No cabe duda de que hay muchos cambios en la legislación para este 2016, cada una de las modificaciones merece su tiempo para estudiarlas.
Pero en esta ocasión se enlistan 9 de los cambios fiscales para 2016 que pueden afectar a mas contribuyentes que se dieron en las modificaciones en las leyes de ISR, IEPS, LIF o en el Código Fiscal de la Federación.
9 Puntos Fiscales Express
Estamos iniciando el año 2016, por lo que brevemente se comenta los principales puntos que debemos conocer para este nuevo ejercicio fiscal, siendo los siguientes:
Este Calendario con los días de envió de la Contabilidad Electronica te sera de mucha utilidad si ya estas obligado, la información contable se debe enviar a más tardar en los primeros 3 días (para personas morales) y 5 (en el caso de personas físicas) del segundo mes posterior al que corresponde la información. Si aun no sabes si estas o no obligado te invito a leer el articulo «Contabilidad Electrónica 2016 – Obligados y fechas Límite para su envió al SAT»
En términos de la regla I.2.8.1.7. de la Resolución Miscelanea Fiscal 2016, la contabilidad electrónica se debe enviar a más tardar en los primeros 3 días (para personas morales) y 5 (en el caso de personas físicas) del segundo mes posterior al que corresponde la información. También se deben de considerar los días inhábiles el artículo 12 del CFF.
Basados en las especificaciones tanto de la RMF 2016 como del CFF nos dimos a a tarea de elaborar el Calendario para el Envió de la Contabilidad Electronica 2016 el cual puedes descargar completamente gratis.
Es hora de enviar la Contabilidad Electrónica al SAT, a partir de 2016 todas las Personas Físicas y Morales que hayan tenido ingresos menores a 4 millones en 2013, Contribuyentes que se inscriban al RFC durante el ejercicio 2014, 2015 y 2016 incluyendo a los Contribuyentes dedicados a las actividades agrícolas, silvícolas, ganaderas o de pesca.
Esto quiere decir que ya hay muchos más obligados que el año pasado (unos 4.2 millones aproximadamente).
Podríamos resumir que los Nuevos Obligados a partir de 2016 son los siguientes:
Personas morales y personas físicas con ingresos acumulables menores a cuatro millones de pesos en el ejercicio 2013
Personas morales y personas físicas del sector primario
Personas morales con fines no lucrativos
Personas morales y personas físicas inscritas en 2014, 2015 o 2016
Existen mas aspectos que como contribuyentes debes conocer tales como las fechas limites de entrega (sin prorroga), quienes no están obligados y las multas aplicables por el no envió de la información. Por eso los invito a leer este articulo donde trataremos estos temas que para muchos son nuevos y les serán de gran ayuda:
Se prevé que la contabilidad electrónica en el 2016 será gradual y sin prórroga, según el jefe del Servicio de Administración Tributaria ( SAT ), Aristóteles Núñez Sánchez, después de reunirse con la presidenta del Instituto Mexicano de Contadores Públicos ( IMCP ), Leticia Hervert Sáenz.
La contabilidad electrónica será obligatoria para 5 millones de contribuyentes a partir de 2016
La contabilidad electrónica es obligatoria para todos los contribuyentes en el 2016, pero será gradual, por tipo de contribuyentes:
2016 sera un año con cambios importantes en materia de envió y recepción de información por parte de los llamados PSRDD o Proveedor de Servicios de Recepción de Documentos Digitales (PSRDD).
Básicamente enviaremos nuestra información a los PSRDD, un ejemplo seria lo que hoy es la DIOT la cual se llamara declaración de proveedores IVA o DPIVA
Aun existen dudas del alcance que podrán tener los PSRDD’s pero a continuación comparto a lo que se ha llegado respecto al tema:
Las personas físicas que prestan servicios profesionales y hacen su contabilidad en la herramienta electrónica “Mis Cuentas”, están exentas de la obligación del envío de la contabilidad electrónica (siempre que sus ingresos sean inferiores a $4 millones).
Pero el SAT emitió la Cuarta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2015 y sus Anexos 1, 1-A, 3, 7, 11, 14, 15, 23 y 26-Bis. La cual fue publicada el día 29 de Septiembre en el Diario Oficial de la Federación, entre los cambios, adiciones y derogaciones a las reglas fiscales destacan lo relativo a la contabilidad electrónica.
Se condicionara a las personas físicas que prestan servicios profesionales el uso de la herramienta electrónica Mis Cuentas, sólo si tienen ingresos inferiores a $2 millones.
Este año por Ley de Ingresos de la Federación y regla miscelánea los obligados al envío de la contabilidad electrónica son los contribuyentes personas morales y físicas que hayan tenido ingresos en el 2013 iguales o superiores a $4 millones.