales se tienen con el SAT, como contadores debemos de tener bien presentes cuales son las obligaciones vigentes de cada contribuyente o como contribuyente se debe de contar con la siguiente información.

Se trata de las obligaciones Anuales de las Persona Físicas o Morales que se deben de cumplir sobre todo una vez terminado el ejercicio anterior. fecha de entraga informacion alternaiva dictamen 2010 Fecha limite presentacion Dictamen Fiscal 2011 a traves de SIPRED 2012

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Principales Obligaciones Fiscales de las Donatarias Autorizadas 2013 de la A a la Z

 

En caso de que las organizaciones civiles o fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles incumplan con alguna de sus obligaciones fiscales, el Servicio de Administración Tributaria revocará, no renovará o perderá la vigencia de la autorización respectiva, sin perjuicio de las demás sanciones que, en su caso, procedan en los términos de las disposiciones legales.

1. En General:

  • (a) Destinar sus activos exclusivamente a los fines propios de su objeto social o fines, no pudiendo otorgar beneficios sobre el remanente distribuible a persona física alguna o a sus integrantes personas físicas o morales, salvo que se trate, en este último caso, de alguna de las personas morales o fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles, o se trate de la remuneración de servicios efectivamente recibidos.
  • (b) Al momento de su liquidación y con motivo de la misma, deberán destinar la totalidad de su patrimonio a entidades autorizadas para recibir donativos deducibles.
  • (c) Durante los meses de noviembre o diciembre de cada año, deberá poner a disposición del público en general la información relativa a la transparencia, así como al uso y destino de los donativos recibidos, correspondiente al ejercicio fiscal inmediato anterior, a través del programa electrónico que se encuentra a su disposición en el portal de Internet del SAT, utilizando la Firma Electrónica Avanzada de la organización civil o fideicomiso autorizado para recibir donativos deducibles.
  • (d) Informar dentro de los diez días siguientes a aquél en el que se presentó ante la autoridad correspondiente, el aviso del cambio de clave ante el Registro Federal de Contribuyentes, domicilio fiscal, denominación, o razón social, , extinción, liquidación o disolución de la organización civil, en términos de la ficha 11/ISR del Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente.
  • (e) Informar de cualquier modificación en el objeto social o fin de los mismos o de cualquier otro requisito que se hubiere considerado para otorgar esta autorización, en términos de la ficha 11/ISR del Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente.

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Anexo 1 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2013: Formas y formatos oficiales

Anexo 1 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2013 Formas y formatos oficiales

 

El Anexo 1 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2013 fue publicada el 29 de diciembre de 2012 en el Diario Oficial de la Federación. Este documento contiene las formas y formatos oficiales aprobados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

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Facturas CFD para 2013 se podrán seguir expidiendo? – RMF 2013

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Para las personas físicas o morales que aun expiden Comprobantes Fiscales Digitales o CFD, se les informa que para 2013 aun se podrán seguir utilizando tal y como se viene dando desde 2011 y 2012. Esta información se da a conocer el día de hoy 28 de diciembre de 2012 en el Diario Oficial de la Federación en la resolución miscelánea fiscal 2013.

Aquellos contribuyentes que decidieron adoptar la facturación electrónica durante el ejercicio fiscal de 2010 y las hayan emitido correctamente, pueden seguir generando y emitiendo facturas en 2013 sin necesidad de ser remitidos a un proveedor de certificación CFDI.

Facilidad para expedir CFD en lugar de CFDI

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Requisitos de la Facturación Electronica en 2013 – Resolución Miscelanea 2013

 

El día de hoy se publico en el diario oficial de la federación la resolución miscelánea fiscal para este 2013, en la cual habla de los Comprobantes Fiscales Digitales a través de Internet o Factura Electrónica entre otras cosas, lo importante de señalar aquí es que hay algunas nuevas reglas y siguen estando vigentes algunas otras. Para esto les dejo lo que se publico en el DOF con referencia a los comprobantes fiscales o facturas electrónicas para este 2013.

Almacenamiento de CFDI

I.2.7.1.1. Para los efectos de los artículos 28, cuarto párrafo y 30, cuarto párrafo del CFF, los contribuyentes que emitan y reciban CFDI, deberán almacenarlos en medios magnéticos, ópticos o de cualquier otra tecnología, en su formato electrónico XML. CFF 28, 30

Expedición de CFDI a través del Servicio de Generación de Factura Electrónica (CFDI) ofrecido por el SAT

I.2.7.1.2. Para los efectos del artículo 29, fracción IV del CFF, los contribuyentes podrán expedir CFDI sin necesidad de remitirlos a un proveedor de certificación de CFDI autorizado, siempre que lo hagan a través de la herramienta electrónica denominada "Servicio de Generación de Factura Electrónica (CFDI) ofrecido por el SAT", misma que se encuentra en la página de Internet del SAT. CFF 29

Plazo para entregar o enviar al cliente el CFDI

I.2.7.1.3. Para los efectos del artículo 29, fracción V del CFF, por operación se entiende el acto o actividad de cuya realización deriva la obligación de expedir el CFDI, incluyendo la remisión del mismo para la asignación de folio del comprobante fiscal digital y la incorporación del sello digital del SAT.

Por su parte, las entidades referidas en la regla II.2.6.2.7. podrán entregar o enviar a sus usuarios el estado de cuenta correspondiente, que cumpla con los requisitos para ser considerado CFDI, dentro de los tres días inmediatos siguientes a la fecha de corte que corresponda.

Las entidades a que se refiere el párrafo anterior también podrán entregar o enviar los estados de cuenta mencionados en el plazo que establezca la normatividad financiera que les resulte aplicable, cuando dicho plazo sea distinto al referido en el párrafo anterior. CFF 29, RMF 2013 II.2.5.2.4., II.2.6.2.7.

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Resolución Miscelánea Fiscal para 2013

Resolución Miscelánea Fiscal para 2013

 

El 28 de diciembre de 2012 se publicó la Resolución Miscelánea Fiscal para 2013. Esta resolución, que consta de dos libros y anexos, agrupa las disposiciones de carácter general aplicables a impuestos, productos, aprovechamientos, contribuciones de mejoras y derechos federales, excepto los relacionados con el comercio exterior.

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