Con la modificación a la regla 2.8.1.5 de la resolución miscelánea fiscal para 2019, las personas físicas tendrán que decidir si cambian a MI CONTABILIDAD para la presentación de las declaraciones y así continuar no enviando contabilidad electrónica, como no presentar la DIOT, veamos a continuación la reforma a la regla 2.8.1.5.

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