Liberación de Adeudo Infonavit por Incapacidad parcial Permanente o Invalidez Definitiva

 

precalificacionSi tienes un crédito ante el Infonavit y estas en el caso de una invalidez definitiva, no esta por demás decirte que tu adeudo se te liberara de acuerdo al siguiente articulo:
Artículo 51.- Los créditos que el Instituto otorgue a los trabajadores estarán cubiertos por un seguro para los casos de incapacidad total permanente o de muerte, que libere al trabajador o a sus beneficiarios de las obligaciones, gravámenes o limitaciones de dominio a favor del Instituto derivados de esos créditos.

Hasta aquí todo es claro, pero tratándose de incapacidad parcial permanente de un 50% o mas de las capacidades laborales, el mismo articulo en su cuarto párrafo nos marca que:

….Tratándose de los casos de incapacidad parcial permanente, cuando ésta sea del 50% o más, o invalidez definitiva, en los términos de la Ley del Seguro Social, se liberará al trabajador acreditado del adeudo, los gravámenes o limitaciones de dominio a favor del Instituto, siempre y cuando no sea sujeto de una nueva relación de trabajo por un período mínimo de dos años, lapso durante el cual gozará de una prórroga, sin causa de intereses, para el pago de su crédito. La existencia de cualquiera de estos supuestos deberá comprobarse ante el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores dentro del mes siguiente a la fecha en que se determinen.


Una vez leído esto queda claro que para poder eliminar el adeudo del Infonavit por una incapacidad parcial permanente se debe de esperar un mínimo de 2 años sin relación laboral para hacer valida la condonación de la deuda.

Si tienes problemas con la comprobación de esos 2 años sin relación laboral, les dejo la siguiente tesis que nos dice como el Infonavit debe de comprobar esta falta de relación laboral:

INFONAVIT. CORRESPONDE A DICHO ORGANISMO LA CARGA DE LA PRUEBA PARA DEMOSTRAR QUE EL BENEFICIARIO DE UN CRÉDITO DE VIVIENDA QUE PRETENDE OBTENER LA LIBERACIÓN DE SU PAGO CON MOTIVO DE UNA INCAPACIDAD PARCIAL PERMANENTE DEL CINCUENTA POR CIENTO O MÁS, O DE UN ESTADO DE INVALIDEZ DEFINITIVA, FUE SUJETO DE UNA NUEVA RELACIÓN LABORAL EN UN PERIODO MÍNIMO DE DOS AÑOS.

De conformidad con los artículos 145 de la Ley Federal del Trabajo y 51 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, los créditos que se otorguen por el citado instituto de vivienda estarán cubiertos por un seguro para los casos de incapacidad total permanente o muerte, que libere al trabajador o a sus beneficiarios de las obligaciones, gravámenes o limitaciones de dominio a favor del citado organismo, derivadas de esos créditos; asimismo, tratándose de incapacidad parcial permanente, cuando ésta sea del cincuenta por ciento o más, o invalidez definitiva, se liberará al trabajador de las citadas cargas y obligaciones, siempre y cuando no sea sujeto de una nueva relación de trabajo por un periodo mínimo de dos años, lapso durante el cual gozará de una prórroga sin causa de intereses para el pago de su crédito. De lo anterior se colige que la carga de la prueba para demostrar que el trabajador no fue sujeto de una nueva relación laboral durante el referido lapso, corresponde al instituto, ya que dicha exigencia no puede atribuirse al operario, pues ello no se advierte de los aludidos numerales, ya que si bien es cierto que la existencia de cualquiera de esos supuestos deberá comprobarse ante el instituto dentro del mes siguiente a la fecha en que se determinaron, no menos lo es que esa disposición se refiere a la existencia de la incapacidad parcial permanente cuando sea del cincuenta por ciento o más, o del estado de invalidez definitiva, que son las circunstancias que pueden demostrarse ante ese organismo, y no así acreditar que durante el periodo mínimo de dos años el trabajador no fue sujeto de una nueva relación laboral, ya que al establecer un mínimo y no un máximo, puede acontecer que el que no haya sido sujeto de una nueva relación de trabajo por un tiempo superior a dos años, no le impide acceder al beneficio de la liberación de las obligaciones a que tiene derecho, además de que resulta ilógico considerar que después de ese periodo deba demostrarse tal circunstancia, lo que implicaría para el trabajador comprobar un hecho negativo; consecuentemente, es al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores a quien corresponde demostrar esa circunstancia, al encontrarse en aptitud de ello, en términos del artículo 29, fracción I, de la ley que lo rige, que establece la obligación de los patrones de inscribir a sus trabajadores ante ese organismo.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO DEL CENTRO AUXILIAR DE LA CUARTA REGIÓN.

Registro No. 162568

Localización:
Novena Época
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
XXXIII, Marzo de 2011
Página: 2360
Tesis: VII.2o.(IV Región) 3 L
Tesis Aislada
Materia(s): laboral

Amparo directo 740/2010. Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores. 11 de noviembre de 2010. Unanimidad de votos. Ponente: Ezequiel Neri Osorio. Secretario: Eduardo Castillo Robles.

16 comentarios en «Liberación de Adeudo Infonavit por Incapacidad parcial Permanente o Invalidez Definitiva»

  1. deseo saber sobre un problema de incapacidad,que tengo en mi mano desde hace 8 meses,aun asi he estado pagando el infonavit,ya que no estaba asegurado y mi mano kdo.inmovil no me dan empleo y con lo de mi espopda apenas sacamos para comer,quisiera saber si puedo tener ayuda de su parte en estas cñausulas tengo documentos de mi cirujia buen dia att,sr.garcia espero su atencion buen dia

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  2. hola yo tego una duda yo fui operado en el imss por un accidente de trayecto el cual no me fue reconocido y tuve desprendimiento de retina en el ojo izquierdo no me diero pension ni tengo un dictamen de discapacidad entre a laboorar de nueva cuenta en otro lugar y alli logre obtener los puntos para un credito infonavit el cual ejerci despues la empresa se declara en quiebra y quedo sin empleo lo cual nos lleva alos 2 años de prorroga y el infonavit me cita a los juzgados orales para no perder mi vivienda en la cual me cambian el conntrato y me dicen que si 3 meses me atrasa en los pagos me retiran la vivienda la cual hasta ahora voy al corriente de los pagos pero quiero obterner mi estado de incapacidad permamente parcial usted cree que soy apto para poder obtener la condonacion del adeudo de la vivienda por cierto del ojo izquierdo no tengo visat y del ojo derecho ya tengo lesiones la operacion fue en el 2003 el enpleo en el que entre fue en el 2004 la compra de la casa fue en el 20088 la liqudacion de la empresa fue en el 2008 la audiencia en el juzgado oral fue el el 2011 ypor el momento no tengo trabajo y es dificil tratar de mantener los pagos al corriente

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  3. hola tengo un credito infonavit que me otorgaron en el 2004 pero también tengo una pension parcial permanente que me otorgarón en el 2007 tengo 2 hojas st4 una por 25% y otra por 30% que en total hacen un 55% por parte del imss, hice el tramite para la liberación del credito ante infonavit vía teléfono pero al final me negaron la condonacion que puedo hacer saludos gracias

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  4. buenas tardes ocupo saber algun correo de infonavit donde pueda mandar los documentos que le pidieron a mi papá para la condonación de su credito por invalidez definitiva le diejron que por fax pero son muchas hojas

    les agradecere muchisimo la información nos urge mandar los documentos

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  5. MI COMENTARIO ES TENGO UN INVALIDEZ DIFINITIVA QUE ME MARCARON UN 65º/º Y EL DICTAMEN ME LO ENTREGARON EN AGOSTO DEL 2013 Y LA RESOLUCION EN OCTUBRE DEL 2013 PERO HICE USO DE UN CREDITO ANTE INFONAVIT Y EL CREDITO ME LO OTORGARON EN OCTUBRE DEL 2011 Y SU SERVIDOR DEJO DE LABORAR EN MAYO DEL 2012 PERO SIGO PAGANDO ASTA SEPTIEMBRE DEL 2012 Y DEJO DE PAGAR ASTA ENERO DEL 2013 Y EN FEBRERO HAGO UN COMVENIO CON INFONAVIT QUE SE LLAMA PROTECCION AL SALARIO QUE DURA FEBRERO ASTA JULIO DEL 2013 Y YA E DEJADO DE PAGAR A LA INSTITUCION DE INFONAVIT ASTA LA FECHA ENTONCES YO LE DOY TRAMITE LOS REQUISITOS PARA LA LIBERACION DEL CREDITO EN NOVIEMBRE DEL 2013 PARA COMFIRMAR EN FEBRERO DEL 2014 Y EL DICTAMEN QUE DA EL INSTITUTO DEL INFONAVIT DICE QUE NO PROCEDE MOTIVO PORQUE ARGUMENTAN QUE ES MUY POQUITO EL TIEMPO QUE SAQUE EL CREDITO Y NO PROCEDE ESPERO RESPUESTA SI HAY QUE PAGAR POR LA ASESORIA DIGAME LOS PROCEDIMENTOS DE PAGOS EN DONDE HACERLOS Y CUANTO VA A SER ANTAMENTE SU SERVEDOR ESPERO PRONTA RESPUESTA YA QUE ME ESTA LLEGANDO AVISOS DE UN DESPACHO JUDURICO DE COBRANSAS

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  6. llevo 1 año incapacitada por un problema en la columna y ahora me otorgaron una pension parcial por 1 año como queda o que procede con mi crédito de infonavit nunca he dejado de pagar y no quiero que mis intereses suban que debo hacer?

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  7. Yo tengo casi 4 años que me quede sin empleo y muy poco tiempo después enferme gravemente de riquetsia y desde entonces no puedo trabajar y con muchos trabajos y ayuda de mi única hija e cubierto los pagos, pero no se como comprobar mi enfermedad pues no tengo IMSS, GRACIAS POR SU ATENCIÓN

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  8. Me gutaria saver y la informacio publicada esta viguente ya quiero ver si soy candidato para la liverasion de mi credito ya que soy pensionado y tengo un porsentje de 56% espero un comentario por su parte de antemano grasias atte roberto velazquez

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  9. Tengo una pension permanente del 40% por lesion de columna L5 S1 qur me dificulta moverme caminar etc que puedo hacer para la cancelacion del adeudo ante el infonavit ya que la pension es de un monto de $1100 mensual

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  10. hola me pueden ayudar un familiar tiene un caso de invalidez. bueno primero lke daban su incapacidad luego le dieron una pension temporal pero no es un formulario y finalmente una ST-3 pero el infonavit le cobra unos pagos. ya inicio el procedimiento para liberar la hipoteca pero yo deseo saber si se tiene que pagar ese pendiente y porque si no ha estado desprotegido. siempre ha tenido un doc. que justifica que no labora

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  11. Buena tarde, les comento mi caso.

    Yo tengo un dictamen de Invalidez Definitiva (MT4) de acuerdo a la resolución emitida el 12 de julio de 1992.
    con el diagnostico de Sicosis Organica, producida por un derrame cerebral, consecuencia de un golpe en la cabeza.

    A pesar de las crisis de ausencia que tenia constantemente, por el sentido de sobrevivencia conseguí un apoyo en una empresa que me permitió laborar (con anuencia del IMSS, que me informe cuando se lo solicite, el permiso de laborar mientras no fuera en la misma compañia ni desempeñando las mismas funciones que desempeñaba.
    Asi fue como reinicie mi vida laboral dentro de esa compañia, aclarando que yo nunca negué mi situación ante esta y aun así me apoyaron durante varios años, hasta que ya no pude continuar por las constantes recaídas que tenia de la crisis de ausencia.
    Inicie mis actividades en esta empresa en el año 2000, y al cabo de un tiempo se me apoyo para obtener un crédito del Infonavit en el año 2004,
    Durante ese tiempo mis descuentos fueron vía nomina hasta el 30 de mayo del 2009, que como lo explique anteriormente ya no fue posible continuar trabajando.
    El dia 31 de mayo del 2011, me fue otorgado un convenio modificatorio del contrato por el Infonavit, que supuestamente era por un año y con pagos correspondientes al 20% de mis ingresos por mi pensión, aclarando que mis pagos eran de $500 mensuales aproximadamente. Que se fue renovando automaticamente, segun me explicaron en el Infonavit mientras yo no dejara de hacer mis depósitos.
    En el año de 2013, nunca me explicaron el porque se terminaba el convenio y tenia que pagar una cantidad considerable de mensualidades, al presentarme en el Infonavit para solicita nuevamente un convenio me dijeron que dada mi situacion de pensionado por Invalidez definitiva tenia el derecho a la LIBERACION POR AUTOSEGURO POR INVALIDEZ E INCAPACIDAD, aclarando que yo no la solicite el Infonavit me lo ofreció, por su conducto fue que supe que existía esa prestación.

    Inicie los tramites siguiendo las instrucciones que me dieron abriendo hasta 4 o 5 casos porque al final fallaban en mi contra sin indicarme el motivo, hasta que en el ultimo me informaron en Infonatel, que era porque yo habia obtenido mi credito después de quedar pensionado, e incluso me cuestiono que porque lo habia solicitado. mi respuesta fue apegada a los derechos humanos que tenemos todos de tener un hogar digno, y se burlo de mi. Le solicite entonces pagos de acuerdo a mis ingresos de mi pension que en ese momento eran de $2200 mensuales, ya que no tengo ningun otra actividad remunerada, y quedaron de mandarme a un despacho para que me lo solucionaran,

    Me enviaron al despacho soluciones gcc, el cual me pedian un pago de $18,000 y pagos de 2700 mensuales.

    A las personas del despacho les presente la documentación de mi pensión: La Resolución de la pensión, el dictamen de Invalides definitiva, recibos de pago de mi pensión y preguntas relacionadas a mis pagos y gastos, ofreciendome esta persona que pagara de esta manera:

    Un único pago de $1670.00 en el mes de abril para activar el convenio
    y pagos subsecuentes de $1586.00 a partir del mes de mayo durante 11 meses consecutivos. y durante este año yo ya no tendria problemas hasta el siguiente año que fuera enviado mi cuenta quiza con ellos o con otro despacho, para abrir otro nuevo convenio.

    Esto a sido muy perjudicial para mi, en cuanto a lo económico y mi salud que a ido en deteriodo por que practicamente no me queda nada de lo de mi pension $$2200.00 mensuales, y mi salud porque por las presiones cada vez va en perjuicio mio.

    Creen ustedes que se pueda hacer algo para ayudarme a regularizar mi situación ante el Infonavit, yo no quiero la condonacion de la deuda, pero si la oprtunidad de pagarla conforme a mis ingresos y que sea en forma definitiva no vivir con la incertidumbre cada año.

    En espera de sus comentarios y pronta ayuda, quedo de ustedes. Gracias.

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  12. gracias,,,buen dia, deje de laborar en el 2011 logico me dieron de baja, estuve en trabajos eventuales, sin servicio medico, en el 2012 me accidente arreglando mi casa cayendo casi del techo a una distancia de 4m. lesionandome toda la columna, como no contaba con servicio me fui por fuera con un traumatologo luego de ver mis radiografias me dijo que estaba fracturada de L4 y L5 con hernias de disco y la columna se me desvio, y mi hijo tramito su seguro para luego ponerme como beneficiaria, yo ya estaba caminando en escuadra, lo cual fui a una clinica ortopedica para que me acomodaran las vertebras no tenia mas, solo esperar que el medico me pasara a trauma, lo cual decia que era solo el nervio ciatico y que debia hacer ejercicio para bajar de peso, al salir de consulta me cai de las escaleras ya que la pierna izquierda esta perdiendo algo de tamaño y sencibilidad,.pero fue del modo que me pudieron atender y mandar a hacer todos los examenes para una cirugia que era urgente y tarde un año mas en todo los tramites, asi que cuando me hacen un estudio especifico..mis vertebras se soldaron y soldaron mal, y ya no se pudo hacer mas, vivo con dolor todo el dia todo el tiempo y mas, mi medico general no me queria dar medicamento porque decia que era pobre el imss y ellos no contaban con eso, no me mando a terapia porque decia que traumatologia debia mandarme, y traumatologia que el, paso casi otro año, ya pase por terapia, me ayudo bastante, de estar sentada todo el dia porque si me acuesto ya no puedo levantarme, tengo que usar fajas todo el tiempo, y estar empastillada, todo por no haber podido operarse, pero me dijo la dra. que no caminar, no correr, mi ejercicio es en gravedad 0 o sea alberca toda mi vida y no cuento ni con eso para ir a la terapia, voy a la alberca cercana a mi casa y me ayuda mucho, y estoy bajando de peso ultimamente me caigo porque a veces arrastro los pies y me tropiezo, las deudas me matan, con lo de la liquidacion pague lo que se debia de universidad, casa, etc…ya no cuento con ninguna entrada extra solo cuando doy masajes esteticos y faciales, coso ajeno, y me ayuda mi hijo etc. como tramito mi incapacidad….gracoas Norma Aida Alvarado Magaña…p.d.

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  13. Mi estado de invalidez es del 63% y con carácter de definitivo e Infonavit me dio la negativa para la liberación de hipoteca! Que me recomiendan

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