Para que una donataria esté autorizada por el SAT, es necesario que el contribuyente que recibe los donativos esté publicado en el Diario Oficial de la Federación, específicamente en el anexo 14 de la Resolución Miscelánea Fiscal. Previamente la donataria debió presentar la solicitud de autorización para recibir donativos deducibles en tiempo y forma.
Nuestra labor es compartir a Contadores Públicos, Despachos y Empresas, nuestra experiencia en el ámbito contable, fiscal, financiero y de seguridad social, con el fin de promover la cultura contable en México.
Esperamos les sea de utilidad la información aquí publicada, puedes enviarnos tu consulta al correo electrónico: contacto@contadormx.net