El SAT dio a conocer cuál es la información a enviar por asesores fiscales o contribuyentes en la “Declaración informativa para revelar esquemas reportables generalizados y personalizados”. Antes de continuar con la modificación les comparto que es un esquema reportable y que se considera como un asesor fiscal:
Declaraciones Informativas
Declaración informativa de servicios digitales de intermediación entre terceros
Los residentes en el extranjero sin establecimiento en México deben cumplir con la presentación de la “Declaración informativa de servicios digitales de intermediación entre terceros” según lo establecido en el articulo 18-J fracción III de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.
Esta declaración informativa se dio a conocer la 6ta versión de la 1ra modificación a la Resolución Miscelánea Fiscal de 2020 publicada en la página del SAT recientemente.
¿Cuáles son las actividades vulnerables? – El SAT y la Ley antilavado LFPIORPI
El blanqueo de capitales o lavado de dinero es una actividad ilícita que consiste principalmente en introducir capitales de procedencia ilícita en el sistema financiero, simulando que estos son beneficios obtenidos provienen de actividades legales. En este articulo se busca resolver la incógnita que muchos contribuyentes tienen actualmente, que es el saber si se está obligado a presentar avisos derivados de la ley antilavado (LFPIORPI).
- Contador Público egresado de la Universidad del Valle de Atemajac, con más de 14 años de experiencia como Auditor Externo, Asesor Fiscal y
- Contralor Financiero en firmas BIG 4 y empresas transnacionales en giros de manufactura, comercialización, desarrollo de software, hotelería entre otros.
- Se desempeña como socio fundador de la firma de asesoría integral Tax ID, donde se atienden clientes extranjeros y nacionales de diferentes tipos de industrias.
Correo Electrónico: contacto@taxid.mx
Nuevos campos DIOT 2019 – SAT Actualiza el Layout para importación de la información masiva
El SAT lanzó la versión 1.2.1 del DIOT 2019, el cual contiene el nuevo campo “Monto del IVA pagado no acreditable sujeto al estímulo de la región fronteriza norte”, por lo que en el aplicativo de recepción de archivos generados con la información mensual de las operaciones con terceros sólo aceptará los archivos generados con la nueva versión.
La versión anterior (1.2.0) solo había habilitado el campo “Valor de los actos o actividades pagados sujeto al estímulo de la región fronteriza norte”, por lo que generó problemas para informar de forma correcta las actividades con proveedores que aplican el 8% de IVA en sus facturas por apegarse al decreto de la región fronteriza norte.
DIOT – Valor de los actos o actividades pagados sujeto al estímulo de la región fronteriza norte
Con la entrada en vigor del manejo del IVA al 50% en la región fronteriza norte, fue necesaria la actualización de la DIOT en 2019. La Declaración Informativa de Operaciones con Terceros a partir de 2019 tendrá un nuevo campo para reflejar cuánto se pago a proveedores que aplican el beneficio fiscal de la reducción del Impuesto al Valor Agregado en dicha región.
Descargar DIOT 2019 – Instalar la actualización del SAT (version 1.2.0)
Ya se encuentra disponible la actualización del programa DIOT 2019, que incluye las actividades con la nueva tasa del IVA al 8% que los beneficiarios del decreto de la región fronteriza norte utilizan en sus CFDI y que los receptores tienen que declararlos en dicha declaración informativa de operaciones con terceros.
DIOT 2019 – Declaración Informativa de Operaciones con Terceros vigente ante el SAT
La Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT) para el ejercicio 2019 está lejos de desaparecer para todos los contribuyentes, sólo hay un camino claro para la eliminación de la obligación que es utilizar los medios de contabilidad del SAT.
La DIOT se creó por la necesidad de la autoridad de cuadrar lo declarado por los contribuyentes en materia del Impuesto al Valor Agregado que se entera mes con mes en los pagos provisionales, ahora en el sistema de declaraciones y pagos del SAT.
¿Como utilizar Mi Contabilidad en la pagina del SAT? – Personas físicas con actividad empresarial, profesional y arrendamiento
En la recién publicada 3ra modificación a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018, se dio a conocer que las Personas Físicas con Actividad Empresarial, Profesional y Arrendamiento, ya pueden utilizar el aplicativo “Mi Contabilidad” en la página del SAT, para el calculo de impuestos, beneficiándose con el no envío de la Contabilidad Electrónica y la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT).
Declaraciones Informativas a presentar en 2018 (anexos del DIM)
¿Ya tienes tu amarre al 100% de CFDIS de nómina directamente de la información del SAT (requiere de un software especializado)? Evita problemas al momento de la presentación de declaraciones anuales de tus empleados.
¿Ya empezaste tu proceso de Estudio de Precios de Transferencia, ISSIF (antes DISIF), Anexo 9 del DIM? A partir de este año tienes como límite el 31 de marzo y ya no el 30 de junio.
- Es egresado de la Universidad Autónoma de Aguascalientes.
- Tiene Especialidad en Impuestos, Maestría en Impuestos y Maestría en Derecho Fiscal.
- Actualmente es Presidente del Colegio de Contadores Públicos de Aguascalientes, donde, además, ha presidido las comisiones de Auditoría y NIFS (2018 y 2019), y la de Control de Calidad en Trabajos de Aseguramiento (2016 y 2017).
- Ha formado parte de las comisiones Regionales del IMCP Centro Occidente: Auditoría, de Tributación Internacional, y actualmente es miembro de la de Normas de Información Financiera.
- Cuenta con 3 certificaciones por el IMCP: General, Fiscal y Contabilidad y Auditoría Gubernamental (todas mediante examen)
- Ha sido auditor y asesor de importantes entes privados (nacionales e internacionales) y de gobierno por más de 15 años.