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Cada año, en el mes de febrero, los patrones están obligados a presentar la determinación anual de la prima de riesgo de trabajo ante el IMSS. A diferencia de años anteriores, ahora es más sencillo completar y entregar esta determinación, ya sea de forma presencial en la subdelegación correspondiente o en línea a través del portal del IMSS.

Para la presentación presencial, el IMSS pone a disposición un formato electrónico que debe llenarse con los datos generales de la empresa y la siniestralidad laboral, incluyendo la carátula y la relación de casos de riesgos de trabajo terminados. Este formato debe imprimirse en original y copia para presentarlo en la oficina administrativa del IMSS correspondiente. La opción en línea, disponible durante todo el mes de febrero, facilita el trámite y reduce errores en la captura de datos, además de ahorrar tiempo y recursos. La prima determinada tendrá vigencia del 1° de marzo al último día de febrero del siguiente año.

Deberás presentar impresa la determinación en las Oficinas Administrativas, con nombre y firma del patrón o sujeto obligado o de su representante legal, así como el sello de la empresa en caso de contar con él. Sin la firma, el documento carece de validez; además de lo anterior, presentarás tarjeta de identificación patronal y, en su caso, copia certificada del acta notarial del representante legal que lo acredite para actos administrativos y para pleitos y cobranzas.

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ASPECTOS IMPORTANTES

Se eximirá a la empresa de la obligación de presentar ante el IMSS la Determinación de la Prima en el Seguro de Riesgos de Trabajo Derivada de la Revisión Anual de la Siniestralidad cuando:

  • La nueva prima determinada resulte igual a la del periodo anterior.
  • Se haya dado de alta ante el IMSS o modificado su actividad durante el periodo comprendido entre el 2 de enero y el 31 de diciembre del año que corresponda (periodo de revisión).
  • Exista una reanudación y conserve la misma actividad durante el periodo que se revisa y haya transcurrido un tiempo mayor a seis meses entre esta y la fecha de la baja.

La empresa que, estando obligada a presentar ante el IMSS la determinación respectiva durante el periodo establecido no lo hiciera, el IMSS le notificará de oficio la Resolución de Determinación de la Prima en el Seguro de Riesgos de Trabajo.

Cuando un patrón deje de tener trabajadores a su servicio durante más de seis meses y no haya comunicado baja patronal, al reanudar la relación obrero-patronal, será colocado en la prima media de la clase que corresponda a su actividad. Si el periodo fuera de seis meses o menos, será colocado en la prima en que venía cubriendo sus cuotas, siempre y cuando conserve la misma actividad.

   

6 Comentarios

  • Daryl dice:

    Hi, en la página del IMSS relacionada con la revisón de la prima de riezgo indica que también se puede presentar a través del IDSE, algo más cómodo (si es que corre éste site en tu pc), y, por lo ke surge el comentario, que sólo se presenta en caso de que haya modificación a la prima de riezgo, ¡sabes el fundamento de éste rubro???
    salu2

    • alejandro dice:

      hola Daryl

      las disposiciones qu eximen al patron de presentar la declaracion anual de riesgo de trabajo cuando el resultado obtenido sea el mismo al del ejercicio inmediato anterior, encontraras el fundamento en el Art 32 Fracc V del Reglamento de la LSS en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización.

  • Zero dice:

    El art. 32 de la LSS dice:Los patrones revisarán anualmente su siniestralidad para determinar si permanecen en la misma prima, o si ésta se disminuye o aumenta, de acuerdo a las reglas siguientes:…

    V. Los patrones deberán presentar al Instituto, durante el mes de febrero, los formatos impresos o el dispositivo magnético generado por el programa informático que el Instituto autorice, en donde se harán constar los casos de riesgos de trabajo terminados durante el año, precisando la identificación de los trabajadores y las consecuencias de cada riesgo, así como el número de trabajadores promedio expuestos al riesgo dados en razón de la mecánica bajo la cual efectúen los pagos de cuotas. El Instituto deberá dar aviso al patrón cuando califique algún accidente o enfermedad de trabajo, o en caso de recaída con motivo de éstos.

    Además determinarán, con base en los datos proporcionados al Instituto, la prima correspondiente y, conforme a la misma, cubrirán sus cuotas del Seguro de Riesgos de Trabajo.

    Se eximirá a los patrones de la obligación de presentar los formatos impresos o el dispositivo magnético mencionados, cuando al determinar su prima ésta resulte igual a la del ejercicio anterior;

  • LUCAS dice:

    la liga para bajar el formato de declaracion para imprimir en excel me manda a una descarga del formato para 2008… helpp

  • Andy dice:

    Ermmm no se por que se complican si el SUA lo hace todo xd solo lo tenes que tener actualizado, el problema seria que el IDSE es una de las peores paginas xd

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