Hay muchos tramites que pueden ser cansados y muy engorrosos uno de ellos era el del tramite por viudez, la burocracia en los tramites últimamente se ha disminuido y ahora es el turno del tramite de pensión por viudez en el cual el IMSS nos informa que en 4 pasos se puede concluir este tramite siempre y cuando se cuente con la documentación necesaria, para lo cual nos da la siguiente guía de como realizarlo.
Pasos para Solicitar la Pensión por Viudez en el IMSS
PASO 1: Antes de acudir a tu Unidad de Medicina Familiar (UMF o clínica) verifica que Al momento de su muerte, el asegurado(a):
- Ante los servicios de Afiliación y Vigencia del Instituto se encuentre vigente en sus derechos
- Tenga acreditadas un mínimo de 150 cotizaciones semanales si el fallecimiento no fue por riesgo de trabajo, o bien, a esa fecha, haya tenido la calidad de pensionado
- Tratándose de la Ley de 1973, se requiere que el Instituto, por medio de los Servicios Médicos de Salud en el Trabajo, dictamine que el esposo o concubinario se encuentra totalmente incapacitado (formato ST-6)
- Si la muerte del asegurado se debió a un riesgo de trabajo, se requiere el dictamen del IMSS a través de los Servicios Médicos de Salud en el Trabajo (formato ST-3
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PASO 2: Suscribe tu solicitud de pensión y presenta la documentación requerida en la ventanilla de Prestaciones Económicas.
En el caso del asegurado o pensionado:
– Documento que contenga el Número de Seguridad Social (NSS) expedido por el IMSS, INFONAVIT o AFORE
– Copia certificada del acta de defunción
– Clave Única de Registro de Población (CURP)
– Documento de AFORE
En caso de beneficiario
– Identificación oficial con fotografía
– CURP
– Comprobante de domicilio
Documentación adicional:
- Modalidad A) Viudo-Esposo y Modalidad B) Viudo-Concubinario: Copia certificada de acta de matrimonio (sólo modalidad A) o Constancia testimonial con la que acredite el concubinato (sólo modalidad B)
- Modalidad C) Viuda-Esposa: Copia certificada de acta de matrimonio
- Modalidad D) Viuda-Concubina: Constancia testimonial con la que acredite el concubinato
- Constancia testimonial con la que acredite la dependencia económica
- Tratándose de la Ley de 1973, que los Servicios de Prestaciones Económicas cuenten con el Dictamen de Invalidez de beneficiario, expedido por los Servicios de Salud en el Trabajo (formato ST-6), que acredite el estado de incapacidad
PASO 3: Elige el régimen de pensión y, en su caso, la aseguradora que más te beneficie
Si tu cónyuge o concubina(rio) empezó a cotizar al IMSS antes del 1° de julio de 1997 y cumple con los requisitos de ambos regímenes, podrás elegir entre:
• Pensión pagada por el IMSS
• Pensión pagada por aseguradora, llamada Renta Vitalicia
Si la pensión es derivada de una anterior, se continúa bajo el mismo régimen. Los beneficiarios no tendrán derecho a la elección de pensión pagada por el IMSS
PASO 4: Obtén tu resolución de pensión y fírmala, te entregarán un documento oficial que señala la cuantía de pensión que te corresponde de acuerdo al régimen elegido, la fecha en que gozarás de la misma, así como la forma y lugar para recibir tu pago.

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