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Como Solicitar la Ayuda por parte del IMSS para gastos funerarios?

Por noviembre 26, 2014noviembre 28th, 2014Cultura General, Derecho, IMSS

  Al fallecer un derechohabiente del IMSS ya sea asegurado o pensionado, un familiar o persona cercana puede solicitar ayuda económica para gastos de funeral, la cantidad otorgada por el IMSS será de 60 días de salario mínimo vigente en el Distrito Federal a la fecha del fallecimiento (60 x 67.29 = 4,037.40).

Se deberá presentar el tramite cuando se hayan efectuado gastos por concepto de funeral, en relación con el fallecimiento de un asegurado o pensionado, cuando al momento del fallecimiento del asegurado, éste tenga reconocidas cuando menos 12 semanas de cotización en los nueve meses anteriores al deceso. Tratándose del fallecimiento de un asegurado debido a un Riesgo de Trabajo, no se requerida el requisito de semanas de cotización, cuando al fallecimiento de un pensionado, éste se encuentre vigente en sus derechos.

Se debe llenar la solicitud anexamos link para que puedan descargar la solicitud:

http://187.191.71.208/tramites/AnexosFPresentacion/60-201422312743-11.%20Solicitud%20de%20ayuda%20para%20gastos%20de%20funeral.pdf

Los documentos que se solicitaran para quien cobrara será identificación oficial con fotografía y firma, en original de quien realizara el trámite, como puede ser:

  • Credencial para votar
  • Cartilla del servicio militar
  • Pasaporte
  • Cédula profesional
  • Credencial ADIMSS
  • En el caso de extranjeros deben presentar su pasaporte o forma migratoria.

Los documentos que se solicitaran del asegurado o pensionado serán los siguientes:

  • Copia certificada del acta de defunción en original y copia, en caso de tratarse de un documento en otro idioma, deberá presentar su traducción autorizada.
  • CURP o credencial ADIMSS, no aplica para extranjeros.
  • Cuenta original de los gastos de funeral en original y copia, es decir cualquier factura o documento fiscal en el que se encuentren descritos los pagos de servicios funerarios del asegurado o pensionado del IMSS, así como ataúd, cremación, embalsamiento, equipo de velación, derecho de servicios de entierro, servicios de traslado o cualquier gasto relacionado con el fallecimiento.
  • Un documento donde aparezca el Número de Seguro Social del fallecido en original.
  • En caso de fallecimiento por riesgo de trabajo se debe presentar una copia simple del aviso para calificar probable riesgo ST-1 o ST-7 calificado por el servicio de Salud en el Trabajo del Instituto.

El plazo máximo para respuesta del IMSS para que proceda la solicitud, será de 12 días hábiles, si al termino del plazo máximo de respuesta, la autoridad no ha respondido, se entenderá que la solicitud fue resuelta en Negativo.

La persona que haga la petición deberá ser, preferentemente, a la que se le haya expedido el documento que acredite el pago de gastos de funeral (factura), o bien, la persona a quien ésta haya autorizado a solicitar la ayuda ante el Instituto.

Antes de acudir a realizar el trámite, se recomienda verificar que en todos los documentos a presentar, como son Acta de Nacimiento, CURP, Acta de Defunción, Acta de Matrimonio, Registro de asegurado o pensionado ante el IMSS, Identificación Oficial, Cuenta Individual, entre otros, el nombre del solicitante coincida en todos y cada uno de estos, así como el nombre de los beneficiarios (en su caso). Si alguno no coincidiera, se deberá realizar la corrección correspondiente.

Consideraciones:

  • Realizar las aclaraciones con anticipación, permitirá que llegado el momento se puedan obtener las prestaciones a que se tengan derecho sin mayores contratiempos.
  • Es importante mantener actualizado el registro de los beneficiarios.
  • Todos los documentos que presenten los solicitantes deben ser legibles, no contener tachaduras ni enmendaduras y estar vigentes en los términos que se establezca para el trámite de que se trate.
  • Tratándose de documentos públicos expedidos en el extranjero, deberán contener la apostilla o legalización, según corresponda.
  • Si el país que emite el documento está adherido a la Convención de La Haya del 5 de octubre de 1961, relativa a la Supresión de la Exigencia de Legalización de los Documentos Públicos Extranjeros, se requerirá de la apostilla, la cual constará sobre el propio documento o sobre una prolongación del mismo, en el formato establecido para ello.
  • En el supuesto de que el país emisor del documento no esté adherido a la referida Convención, se requerirá de la legalización del documento, es decir, la legalización efectuada por la Representación Consular mexicana ubicada en el lugar en donde se expidió el documento, a través de la cual se certifica que la firma o sello (de un funcionario u oficina gubernamental o notarial) que se localiza dentro de su circunscripción, coincide con la firma o sello registrados en sus archivos.
  • Si el documento está redactado en idioma diferente al español se deberá acompañar la traducción al español realizada por perito autorizado por el Tribunal Superior de Justicia de cualquier Entidad Federativa del territorio nacional o por perito autorizado por el país de que se trate.

2 Comentarios

  • maria dice:

    mi mama fallecio hace casi un mes, mi papa es pensionado y en el imss le dijeron que no le corresponde ayuda. solo por fallecimiento del pensionado, no del familiar.

  • Lourdes dice:

    Mi hermano falleció en marzo y estaba dado de baja del seguro en septiembre pasado todavia en conservacion de derechos y en el IMSS me negaron la ayuda para gastos de funeral porque?

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