¿Hasta cuando tiene Beneficios Fiscales un RIF? – Ingresos, Obligaciones, 10 años o Avisos al SAT

salir del Régimen de Incorporación Fiscal SAT



La salida del Régimen de Incorporación Fiscal se puede llegar a dar por diferentes circunstancias, si ya perteneces al RIF y recibes el beneficio de los descuentos al pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR, Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios (IEPS) y el Impuesto al Valor Agregado (IVA); deben monitorear constantemente que la suma de los ingresos no excedan el límite para pertenecer a dicho régimen.

Si un contribuyente pertenece al RIF se obtienen beneficios tales como:

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El RIF del SAT – Pago de ISR, IVA e IEPS hasta 2016 y descuento del IMSS hasta 2017

calculo finiquito laboralLos descuentos del 100% en el pago del ISR, IVA e IEPS se extienden por todo el 2015 y el descuento de 50% en las cuotas de seguridad social, se amplía durante el 2015 y 2016. Esto se publico hoy 11 de Marzo de 2015 en el Diario Oficial de la Federación. Este beneficio se da a las Personas Físicas que se inscribieron en el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) en 2014 y los que se inscriban en 2015

Los resultados del RIF durante su primer año de existencia fueron sumamente alentadores con el registro de 899 mil contribuyentes, lo que implicó un aumento de 23.1% respecto al padrón del abrogado Régimen de Pequeños Contribuyentes;

A continuación les dejamos un extracto de como se otorgaron los estímulos fiscales para el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF):

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