Estos Tips son de carácter general y si eres Contador o Asalariado te servirá mucho leer cada uno de ellos, para considerarlos en la elaboración de tu Declaración Anual.
A continuación te dejamos con estos interesantes TIPS:
- El plazo para presentar la declaración anual del ejercicio 2015 de las personas físicas, es a más tardar el día 30 abril de 2016; en donde considerando que es un día inhábil (sábado), se tiene que, conforme al Código Fiscal de la Federación, podrás presentarla a más tardar el lunes 02 de mayo de 2016.
- No esperes a presentarla el último día.
- Cuando vayas a iniciar el llenado de tu Declaración Anual, ten cerca de Tí, la siguiente información:
– Registro Federal de Contribuyentes (RFC), Contraseña, tu e.firma (antes Firma Electrónica) y la Clave Bancaria Estandarizada (CLABE), vigentes; para el caso en que determines un saldo a favor y lo desees solicitar en devolución. - Constancia de pagos y retenciones, en caso de que te hayan pagado salarios, intereses; o bien, hayas prestado un servicio, arrendado o vendido un bien y por ello te hayan retenido impuestos.
- Pagos provisionales del ISR y mensuales de IVA que hayas presentado por tu actividad.
Calculadora ISR 2025 de Regalo: Descárgala y calcula fácilmente el ISR, IMSS e Infonavit de 2025 desde una sencilla Hoja en Excel, es completamente GRATIS!
Facturas de Gastos Personales Deducibles
- Comprobantes con requisitos fiscales (facturas) de:
– Los gastos que fueron indispensables para realizar tu actividad. (deducciones autorizadas)
– Tus deducciones personales (gastos médicos, dentales, hospitalarios, gastos funerales, donativos, intereses reales efectivamente pagados por créditos hipotecarios, primas de seguros de gastos médicos, entre otros). - En el caso de los análisis clínicos que incluyen IVA, se deberá considerar la totalidad del comprobante.
- Respecto de los créditos hipotecarios, se deberá considerar el concepto de interés real; no el concepto de interés nominal.
- Pago de colegiaturas, desde nivel Preescolar hasta Bachillerato; de tus hijos, padres, esposa.
Datos Informativos (obligatorios)
También, es necesario tener presente que hay datos informativos obligatorios que deberás incluir en la declaración anual, como lo son:
- Premios, préstamos y donativos.- Cuando obtengas ingresos únicamente por estos conceptos que en lo individual o en su conjunto excedan de $ 600,000 pesos.
- Herencias, legados y enajenación de casa habitación.- Siempre que la suma total sea superior a $ 500,000 pesos.
- Viáticos.- Cuando sean superiores a $ 500,000 pesos y represente más del 10% del total de tus sueldos y salarios percibidos.
Declaración Anual RIF
Las personas físicas que no presentan declaración anual, son las que se encuentran inscritas en el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF), ya que en este régimen las declaraciones bimestrales que se presentan en el ejercicio, se consideran definitivas.
Medios para enviar la Declaración Anual
Si únicamente obtienes ingresos por salarios, existen tres opciones para presentar la declaración anual:
- Elegir la Declaración Anual que propone el SAT basada en los datos que reportó el patrón y las facturas electrónicas emitidas que pueden considerarse como deducciones personales.
- Optar por seleccionar o agregar las facturas electrónicas correspondientes a las deducciones personales, y verificar los ingresos que reportó el patrón o añadir otros.
- O bien llenarla sin considerar los datos registrados en el SAT
Dentro de la modalidad con precarga de gastos, podrás seleccionar del total de las erogaciones amparadas en un CFDI, las que son deducciones personales o bien, agregar aquéllas que no localiza, o que, por su naturaleza, no están amparadas en un CFDI (ejemplo; aportaciones complementarias de retiro, intereses reales).
- Obtención de Saldo a favor.- Si al presentar tu declaración anual, obtienes un saldo a favor, lo puedes solicitar en devolución; entrando al proceso de “Devoluciones automáticas”; considerando que si el monto es igual o mayor a $10,000 pesos; se debe utilizar la e.firma o la e-firma portable. (antes Firma Electrónica)La devolución automática no aplica, cuando se obtienen ingresos por copropiedad, sociedad conyugal o sucesión; o bien, cuando el saldo a favor es mayor a $150,000 pesos; en donde el pagador de impuestos deberá llevar a cabo el trámite de devolución a través de la página de internet del SAT.
- Impuesto a pagar.- Al determinar una cantidad a pagar, el pago lo deberás realizar en los bancos, utilizando la línea de captura que está contenida en el acuse de recibo que emite el SAT una vez enviada la declaración. El banco enviará vía internet (si el pago se realizó a través del Portal Bancario) el acuse correspondiente; o bien, entregará el recibo de pago de contribuciones federales, si el pago fue a través de ventanilla bancaria; según sea el caso.
La declaración anual se presenta vía internet en la página de internet del SAT: www.sat.gob.mx a través del programas diseñado para ello.
INTERNET (portal bancario)
Aplicable a todos los contribuyentes
VENTANILLA BANCARIA
- Quienes realicen actividades empresariales y en el ejercicio inmediato anterior obtuvieron ingresos inferiores $ 2´421,720.00
- Los que NO realicen actividades empresariales y en el ejercicio inmediato anterior obtuvieron ingresos inferiores $ 415,150.00
MAS TIPS PARA LA DECLARACIÓN ANUAL DE PF
Otros puntos importantes que te sugerimos considerar, es que:
- Deberás tener cuidado en no omitir ingresos obtenidos en el ejercicio.
- Llenes todos los campos que te correspondan en la declaración anual.
- Verifiques que tu e.firma esté vigente.
- Consideres que las primas de seguros de vida no son deducciones.
- La cuenta CLABE no deberá estar cancelada y deberá estar a nombre del contribuyente; verificando que los números que se incluyan en la declaración antes de enviarla, sean correctos.
- Si eres un pagador de impuestos que percibe ingresos por salarios, deberás tener presente que los ingresos exentos (aguinaldo, prima vacacional y PTU), no pueden duplicarse, cuando tienes dos o más patrones.
Fuente: PRODECON
Importante: No se te olvide compartirnos en alguna de tus redes sociales favoritas!
También te puede interesar:
Nuestra labor es compartir a Contadores Públicos, Despachos y Empresas, nuestra experiencia en el ámbito contable, fiscal, financiero y de seguridad social, con el fin de promover la cultura contable en México.
Esperamos les sea de utilidad la información aquí publicada, puedes enviarnos tu consulta al correo electrónico: contacto@contadormx.net