Guia para hacer un CFDI de Nomina Mensual – Caso Practico del SAT

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Hay cambios en la fecha de expedición y entrega de los CFDI de Nomina a partir de la regla I.2.7.5.3 publicada el día 04 de julio en el DOF.

ANTES DE LA MODIFICACION

Fecha de expedición y entrega del CFDI de las remuneraciones cubiertas a los trabajadores
I.2.7.5.3.       Para los efectos del artículo 27, fracciones V, segundo párrafo y XVIII de la Ley del ISR, en relación con el artículo 99, fracción III del mismo ordenamiento legal, los contribuyentes podrán expedir los CFDI por las remuneraciones que cubran a sus trabajadores, antes de la realización de los pagos correspondientes, o dentro de los tres días hábiles posteriores a la realización efectiva de dichos pagos, en cuyo caso, considerarán como fecha de expedición y entrega de tales comprobantes la fecha en que se realice el pago de dichas remuneraciones.
       LISR 27, 99

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Que es la Contabilidad Electronica? Puntos Importantes a considerar

 

Este 2014 será recordado como el año en el que todos los contribuyentes están obligados a emitir facturas electrónicas. Pero también se recordara que fue a partir de julio de 2014 que las Personas Morales están obligadas a presentar su información contable al SAT en su buzón tributario.

Para conocer los diferentes puntos de este tema les dejamos la siguiente información, la cual les ayudara a comprender de que trata esta nueva forma de enviarle información al SAT.

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Multas por incumplir con la Contabilidad Electronica impuestas por el SAT

 

Xml contabilidad electronica SATA partir del 1 de julio de 2014 están obligados a llevar contabilidad electrónica y enviar esta información al SAT las personas morales, incluidas las personas morales con fines no lucrativos, y las personas físicas con actividad empresarial.

La entrega de la información es a través del Buzón Tributario, en el apartado Contabilidad electrónica; el envío debe hacerse con firma electrónica.

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Declaraciones del RIF – «Mis Cuentas» del Regimen de Incorporacion Fiscal

 
autorizada RIFSe presenta la aplicación para la declaración del Régimen de Incorporación Fiscal al Colegio de Contadores Públicos de México y al Instituto Mexicano de Contadores Públicos.  Hasta la segunda quincena de agosto, se recibieron casi 2 millones y medio de declaraciones en Mis Cuentas.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) presentó la herramienta tecnológica Mis Cuentas, en su apartado de declaración, a integrantes del Colegio de Contadores Públicos de México (CCPM) y del Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP).

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Precios de Transferencia en la Presentación de la Información Alternativa al Dictamen SIPIAD

requiere dinero Autor: César Alfredo Herrera Ruiz

A partir de la publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 30 de marzo de 2012 y el 9 de diciembre de 2013, del artículo segundo Transitorio del Decreto Presidencial, los contribuyentes que proporcionen información ante las autoridades fiscales, de acuerdo a lo contemplado en el artículo 32-A, fracción I del Código Fiscal de la Federación (CFF), podrán seguir presentando el dictamen fiscal de manera opcional a través del Sistema de Presentación del Dictamen (SIPRED), en su defecto, podrán presentar la información requerida a través del Sistema de Presentación de la Información Alternativa al Dictamen (SIPIAD).

La diferencia entre éste par de programas informáticos, es que el SIPRED se utilizará para presentar los dictámenes fiscales, mientras que el SIPIAD es una versión alternativa de presentar la información a las autoridades fiscales, si el contribuyente optó por no dictaminar sus estados financieros de manera fiscal. Es importante acotar, que la presentación de la información por cualquiera de los dos sistemas fue y deberá ser exactamente en las mismas fechas y circunstancias.

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Facilidades en la Presentación de la Contabilidad Electronica – Plazos, Cuentas, Balanza, CFDIs y Medio de Pago

Contabilidad Electronica SAT 2021

 

De la Contabilidad Electrónica aun se tienen muchas dudas respecto a como, cuando y donde presentarla. Recordando que el SAT otorgo una prorroga para su presentación hasta 2015 consideramos que van a seguir cambiando las reglas para su presentación durante ese tiempo.

En el RCFF y en la RMISC se establecieron algunos requisitos relativos a la forma en que debían efectuarse los asientos contables, los cuales eran prácticamente imposibles de cumplir.

Afortunadamente, parte de las preocupaciones de los contribuyentes fueron atendidas por el SAT e incorporadas en el Anteproyecto de la Tercera Modificación a la RMISC, en los siguientes términos:

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Personas Fisicas No Obligadas a llevar Contabilidad Electronica

 

El SAT ha presentado modificaciones a la obligación del envió de la Contabilidad Electrónica y entre ellas esta la limitante que le ponen a las Personas Físicas con Actividad Empresarial de NO llevar su Contabilidad Electrónica solo si que utilicen el sistema del SAT “Mis Cuentas” y que no hayan rebasado los 2 millones de pesos de ingresos o a las que sean del Nuevo Régimen de Incorporación Fiscal.

A partir del 1 de julio de 2014 están obligados a llevar contabilidad electrónica las personas físicas con actividad empresarial.

Sólo quedan exentas de la obligación las personas físicas con actividad empresarial cuyos ingresos en el ejercicio anterior no hayan excedido de dos millones de pesos y utilicen Mis cuentas, o se encuentren en el Régimen de Incorporación Fiscal.

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Emitir CFDI por Anticipos, Salarios, Intereses, Retenciones, Dividendos y mas…

 

Autor: CPC Carlos R. Villarreal Antelo

Desde hace algunos años las autoridades fiscales han basado sus programas de fiscalización de las operaciones que celebran los particulares a través de un complejo sistema de comprobantes fiscales que, desde su origen, obliga a los contribuyentes a cumplir un sin número de requisitos formales a los que, en la mayoría de las veces, se les da un peso específico mayor que al mismo fondo de la deducción que amparan.

Así, a principios de la década de los 90´s se introdujo al sistema fiscal mexicano lo que en aquél entonces fue un moderno esquema de comprobación fiscal en papel, a través del uso de impresores autorizados por el Servicio de Administración Tributaria (SAT). Aunque paralelamente también se estableció la posibilidad de que los contribuyentes autoimprimieran los comprobantes fiscales con sus propios medios, o a través de proveedores autorizados, la realidad es que sólo un pequeño número de ellos hicieron uso de esta alternativa.

Fue hasta el ejercicio 2011 que el uso de los Comprobantes Fiscales Digitales (CFD) se intensificó y prácticamente se abandonó el esquema tradicional en papel y el uso de impresores autorizados. Con ello, se inició una nueva etapa en el sistema de comprobación fiscal en nuestro País, el cual está ligado a una serie de cambios muy importantes en la plataforma tecnológica de las autoridades fiscales, todos orientados a establecer un control automatizado y más estrecho de las operaciones que realizan los contribuyentes.

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Cual es la Deduccion de Intereses para el Impuesto Sobre la Renta?

 

Autor: CPC Jesús Navarro Martínez

Sin duda uno de los aspectos importantes a considerar para determinar el resultado fiscal o la base gravable para efectos del impuesto sobre la renta (ISR), es lo relativo a la deducción de intereses; es por ello que me permito retomar y señalar diversas disposiciones que se encuentran en la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) vigente a partir del 1° de enero de 2014 y en el Tratado para Evitar la Doble Tributación con Estados Unidos (TEDT con USA), así como otros documentos que he considerado de interés incorporar al presente artículo.

De conformidad con el artículo 25 Fracción VII de la LISR, los contribuyentes pueden deducir los intereses devengados a cargo del ejercicio, señalando que para el caso de intereses moratorios, a partir del cuarto mes se deducirán únicamente los efectivamente pagados.

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