Si estas aun tributando como Persona Física en el Régimen de Incorporación Fiscal(RIF) y tus ingresos rebasaron los 2 millones de pesos, debes saber que la autoridad no permite que sigas tributando como RIF. Si esta es tu situación la autoridad detectara en base a los ingresos que declares si debes o no continuar en el Régimen de Incorporación Fiscal.
Ten en cuenta que los que tributan bajo el RIF tienen beneficios que las demás Personas Físicas no cuentan.
El día de hoy (14 de julio) se publico en el Diario Oficial la Tercera modificación a la Resolución Miscelanea Fiscal 2016 y sus anexos 1 y 1-A, donde viene la regla 2.5.18 que nos dice que pasara en estos casos cuando el RIF rebasa los 2 millones de pesos de ingresos:
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Esperamos les sea de utilidad la información aquí publicada.