La salida del Régimen de Incorporación Fiscal se puede llegar a dar por diferentes circunstancias, si ya perteneces al RIF y recibes el beneficio de los descuentos al pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR, Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios (IEPS) y el Impuesto al Valor Agregado (IVA); deben monitorear constantemente que la suma de los ingresos no excedan el límite para pertenecer a dicho régimen.
Si un contribuyente pertenece al RIF se obtienen beneficios tales como:
Nuestra labor es compartir experiencia en el ámbito contable, fiscal y de seguridad social, con el fin de promover la Cultura Contable en México.
Esperamos les sea de utilidad la información aquí publicada.