La salida del Régimen de Incorporación Fiscal se puede llegar a dar por diferentes circunstancias, si ya perteneces al RIF y recibes el beneficio de los descuentos al pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR, Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios (IEPS) y el Impuesto al Valor Agregado (IVA); deben monitorear constantemente que la suma de los ingresos no excedan el límite para pertenecer a dicho régimen.
Si un contribuyente pertenece al RIF se obtienen beneficios tales como:
Nuestra labor es compartir a Contadores Públicos, Despachos y Empresas, nuestra experiencia en el ámbito contable, fiscal, financiero y de seguridad social, con el fin de promover la cultura contable en México.
Esperamos les sea de utilidad la información aquí publicada, puedes enviarnos tu consulta al correo electrónico: contacto@contadormx.net

Si necesitas darte de alta en el Régimen de Incorporación Fiscal en un solo portal, ya esta disponible el registro de las personas fisicas del RIF en el Registro Federal de Contribuyentes (SAT), IMSS e Infonavit.