Es posible que un contribuyente se encuentre en el supuesto de que adquirió un bien o recibió un servicio y solicito una factura electrónica la cual dedujo en su momento, pero el proveedor canceló el Comprobantes Fiscales Digitales por Internet. Esto podría generar problemas para el contribuyente que deduce el gasto y acredita los impuestos pagados en el mes o ejercicio correspondiente.
Al deducir la factura el contribuyente considero su monto para el ISR, acredito el IVA e incluso envió la información de la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT) al SAT.
Es posible que el proveedor (emisor) haya cancelado dicho Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) por error, por lo que el proveedor le avisa a su cliente que volverá a refacturar el CFDI con la descripción de «Este CFDI sustituye al emitido con fecha y número (del CFDI cancelado)».
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