El Artículo 94 de la LISR regula la clasificación fiscal de los ingresos obtenidos por concepto de salarios y servicios asimilados en México, estableciendo un marco normativo más amplio que la simple retribución por un trabajo subordinado. Desde la perspectiva tributaria, este precepto legal clasifica los rendimientos en dos grandes vertientes:
- Ingresos derivados de una relación laboral subordinada: Incluye salarios, prestaciones operativas, Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) y percepciones otorgadas al término de la relación de trabajo.
- Ingresos asimilados a salarios: Conceptos que, aun cuando no provienen de una relación de subordinación laboral directa, reciben el tratamiento tributario de salarios por disposición expresa de la ley.

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