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Las cantidades que te hayan entregado como viáticos deben informarse en la Declaración Informativa de Sueldos y Salarios correspondiente, en este caso de 2011, que se presenta a más tardar el 15 de febrero de 2012.

Si presentas tu declaración anual como persona física, debes solicitar tu Forma oficial 37 o el Anexo 1 del DIM, los cuales se entregan a más tardar el 28 de febrero.

Constancia de viáticos

El patrón debe proporcionarte, a más tardar el 15 de febrero de cada año, una constancia con el monto total de viáticos pagados durante el año, siempre que hayan sido efectivamente erogados en tu servicio y comprobados con documentación fiscal válida de terceros.

Se entiende por viáticos o gastos de viaje, ya sea en el país o en el extranjero, los destinados a:

  • Hospedaje
  • Alimentación
  • Transporte
  • Uso o goce temporal de automóviles
  • Pago de kilometraje de la persona beneficiaria del viático

Dentro del concepto de viáticos también se considera el monto erogado por los boletos de transporte, incluso cuando estos hayan sido pagados directamente por el patrón.

Las constancias de remuneraciones y de retenciones efectuadas en el año 2011, junto con el monto total de los viáticos pagados en servicio del patrón, incluyendo gastos de transportación, deben entregarse a los trabajadores a más tardar el 31 de enero (remuneraciones y retenciones) y el 15 de febrero de 2012 (viáticos). Esto es para que quienes estén obligados o decidan presentar su declaración anual puedan hacerlo oportunamente.

Las constancias mencionadas se pueden expedir mediante la Forma oficial 37 o el Anexo 1 del DIM y deben entregarse a los trabajadores a más tardar el 28 de febrero.

Arts. 32, fracción V; 109, fracción XIII y 118, fracción VII de la LISR, Reglas II.3.6.1. y II.3.6.2., de la RMF para 2011.

Comentario final

Es fundamental que conozcas cómo se manejan los viáticos para que puedas cumplir con tus obligaciones fiscales correctamente. La entrega oportuna de las constancias y comprobantes te permitirá presentar tu declaración anual sin contratiempos. Además, entender qué gastos se consideran viáticos y cómo deben ser comprobados te ayuda a evitar problemas con el SAT. Mantente atento a los plazos y requisitos para asegurar que todo esté en orden.

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