Tips Fiscales para un Envió de la Declaración Anual de PF Exitosa!

tips declaracion anual PF


tips declaracion anual PFEs epoca de Declaraciones Anuales para las personas Físicas por lo que debes conocer como pagador de impuestos algunos TIPS para que el envió de tu Declaración Anual que te ayudaran a que el envió sea exitoso, para esto PRODECON publico los Consejos Prácticos que debes considerar para presentar de manera oportuna tu Declaración Anual del Ejercicio 2015.

Estos Tips son de carácter general y si eres Contador o Asalariado te servirá mucho leer cada uno de ellos, para considerarlos en la elaboración de tu Declaración Anual.

A continuación te dejamos con estos interesantes TIPS:

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Gastos para hacer ANTES del Fin de Año y Obtener Saldo a Favor de ISR


deducciones personales 2016
En ocasiones tenemos gastos que podemos deducir en la declaración anual y por falta de información o comprobantes fiscales dejamos de aplicarlas. Este articulo va dirigido a los que presentan su Declaración Anual y tuvieron gastos en el ejercicio y les gustaría deducirlos para obtener un Saldo a Favor o que el Impuesto Sobre la Renta no sea tan alto (en algunos casos).

Para empezar les comento que no todo es miel sobre hojuelas en cuestión de deducciones, hay algunos gastos que se pueden aplicar como Deducciones Personales y estas tienen un limite.

Empezaremos con las limitantes de estas deducciones y después pasaremos a cuales son aplicables en la Declaración Anual:

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ISR de Personas Fisicas en 2013, Tarifa Anual y mensual de la LIF 2013

gastosdeoperacion thumb Cuales son los Gastos Deducibles?   ISREn la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio 2013 publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 17 de diciembre de 2012, no se actualizarán  las tablas para la determinación de los pagos provisionales y del ISR del ejercicio 2013 de las personas físicas para esto se utilizarán las tablas vigentes al 31 de diciembre de 2012, publicadas en el DOF del 5 de enero de 2012.

Tarifa del ISR Personas Físicas Mensual 2013

Artículo 113 de la Ley ISR (retenciones y enteros mensuales): Se continúa aplicando la tarifa vigente al 31 de diciembre de 2012.

 Tarifa aplicable durante 2013, para el cálculo de los pagos provisionales mensuales.

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Tasa de ISR para 2013 y 2014 – Posponen disminucion un año

Se propone posponer un año la disminución de las tasas del ISR que se tenia prevista iniciar en el ejercicio fiscal 2013 y mantener durante ese ejercicio fiscal los mismos niveles de la tarifa y tasa que en 2012 aplicaron a las personas físicas y morales que contribuyen al Impuesto Sobre la Renta (ISR). Esto vendrá en la Ley Federal de Ingresos de la Federación para el ejercicio de 2013 aprobada por la cámara de diputados y pendiente de publicarse en el Diario Oficial de la Federación

Motivos para posponer la disminución del ISR al 29% y dejarlo en 30%

El ejecutivo Federal propone derogar la transitoriedad de la disminución gradual de las tasas marginales de la tarifa aplicable a personas físicas y de la tasa aplicable a las personas morales previstas en la ley del ISR, con el fin de mantener durante el ejercicio fiscal 2013, los mismos niveles de tasas del ISR y así hacer frente a los actuales acontecimientos económicos en la esfera internacional.

Buscan también fortalecer las finanzas publicas para enfrentar las necesidades de gasto publico y contribuir a mantener la solidez macroeconómica del así, reforzar el crecimiento, apuntalar la credibilidad, aumentar la generación de empleos y promover la estabilidad financiera.

ISR Durante el ejercicio fiscal de 2013

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Tasa de ISR para 2013 se mantiene en 30% marginal – Iniciativa LIF 2013

porcentaje 300x224 porcentajeEl pasado viernes 7 de diciembre de 2012, el Ejecutivo presentó ante el Congreso de la Unión, la Iniciativa de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2013, en ella se propone mantener las tasas del ISR tanto de personas morales como de personas físicas en una tasa marginal del 30%, la siguiente información fue dada a conocer para sustentar esta iniciativa:

Tarifa de personas físicas y tasa  aplicable a las personas morales en materia del impuesto sobre la renta

Durante el año de 2009 la actividad económica de nuestro país sufrió una de las contracciones más importantes de que se tenga registro, al mostrar una disminución real de 6.2 por ciento. Esta contracción de la actividad económica tuvo como causa principal la crisis financiera internacional ocurrida en 2008 en los Estados Unidos de América, así como la emergencia sanitaria de finales de abril de 2009 en México.

Lo anterior propició el debilitamiento de la recaudación tributaria del país, por lo que los ingresos tributarios pasaron de representar el 9.9 por ciento del PIB en 2008 a 9.4 por ciento en 2009.

En consecuencia, el Congreso de la Unión a fin de fortalecer los ingresos públicos y evitar un debilitamiento estructural en las finanzas del país, a finales del año 2009, aprobó el incremento de la tasa del ISR de personas morales del 28 al 30 por ciento, y de las tres últimas tasas marginales de la tarifa del ISR de personas físicas en una proporción de 7.14 por ciento, con el objeto de ubicar la tasa marginal máxima de dicha tarifa en 30 por ciento.

Sin embargo, a pesar de que la actividad económica de nuestro país ha mostrado tasas de crecimiento favorables, el entorno económico mundial muestra elementos que generan incertidumbre sobre el futuro desempeño de las economías más importantes del mundo,  destacando los problemas de sustentabilidad de las finanzas públicas en diversos países de Europa y en Estados Unidos de América.

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Caso Practico primer pago referenciado de ISR de Personas Fisicas – Servicio Declaraciones y Pagos

A partir de Septiembre de 2012 las personas físicas con que en el último ejercicio fiscal declarado, hayan manifestado ingresos superiores a un millón de pesos para los pagos provisionales y definitivos correspondientes a agosto del 2012 y subsecuentes.

Como vez las personas físicas deberán de presentar en el Sistema de Declaraciones y pagos a partir del mes de agosto y a esto surge la duda de como capturar los datos de enero a junio de 2012, en el caso para Impuesto Sobre la Renta ISR lo deberán de hacer de la siguiente manera:

Llenado de la primera declaración del ejercicio con el servicio Declaraciones y Pagos de ISR para Personas Físicas

En caso de presentar la primera declaración con un formulario “Fuera de Línea”, se deberá capturar cero (0) en los campos Suma de ingresos de meses anteriores del ejercicio y Suma de deducciones autorizadas de meses anteriores.

Pago Referenciado del Impuesto sobre la renta Personas Físicas con Actividad empresarial y Profesional:

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Multa para Contribuyente si no calcula bien el ISR mensual a cuenta del ISR anual

El calculo del ISR o IETU anual en algunos casos puede ser menos el acumulado de los pagos mensuales, pero lastimosamente en esas ocasiones el contribuyente debe de pagar “Por Adelantado” el ISR o IETU esto se debe considerar como un adelanto a lo que podría ser un impuesto anual a pagar mayor al acumulado de los pagos mensuales, en caso de que el calculo del pago provisional no se presente con las disposiciones fiscales el contribuyente podría hacerse acreedor a una multa según lo siguiente:

Artículo 81. Son infracciones relacionadas con la obligación de pago de las contribuciones, así como de presentación de declaraciones, solicitudes, documentación, avisos, información o expedir constancias:
IV. No efectuar en los términos de las disposiciones fiscales los pagos provisionales de una contribución.

Artículo 82. A quien cometa las infracciones relacionadas con la obligación de presentar declaraciones, solicitudes, documentación, avisos o información, así como de expedir constancias a que se refiere el artículo 81 de este Código, se impondrán las siguientes multas:
IV. De $13,720.00 a $27,440.00, respecto de la señalada en la fracción IV, salvo tratándose de contribuyentes que de conformidad con la Ley del Impuesto sobre la Renta, estén obligados a efectuar pagos provisionales trimestrales o cuatrimestrales, supuestos en los que la multa será de $1,370.00 a $8,230.00.

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