En la declaración informativa múltiple que se presenta en 2018, sólo se consideran algunos de los anexos que en años anteriores estaban vigentes. Pero con la prescripción que se estableció en el artículo noveno transitorio, fracción X de la LISR 2014, 2016 fue el último año en que los contribuyentes tuvieron la obligación de enviar la información vía DIM de alguno de ellos.
Noveno transitorio, fracción X de la LISR 2014
X. Para los efectos de la obligación de presentar las declaraciones informativas y constancias establecidas en los artículos 86, fracciones III, IV, VIII, IX, X, XIV, 101, VI, 118, III, V, 143, último párrafo, 144 y 164 de la Ley del Impuesto sobre la Renta que se abroga, se deberá cumplir con dicha obligación en los términos de esa Ley, a partir del 1 de enero de 2014 y hasta el 31 de diciembre de 2016.
Importante: Esto no quiere decir que los Contribuyentes se hayan librado de enviar la información al SAT, por ejemplo, antes se enviaba el Anexo 1, que corresponde a la información de sueldos, salarios y asimilados; ahora la información la recibe cada que el contribuyente genera un CFDI con el complemento 1.2 de la nómina.
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