Autor: CP Carlos Reyes
Los precios de transferencia dentro de la materia impositiva son un concepto que permite a las autoridades fiscales de diversos países estar en posibilidad de revisar y objetar el valor de los bienes y servicios que se fijan, ello con la finalidad de abatir impuestos directos y trasladar a otras regiones las utilidades con una carga impositiva menor o, en su caso extremo, libre de gravámenes.
Por lo anterior, los precios de transferencia desde el punto de vista de la autoridad, propician un control y, por lo tanto, una tranquilidad en el sentido de que los sujetos pasivos multinacionales celebran operaciones entre sí a valor de mercado.
El sistema tributario mexicano absorbe la práctica de los precios de transferencia a partir de 1993, con la intención de que en México se controlen los precios de los bienes y servicios que determinen los contribuyentes tanto nacionales como extranjeros, que al celebrar operaciones con personas físicas y jurídicas de otros países, no pretendan disminuir la carga tributaria y que, en consecuencia, el ingreso que obtengan pague el impuesto en el lugar en que efectivamente se genere.
La transparencia es una herramienta fundamental para dar a conocer sobre la situación fiscal de aquellos contribuyentes con quienes se realicen operaciones comerciales. La exhibición pública de contribuyentes incumplidos o defraudadores, busca combatir prácticas elusorias y evasivas, esta táctica disuasoria es conocida como “naming and shaming”, que se utiliza en países como Grecia y Reino Unido.