La opinión de cumplimiento SAT, también conocida como formato 32D, es un informe emitido por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) que permite consultar de manera instantánea el cumplimiento de las obligaciones fiscales de un contribuyente, ya sea persona física o moral.
Obtener la Opinión de Cumplimiento SAT, es fundamental en situaciones en las que el contribuyente requiera presentarla, sobre todo cuando necesite una opinión positiva para solicitar algún incentivo gubernamental, subsidio o estímulo.
Este documento se solicita principalmente en casos específicos relacionados con los servicios y obras públicas, inclusive las empresas que otorgan créditos, suelen solicitar la opinión de cumplimiento SAT como documentación necesaria para la alta de proveedor.
Datos esenciales y procedimientos para obtener tu opinión de cumplimiento SAT
Para obtener la opinión de cumplimiento, primero accede al sitio web del SAT. Una vez dentro, ve a la sección de «Trámites y Servicios» y busca «Opinión del cumplimiento». Haz clic en «Obtén tu opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales» para continuar.
Para acceder, asegúrate de tener tu firma electrónica vigente o la Clave CIEC, que es la contraseña del SAT.
Una vez que ingresamos con nuestras credenciales, se nos proporcionará un archivo para imprimir o descargar en PDF. En este documento, podremos ver el resultado de nuestra opinión de cumplimiento SAT. Lo primero que identificaremos será el número de folio, RFC y razón social. Es crucial revisar que esta información sea correcta.
En la sección de «Estimado Contribuyente», encontraremos el resultado de nuestra opinión de cumplimiento basado en la información que posee el SAT.
Cuando consultas tu opinión de cumplimiento SAT, es posible encontrarte con dos resultados diferentes. A continuación, te explicaremos cuáles son:
- Positiva: Demuestra que el contribuyente ha cumplido de manera responsable con sus obligaciones fiscales, lo cual lo hace elegible para recibir el trato solicitado.
Sin embargo, es crucial ser precavido con esta información, ya que la opinión de cumplimiento simplemente indica que el contribuyente ha presentado sus declaraciones u obligaciones fiscales correspondientes, pero no garantiza la veracidad de la información contenida en dichas declaraciones. Por lo tanto, siempre recomendamos consultar con especialistas para asegurarse de que la información proporcionada al SAT sea precisa y correcta.
- Negativa: Indica que el contribuyente ha incumplido con algunas declaraciones u obligaciones fiscales, lo que se traduce en un resultado desfavorable.
Una de las ventajas de solicitar tu opinión de cumplimiento es que, al mostrar un resultado negativo, también proporciona un informe detallado que enumera las obligaciones pendientes y los períodos correspondientes. Esta información resulta muy útil para regularizar tus obligaciones fiscales.
Es crucial estar al tanto del estado de cumplimiento fiscal consultando regularmente la opinión de cumplimiento del contribuyente, la cual proporciona información oficial sobre el cumplimiento de nuestras obligaciones fiscales. No hacerlo puede resultar en requerimientos por parte de la autoridad fiscal, lo que puede llevar a la generación de pagos adicionales por concepto de actualizaciones y multas.
Inconformidad al verificar el estatus de la opinión de cumplimiento SAT
Si no estás de acuerdo con el resultado de tu opinión de cumplimiento, puedes presentar una aclaración adjuntando el o los archivos electrónicos que respalden tu argumento. Asegúrate de acompañar dicha aclaración con este documento siguiendo estos pasos: Accede al portal del SAT.
Vigencia de la opinión de cumplimiento SAT
Si obtienes una Opinión de Cumplimiento Positiva, esta tendrá una vigencia de tres meses para la obtención de estímulos fiscales o subsidios, y de 30 días naturales a partir de su emisión para otros propósitos.
RMF 2024 2.1.37
Puntos clave para una opinión de cumplimiento positiva.
- Deberá estar registrado ante el RFC y mantener su estado fiscal como activo.
- Debe cumplir con la presentación oportuna de las declaraciones conforme a lo establecido en el tercer párrafo, numeral 2 de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para el ejercicio fiscal 2024.
- No debe figurar en el listado definitivo del artículo 69-B, cuarto párrafo del Código Fiscal de la Federación (CFF) publicado en el Portal del SAT.
- No debe tener créditos fiscales firmes o exigibles, a menos que hayan solicitado previamente autorización para pagar a plazos o hayan interpuesto algún medio de defensa contra créditos fiscales a su cargo, en cuyo caso dichos créditos deben estar garantizados según lo establecido en el artículo 141 del CFF, salvo lo dispuesto en la regla 2.11.5 de la RMF para el año 2024.
- No debe haber incurrido en las causales de revocación establecidas en el artículo 66-A, fracción IV del CFF, en caso de contar con autorización para el pago a plazos.
- Debe ser localizable en todo momento.
- No debe tener una sentencia condenatoria firme por algún delito fiscal. En caso de tenerla, el período de impedimento para contratar será igual al de la pena impuesta, comenzando a partir de la fecha en que la sentencia adquiera firmeza.
- No debe figurar en el listado al que se hace referencia en el noveno párrafo del artículo 69-B Bis del CFF.
- Para mantener tu cumplimiento con el Régimen de Personas Morales con Fines No Lucrativos, es importante asegurarte de presentar de manera oportuna la declaración anual informativa que detalla tanto los ingresos percibidos como las erogaciones realizadas.
Descarga automática de la opinión de cumplimiento SAT
Si te interesa contar con una herramienta que te muestre un tablero con todos los clientes, permitiendo ver rápidamente el estado de las opiniones de cumplimiento (SAT, IMSS e Infonavit), vigencia de la FIEL o declaraciones, llena el siguiente formulario para obtener mas información:
Conclusión
La obtención y revisión periódica de la Opinión de Cumplimiento SAT del Contribuyente, también conocida como Formato 32D, es esencial para garantizar el cumplimiento adecuado de las obligaciones fiscales. Este documento no solo es fundamental para solicitar incentivos gubernamentales o ser considerado como proveedor en diversos ámbitos, sino que también proporciona una visión clara del estado tributario de la persona física o moral. Tanto la confirmación de una opinión positiva como la detección de discrepancias en una opinión negativa son pasos cruciales para mantener la integridad fiscal y evitar posibles sanciones.
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