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El RIF del SAT – Pago de ISR, IVA e IEPS hasta 2016 y descuento del IMSS hasta 2017

Por marzo 11, 2015marzo 14th, 2015IEPS, IMSS, ISR, IVA, Regimen de Incorporacion Fiscal, SAT

Los descuentos del 100% en el pago del ISR, IVA e IEPS se extienden por todo el 2015 y el descuento de 50% en las cuotas de seguridad social, se amplía durante el 2015 y 2016. Esto se publico hoy 11 de Marzo de 2015 en el Diario Oficial de la Federación. Este beneficio se da a las Personas Físicas que se inscribieron en el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) en 2014 y los que se inscriban en 2015

Los resultados del RIF durante su primer año de existencia fueron sumamente alentadores con el registro de 899 mil contribuyentes, lo que implicó un aumento de 23.1% respecto al padrón del abrogado Régimen de Pequeños Contribuyentes;

A continuación les dejamos un extracto de como se otorgaron los estímulos fiscales para el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF):

Descuento del 100% del ISR, IVA e IEPS todo 2015

Los contribuyentes personas físicas que en 2014 optaron por tributar en el Régimen de Incorporación Fiscal previsto en el Título IV, Capítulo II, Sección II de la Ley del Impuesto sobre la Renta, y que apliquen lo dispuesto en el “Decreto por el que se otorgan beneficios fiscales a quienes tributen en el Régimen de Incorporación Fiscal”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de septiembre de 2014, podrán aplicar el 100% de reducción del impuesto al valor agregado y el impuesto especial sobre producción y servicios, por las actividades que realicen con el público en general en las que se deban pagar dichos impuestos, durante todo el segundo año de tributación en el citado régimen.

Para aplicar los porcentajes de reducción de la tabla establecida en el Artículo Segundo del mencionado decreto, los contribuyentes a que se refiere el párrafo anterior considerarán como primer año de tributación en el Régimen de Incorporación Fiscal, el segundo año en el que apliquen el 100% de reducción de los impuestos mencionados en el párrafo anterior.

Descuento del 50% de las Cuotas al IMSS hasta 2017

Los contribuyentes personas físicas que en 2014 optaron por tributar en el Régimen de Incorporación Fiscal previsto en el Título IV, Capítulo II, Sección II de la Ley del Impuesto sobre la Renta, y que hayan aplicado el subsidio previsto en el Artículo Sexto del “Decreto por el que se otorgan estímulos para promover la incorporación a la seguridad social”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 8 de abril de 2014, podrán aplicar el 50% del subsidio de la contribución de seguridad social que corresponda, por el año de 2016.

A partir del 1 de enero de 2017, los contribuyentes a que se refiere el párrafo anterior continuarán aplicando los porcentajes de subsidio establecidos en la tabla prevista en el Artículo Sexto mencionado en el párrafo anterior, a partir del porcentaje correspondiente al tercer año de tributación de la citada tabla.

Los contribuyentes a que se refiere el primer párrafo de este artículo considerarán como primer año de tributación en el Régimen de Incorporación a la Seguridad Social el año de 2015.

Fuente: DOF 11-03-2015DOF 11-03-2015

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