Guía Declaraciones Informativas 2011 – Anexos a Presentar por Contribuyente

 
El SAT nos proporciona una guía con la cual podemos saber cuales son los anexos a los que cada contribuyente dependiendo del régimen en que se encuentre esta obligado a presentar, Esta guía se divide en:

  • Generales
  • Personas Morales Régimen General
  • Personas Morales con Fines No Lucrativos
  • Personas Morales y Físicas
  • Personas Físicas y
  • Personas Físicas REPECOS

GENERALES

¿Cuál es la versión del DIM que se debe utilizar para presentar la Declaración Informativa Múltiple del ejercicio 2011? Es la DIM 2011 Versión 3.3.8. Portal del SAT.

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Inscripción al RFC de trabajadores en Declaracion Informativa 2011

La Inscripción al Registro Federal de Contribuyentes RFC de trabajadores se ha venido haciendo al presentar la declaración informativa múltiple y para 2012 no es la excepción, así nos lo dice la resolución miscelánea fiscal 2012.

Para los efectos de los artículos 27, quinto párrafo del CFF, 20, fracción II y 23 de su Reglamento, las solicitudes de inscripción de trabajadores se deberán presentar por el empleador mediante dispositivo magnético de conformidad con las características técnicas y con la información señalada en la ficha 49/CFF denominada "Inscripción al RFC de trabajadores" contenida en el Anexo 1-A.

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Descargar DIMM 2012 para Declaracion de Operaciones de Clientes y Proveedores

 

Las personas morales y las personas físicas con actividades empresariales y profesionales, así como las del régimen intermedio por el ejercicio fiscal de 2011, deben proporcionar a través de medios magnéticos la información de las operaciones realizadas con sus clientes y proveedores a más tardar el 15 de febrero de 2012 ante la Administración Local de Servicios al Contribuyente que corresponda a su domicilio fiscal utilizando para ello el Sistema Declaraciones Informativas en Medios magnéticos (DIMM) que se obtiene en el portal del SAT en Internet.

La información de clientes y proveedores que se que se deberá presentar será aquella cuyo monto anual sea igual o superior 50,000 pesos.

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Los viáticos se consideran ingresos para el empleado (hasta que se demuestre lo contrario)

Los viáticos se consideran ingresos para el empleado (hasta que se demuestre lo contrario)

 

Las cantidades que te hayan entregado como viáticos deben informarse en la Declaración Informativa de Sueldos y Salarios correspondiente, en este caso de 2011, que se presenta a más tardar el 15 de febrero de 2012.

Si presentas tu declaración anual como persona física, debes solicitar tu Forma oficial 37 o el Anexo 1 del DIM, los cuales se entregan a más tardar el 28 de febrero.

Constancia de viáticos

El patrón debe proporcionarte, a más tardar el 15 de febrero de cada año, una constancia con el monto total de viáticos pagados durante el año, siempre que hayan sido efectivamente erogados en tu servicio y comprobados con documentación fiscal válida de terceros.

Se entiende por viáticos o gastos de viaje, ya sea en el país o en el extranjero, los destinados a:

  • Hospedaje
  • Alimentación
  • Transporte
  • Uso o goce temporal de automóviles
  • Pago de kilometraje de la persona beneficiaria del viático

Dentro del concepto de viáticos también se considera el monto erogado por los boletos de transporte, incluso cuando estos hayan sido pagados directamente por el patrón.

Las constancias de remuneraciones y de retenciones efectuadas en el año 2011, junto con el monto total de los viáticos pagados en servicio del patrón, incluyendo gastos de transportación, deben entregarse a los trabajadores a más tardar el 31 de enero (remuneraciones y retenciones) y el 15 de febrero de 2012 (viáticos). Esto es para que quienes estén obligados o decidan presentar su declaración anual puedan hacerlo oportunamente.

Las constancias mencionadas se pueden expedir mediante la Forma oficial 37 o el Anexo 1 del DIM y deben entregarse a los trabajadores a más tardar el 28 de febrero.

Arts. 32, fracción V; 109, fracción XIII y 118, fracción VII de la LISR, Reglas II.3.6.1. y II.3.6.2., de la RMF para 2011.

Comentario final

Es fundamental que conozcas cómo se manejan los viáticos para que puedas cumplir con tus obligaciones fiscales correctamente. La entrega oportuna de las constancias y comprobantes te permitirá presentar tu declaración anual sin contratiempos. Además, entender qué gastos se consideran viáticos y cómo deben ser comprobados te ayuda a evitar problemas con el SAT. Mantente atento a los plazos y requisitos para asegurar que todo esté en orden.

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