Skip to main content
 

Siempre es importante conocer nuestros derechos como trabajadores, y ante todo, la razón por la cual el gobierno cobra cuotas a los patrones y trabajadores. En este caso, el motivo de las cuotas de Retiro, Cesantía y Vejez son necesarias para tener un ingreso que, aunque no sea mucho, es un apoyo para la economía familiar.

Un trabajador o trabajadora puede acceder a una pensión por diferentes circunstancias, las cuales definen cada modalidad: 

  • Pensión por incapacidad permanente parcial o total
    El asegurado puede tramitar este tipo de pensión cuando sufra un riesgo de trabajo, y que, como consecuencia de este, los servicios médicos institucionales hayan declarado una incapacidad permanente parcial o total.
    Plazo máximo de respuesta: 30 días naturales.

  • Pensión por invalidez
    El asegurado debe solicitar el trámite. A través de sus servicios médicos, el Instituto determina que se encuentra en estado de invalidez de acuerdo con lo establecido en el artículo 119 de la Ley, y cumpla con el requisito señalado en el artículo 122 de la misma.
    Plazo de respuesta: 21 días naturales.

  • Pensión por cesantía en edad avanzada o vejez
    El asegurado puede solicitar este trámite. La pensión por cesantía en edad avanzada se solicita al cumplir 60 años de edad a la fecha de la solicitud. Para la pensión por vejez, el asegurado debe contar con 65 años de edad cumplidos a la fecha de la solicitud.
    Plazo de respuesta: 21 días naturales.

En las siguientes modalidades, los beneficiarios son los allegados al trabajador en dado caso de defunción:

  • Pensión por viudez
    La viuda, viudo, viuda concubina o viudo concubino pueden solicitar este trámite cuando fallezca el asegurado(a) o pensionado(a) por invalidez, vejez o cesantía en edad avanzada y cumpla con los requisitos señalados en los artículos 64 fracción II y 130 de la Ley.
    Plazo de respuesta: 21 días naturales.

  • Pensión por orfandad
    El huérfano, tutor o representante legal pueden hacer la solicitud cuando fallezca el asegurado o pensionado por invalidez, vejez o cesantía en edad avanzada.
    Plazo de respuesta: 21 días naturales.

  • Pensión por ascendientes
    Los padres del asegurado o pensionado o su representante legal pueden solicitarla cuando fallezca el asegurado o pensionado por invalidez, vejez o cesantía en edad avanzada.
    Plazo de respuesta: 21 días naturales.

Calculadora ISR 2026 de Regalo: Descárgala y calcula fácilmente el ISR, IMSS e Infonavit de 2026 desde una sencilla Hoja en Excel, es completamente GRATIS!

Un comentario

  • hilda chavez dice:

    Buenos días, he leído en su pagina web de los trámites para las pensiones ante el IMSS.
    Mi pregunta en concreto es: la viuda puede retirar las aportaciones del SAR ’92 y SAR ’97
    ya que me han dicho que si, porque esto no forma parte de la pensión, sino que son ahorros que hizo el esposo mientras trabajaba y vivia.

    saludos y muchas gracias por su pronta respuesta.

Dejanos tu comentario

Accede a las calculadoras gratuitas de ContadorMx

Utiliza nuestras calculadoras profesionales dejando tu correo electrónico.

registro gratuito calculadoras ContadorMx

3x2

EN TODOS LOS CURSOS

¡Aprovecha el Buen Fin 2025 de ContadorMx, hasta el 30 de noviembre!

Accede gratis a la aplicación web para la Descarga Masiva de XML del SAT

problemas descarga XML web service SAT

No te enviaremos SPAM, a nosotros tampoco nos gusta.

Descarga gratis la calculadora 2026 de ISR, IMSS e Infonavit en Excel.

No te enviaremos SPAM, a nosotros tampoco nos gusta.

Descarga la Tablas de ISR para 2026 en Excel de regalo de la RMF (Anexo 8).

No te enviaremos SPAM, a nosotros tampoco nos gusta.