El salario mínimo en México, según la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, no puede ser objeto de embargo, compensación o descuento. El artículo 123 establece que toda persona tiene derecho a un trabajo digno y socialmente útil, y para ello se promoverá la creación de empleos y la organización social del trabajo conforme a la ley. Dentro de estas disposiciones, se incluye la excepción del salario mínimo de cualquier forma de embargo o descuento.
La Ley Federal del Trabajo define y regula el salario, incluyendo el salario mínimo, y detalla cómo se debe integrar. Sin embargo, en la práctica contable, uno de los problemas recurrentes es la correcta emisión del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) de nómina, especialmente en lo que respecta a las claves y topes establecidos en el apéndice seis de la guía de llenado del CFDI publicada por el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Problemas en la emisión del CFDI de nómina: claves y errores comunes
La emisión del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) de nómina presenta varios desafíos, entre ellos, el uso correcto de las claves estipuladas por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) en su Apéndice 6 de la guía de llenado del CFDI. A continuación, analizamos algunas partidas específicas que pueden provocar errores en la emisión del CFDI, especialmente en relación con los trabajadores que perciben el salario.
Exenciones para trabajadores con salario mínimo según el artículo 93
El artículo 93, fracción I de la Ley del Impuesto Sobre la Renta establece exenciones específicas para ciertas percepciones distintas del salario para los trabajadores que perciben el salario mínimo.
Artículo 93. No se pagará el impuesto sobre la renta por la obtención de los siguientes ingresos:
Las prestaciones distintas del salario que reciban los trabajadores del salario mínimo general para una o varias áreas geográficas, calculadas sobre la base de dicho salario, cuando no excedan de los mínimos señalados por la legislación laboral, así como las remuneraciones por concepto de tiempo extraordinario o de prestación de servicios que se realice en los días de descanso sin disfrutar de otros en sustitución, hasta el límite establecido en la legislación laboral, que perciban dichos trabajadores.
Tratándose de los demás trabajadores, el 50% de las remuneraciones por concepto de tiempo extraordinario o de la prestación de servicios que se realice en los días de descanso sin disfrutar de otros en sustitución, que no exceda el límite previsto en la legislación laboral y sin que esta exención exceda del equivalente de cinco veces el salario mínimo general del área geográfica del trabajador por cada semana de servicios.
Por ejemplo, un trabajador que percibe el salario mínimo tiene derecho a una exención del 100% en el pago del aguinaldo, según lo establecido en el artículo 93, fracción I de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR). Esto contrasta con la exención de hasta 30 UMAS que se menciona en la fracción XIV del mismo artículo para otros trabajadores.
Como se puede apreciar en el cuadro anterior, si se timbra la nómina con la clave 002 en exento el total del aguinaldo, el SAT mostrara en el visor de nómina un archivo de texto con error en el timbrado indicando que el importe exento es mayor al establecido en el artículo 93 fracción XIV de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.
Conclusión
Es crucial para los contadores públicos estar al tanto de estas disposiciones y entender las implicaciones de usar las claves correctas en el CFDI de nómina. Un mal uso puede llevar a errores en la emisión y posibles sanciones. La correcta interpretación y aplicación de la legislación laboral y fiscal es fundamental para asegurar la conformidad y evitar contratiempos en la contabilidad de las empresas.
Asesoría y Capacitación Fiscal Monroy S.C.
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OCUPO CON URGENCIA DE COMO RECUPERAR LOS CERTIFICADOS DE SELLOS DIGITALES POR HABERLOS BLOQUEADOS POR LA AUTORIDAD FISCAL.