Porque el SAT tiene 2 Catálogos de Método de Pago? – Facturación y Contabilidad Electrónica

2 catalogos de metodo de pago SAT

 
El SAT ha creado 2 catálogos de Métodos de Pago los cuales podrían considerarse diferentes entre si, ya que en uno se tienen mas conceptos y en el otro trae menos conceptos pero agregan conceptos que no tiene el primero. Pero para evitar equivocarnos tratare de explicar de que va cada catalogo.

Catalogo del Anexo 24 (Contabilidad Electronica)

La contabilidad electronica se aplica para algunos contribuyentes los cuales están obligados al envió mensual de su información al SAT. El catalogo del anexo 24 que también es de Métodos de Pago se utiliza para poner en la póliza contable precisamente como se realizo el pago del gasto. La póliza que se envié al SAT deberá contener la clave que corresponda conforme al siguiente Catalogo:

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«Estimulo al Buen Contribuyente del SAT» – Que beneficios tiene?

 
Existen diferentes formas de motivar a los contribuyentes para que paguen sus impuestos, una de esas formas es el «Estimulo al Buen Contribuyente». La autoridad lo que busca es hacer que mas contribuyentes se adhieran a sus nuevos métodos de fiscalización (e.firma, buzón tributario, contabilidad electronica) y lo hace a través de dicho estimulo. Este nuevo estimulo consiste en otorgar créditos a los contribuyentes que estén al corriente y que cumplan con algunas características.

Nacional Financiera, en conjunto con los bancos, pone a tu alcance un crédito para fortalecer tu negocio.

Si estás interesado en obtener un crédito es necesario que autorices al Servicio de Administración Tributaria a entregar tu información fiscal a Nacional Financiera, y a ella para que consulte tu comportamiento en el Buró de Crédito. Además debes cumplir los siguientes requisitos:

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Contabilidad Electrónica en las empresas

contabilidad administrativa thumb
 

El empleo de la tecnología ha venido a facilitarnos muchos aspectos de nuestra vida pero al mismo tiempo ha creado una necesidad constante de actualización que sin duda tiene un costo; este costo puede resultar muy alto dependiendo qué tanto estemos dispuestos a invertir en ello; lo anterior aplica tanto a las personas en su vida cotidiana como para las empresas, independientemente del tamaño de éstas.

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Contabilidad Electrónica explicada en 10 Minutos «Lo Basico»

contabilidad electr nica 2016

 

C.P.C. Javier Eliott Olmedo Castillo

A partir de este año 2016 llegó la hora de enviar la contabilidad electrónica al SAT, las personas físicas y morales que tengan obligación de llevar contabilidad, deberán hacerlo para este 2016 las personas físicas y morales con ingresos menores a 4 millones de pesos, las personas del sector primario, las personas morales con fines no lucrativos, y aquellas personas que fueron inscritas en el 2014, 2015 y 2016, con excepción de algunos caso de los trabajadores asalariados, personas físicas que laboran como honorarios y aquellos quienes registren sus operaciones en el sistema “Mis Cuentas” del portal del Servicio de Administración Tributaria, por lo que muchos contribuyentes tendrán ésta obligación que había sido diferida.

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Aun se puede Enviar la Aclaración del uso de “Mis Cuentas” de forma Extemporánea?

AVISO SAT EXTEMPORANEO

 

El pasado 30 de abril de 2016 fue el último día para el envió de la aclaración del uso de “Mis Cuentas” para las personas físicas que no quieren enviar la Contabilidad Electrónica y prefieren el uso del aplicativo del SAT “Mis Cuentas”.

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Decide si envías tu Contabilidad Electrónica o cumples con “Mis Cuentas”

contabilidad electronica mis cuentas SAT
contabilidad electronica mis cuentas SAT

 

El 30 de abril de 2016 vence la opción de enviar la aclaración al SAT como Persona Física o Asociación Religiosa, para NO enviar la Contabilidad Electrónica mensualmente. Esto aplica para las Personas Físicas que antes de 2015 no estuvieron obligadas a presentar dicha obligación en el SAT.

En dado caso de que no quieras utilizar la herramienta “Mis cuentas” estarás obligado al envió de la Contabilidad Electrónica de manera automática.

El día 01 de abril se publicó oficialmente en el DOF la regla 2.8.1.19 que habla de la opción que tienen estas Personas Físicas y Asociaciones Religiosas para utilizar “Mis Cuentas” y quedar exceptuados del envió mensual de la información de la Contabilidad Electrónica, quiere decir que no tendrás que enviar los archivos XML de la siguiente información contable:

  • Balanza de Comprobación: Mensualmente y al cierre del ejercicio)
  • Catálogo de Cuentas: Se envía mensualmente, si el primer catálogo que se envié no cambia se deberá enviar hasta que tenga alguna modificación).
  • Pólizas Contables: A petición del SAT o al solicitar Devoluciones y Compensaciones

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Prórroga para el Envió de la Balanza de Comprobación Ajustada al Cierre del Ejercicio

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Si eres de los Contribuyentes que están obligados al envió de la Contabilidad Electrónica desde 2015, debes saber que el envió de la Balanza de Comprobación al cierre del ejercicio también se tiene que enviar el 20 de Abril tratándose de Personas Morales y el 22 de Mayo en los casos de las Personas Físicas.

La balanza de comprobación sufre cambios al momento de realizar el cierre del ejercicio, debido al calculo del resultado fiscal.

Quienes envían la Balanza de Comprobación?

El artículo 28, fracción IV del CFF nos dice que los contribuyentes que estén obligados a llevar contabilidad y a ingresar de forma mensual su información contable a través del Portal del SAT son los que están obligados a la Contabilidad Electrónica, excepto:

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Como Determinar el IVA e ISR Mensual en Linea como Persona Física?

pago ISR IVA

En la mayoría de los casos, los contribuyentes estamos obligados al pago de los 2 Impuestos Principales. Se trata del Impuesto al Valor Agregado IVA y el Impuesto Sobre la Renta ISR. Estos son los 2 impuestos básicos para la mayor parte tanto de las Personas Físicas como para las Morales.

Existen mas impuestos a los que un contribuyente puede estar obligado a pagar dependiendo su actividad. Podría estar también obligado a pagar IEPS, ISAN, ISN, ISPT, entre otros impuestos…

Por ahora me enfocare en estos 2 impuestos, ya que son los principales a los que la mayoría de los contribuyentes están obligados a pagar.

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Como Enviar Aclaración para usar «Mis Cuentas» al SAT y no enviar la Contabilidad Electrónica

 
aclaracion al SAT mis cuentas Si eres Persona Física y estas obligado a enviar la Contabilidad Electrónica, puedes NO enviar la información al SAT siempre y cuando utilices la herramienta “Mis Cuentas” de la página del SAT.

Esto se publicó en el la página del SAT el día 04 de marzo, en el anteproyecto de la 1ra Modificación a la RMF 2016 en su regla 2.8.19 habla de que las Personas Físicas y Asociaciones Religiosas deben enviar una aclaración que mencione que van a utilizar “Mis Cuentas” para no enviar la Contabilidad Electrónica”.

A continuación les dejamos la modificación que nos habla de quienes deben presentar dicha aclaración en el portal del SAT:

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