Los seis principales beneficios del Decreto 2012 según el SAT

Los seis principales beneficios del Decreto 2012 según el SAT

 

Las facilidades administrativas y fiscales publicadas el pasado 30 de marzo de 2012 en el Diario Oficial de la Federación bajo el título “Decreto que compila diversos beneficios fiscales y establece medidas de simplificación administrativa”, deben ser tomadas como algo opcional a lo que dice la ley.

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No Presentar de Dictamen Fiscal por Declaración Anual de ISR del ejercicio – Decreto 2012


El día de hoy se publico en el Diario Oficial de la Federación la simplificación tributaria consiste en relevar de la obligación de presentar el dictamen de estados financieros para efectos fiscales a los contribuyentes que en el ejercicio inmediato anterior hayan obtenido ingresos acumulables hasta por $40,000,000.00 sin que, en sustitución de dicho dictamen, deban presentar información alguna, y así prever que los contribuyentes que se ubiquen en el supuesto mencionado podrán presentar el dictamen de estados financieros para efectos fiscales cuando así lo estimen conveniente. Quienes ejerzan el beneficio mencionado deberán presentar la declaración del ejercicio del impuesto sobre la renta.

Habrá que analizar detenidamente este decreto para poder tomar la decisión de no presentar el Dictamen Fiscal de los Estados Financieros para efectos fiscales, mientras tanto les dejo el decreto publicado:

Artículo 7.1. Los contribuyentes que de conformidad con el artículo 32-A, fracción I del Código Fiscal de la Federación se encuentren obligados a dictaminar sus estados financieros por contador público autorizado, que en el ejercicio inmediato anterior hayan obtenido ingresos acumulables hasta por $40,000,000.00, podrán optar por no presentar el dictamen a que se refiere el artículo citado, siempre que el valor de sus activos o el número de trabajadores no excedan las cantidades a que se refiere la fracción citada. Tratándose de los contribuyentes a que se refieren los artículos 86, fracción VI, segundo párrafo y 175, primer párrafo, segunda oración de la Ley del Impuesto sobre la Renta, que ejerzan la opción a que se refiere este párrafo, deberán presentar la declaración del impuesto sobre la renta del ejercicio a que se refieren los artículos mencionados conforme a las reglas de carácter general que para tal efecto establezca el Servicio de Administración Tributaria.

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Disposiciones Comunes–Decreto de Beneficios Fiscales y Simplificacion Administrativa 2012

El día de hoy 30 de marzo de 2012 publicaron en el Diario Oficial de la Federación un decreto con los beneficios fiscales y medidas de simplificación administrativa de SAT para este 2012 y aquí expondremos lo que consideramos mas importante en los que de las Disposiciones Comunes de este decreto.

Artículo 8.1. La aplicación de los estímulos fiscales establecidos en el presente Decreto que consistan en créditos fiscales que puedan aplicarse contra impuestos federales, en caso de existir excedentes, no dará lugar a devolución o compensación alguna.

Artículo 8.2. Los estímulos fiscales a que se refiere el presente Decreto no se considerarán como ingreso acumulable para los efectos del impuesto sobre la renta.

Artículo 8.3. El Servicio de Administración Tributaria podrá expedir las reglas de carácter general necesarias para la correcta y debida aplicación del presente Decreto.

Artículo 8.4. En el caso de sociedades controladoras que, conforme a la Ley del Impuesto sobre la Renta, determinen su resultado fiscal consolidado y alguna o algunas de sus controladas o ellas mismas apliquen, en su caso, los estímulos fiscales previstos en el Capítulo 1 del presente Decreto, estarán a lo siguiente:

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Decreto 2012 de Beneficios Fiscales y medidas de Simplificación Administrativa

El día de hoy 30 de marzo de 2012 se publicó en el Diario Oficial de la Federación DOF diversos beneficios fiscales y establece medidas de simplificación administrativa, alguno de los cuales son interesantes y habrá que analizarlos detenidamente, a continuación les dejo lo que considero más importantes en este decreto:

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