Si estas en el supuesto en que el SAT no te permite emitir comprobantes fiscales impresos con Código de Barras Bidimensional o CBB por el motivo de Cancelación de Firma Electrónica Avanzada, puedes aclarar tu situación con la autoridad demostrando que no caíste en ninguna falta que a continuación se enlistan:
- No localicen al contribuyente, éste desaparezca durante el procedimiento, no ponga a disposición o no presente su contabilidad, o bien, se tenga conocimiento de que los comprobantes fiscales emitidos, se utilizaron para amparar probables operaciones inexistentes, simuladas o ilícitas.
- Las autoridades fiscales tengan conocimiento de la probable existencia de un delito de los previstos en los artículos 96, 102, 103, 105, 108, 109, 110, 111, 112 y 113 del CFF; la conducta sea imputable al contribuyente titular del certificado y pudiera encuadrar en los supuestos del artículo 92 o, en su caso, 93 del propio ordenamiento.
- Los contribuyentes en un mismo ejercicio fiscal, omitan estando obligados a ello, la presentación de tres o más declaraciones periódicas consecutivas o seis no consecutivas.
- Durante el procedimiento administrativo de ejecución no se localice al contribuyente o éste desaparezca.
Lo anterior corresponde a los motivos por el cual se puede llegar a cancelar el Selo y Certificado Digital de tu Firma Electronica Avanzada, lo que repercute directamente en el derecho a la emisión de tus comprobantes fiscales con Codigo de Barras Bidimensional, asi lo marca la siguiente modificación a la RMF 2013:
Nuestra labor es compartir experiencia en el ámbito contable, fiscal y de seguridad social, con el fin de promover la Cultura Contable en México.
Esperamos les sea de utilidad la información aquí publicada.