Skip to main content

  facilidades declaración anual personas fisicasComo Persona Física puedes aplicar alguna de las siguientes facilidades para el envío de la declaración anual, esto según lo anunciado por el SAT.

Una de las principales facilidades les fue otorgadas a las Personas Físicas Asalariadas, donde exenta del envío de la declaración anual o enviarla cualquier día del año.

A continuación, les dejo las 6 facilidades que las Personas Físicas pueden considerar al momento de la elaboración y envío de la Declaración Anual.

1.- Asalariados exentos de enviar la Declaración Anual

Se exenta del envío de la declaración anual a los asalariados, esta disposición aplicará para las Personas Físicas que solo recibieron ingresos por sueldos y salarios en el ejercicio anterior.

Quienes obtuvieron su sueldo de un solo patrón, no están obligados a la presentación de la declaración anual ante el SAT. Este cambio incluye a si los ingresos son mayores a 400 mil pesos.

No aplica esta facilidad si la Persona Física obtuvo ingresos por otros conceptos. Por ejemplo, si recibió ingresos por intereses.

2.- Facilidad de presentar la Declaración Anual cualquier día del año 

Si un Asalariado no quiere o no puede presentar la Declaración Anual de Personas Físicas en el mes abril, pero quiere obtener la devolución del Impuesto Sobre la Renta a favor; la puede presentar en cualquier momento del año.

¿A qué Personas Físicas Asalariadas aplica la facilidad?

Anteriormente, si un asalariado obtenía un ingreso de más de 400 mil pesos; estaba obligado a presentar su declaración anual.

Si quieres aplicar la facilidad de presentar en cualquier día del año la declaración anual de Personas Físicas como asalariado, lo que se debe de cuidar es que solo tenga ingresos por sueldos y si genera ingresos por interés sean menores a 20 mil pesos.

3.- Información Precargada

Para facilitar la elaboración de la declaración anual del SAT, a las Personas Físicas se precargan las que pudieran ser deducciones personales aplicables a la Declaración Anual.

Para considerar las facturas electrónicas precargadas se debe contar con los XML´s y asegurarse que estos cumplan con los requisitos fiscales vigentes. También se debe cuidar que estos sean pagados correctamente con los métodos de pago autorizados por el SAT.

4.- Presentar Declaración Anual vía telefónica

Anteriormente la declaración vía telefónica se podía presentar, si se quería presentar en ceros la declaración anual de personas físicas.

Ahora se proporcionará la opción de hacer la declaración anual de personas físicas por teléfono, para aquellas Personas Físicas que solo deduzcan hasta 25 facturas electrónicas en el año.

Esta facilidad puede tomarla en cuenta cualquier tipo de Persona Física, pero va encaminado a los asalariados; porque los demás tipos de Personas Físicas tienen más de 25 facturas electrónicas en el año.

5.- Devolución sólo con contraseña

Si el saldo a favor que resulte en el cálculo del ISR en la declaración anual de Personas Físicas resulta menor a 50 mil pesos; pueden solicitar la devolución automática solo ingresando la contraseña del contribuyente.

Esta facilidad se publicó en la 1ra modificación a la Resolución Miscelánea Fiscal de 2017, pendiente de publicar en el DOF.

Menciona que pueden solicitar las Personas Físicas la devolución del saldo a favor de ISR menor a 50 mil pesos, pero los datos de la cuenta CLABE y nombre del contribuyente deben coincidir y deben de estar precargados en la base de datos del SAT.

6.- Cambio de Fecha límite

El cambio de fecha límite para el envío de la declaración anual de Personas Físicas, no se considera una facilidad; pero este año la fecha límite para la presentación es el domingo 30 de abril de 2017; por lo tanto, de acuerdo al artículo 12 del Código Fiscal de la Federación, la fecha límite para la presentación de la Declaración Anual de Personas Físicas se recorre al martes 2 de mayo.

El martes 2 de mayo es el siguiente día hábil después del domingo 30 de abril, ya que el 1ro de mayo es día inhábil también.

Conclusión

Algunas de las facilidades mencionadas, faltan que sean publicadas en el Diario Oficial de la Federación; por lo que se recomienda seguir de cerca la información acerca de estos cambios.

El otorgar alguna de estas facilidades, se podría interpretar que el SAT prefiere que la declaración anual de Personas Físicas y en especial la de los asalariados, se presenten cualquier día del año o no se presente.

Esto conlleva a que los asalariados no soliciten la devolución del Impuesto Sobre la Renta que les resulte a favor, por lo que aconsejo a las Personas Físicas obligadas y que pueden aplicar alguno de estas facilidades; que analicen si les conviene o no el envió de la declaración anual lo antes posible y así obtener la “devolución automática” del saldo a favor de ISR.

2 Comentarios

Dejanos tu comentario

Accede gratis a la aplicación web para la Descarga Masiva de XML del SAT

No te enviaremos SPAM, a nosotros tampoco nos gusta.

Descarga gratis la calculadora 2025 de ISR, IMSS e Infonavit en Excel.

No te enviaremos SPAM, a nosotros tampoco nos gusta.

Descarga la Tablas de ISR para 2025 en Excel de regalo de la RMF (Anexo 8).

No te enviaremos SPAM, a nosotros tampoco nos gusta.

Escanea el código