Como Solicitar y Expedir el Formato de Contribuciones Federales por Internet SAT – ISR, IVA, IETU IEPS, Etc…

 
La Solicitud y expedición del Formato para pago de contribuciones federales, lo presentan las Personas físicas y morales que deseen realizar algún pago. Esto lo puede hacer a través de la pagina del SAT, basándonos en la guía que proporciona el SAT en su anexo 1-B de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2013 pendiente de publicar en el Diario Oficial les dejamos los Impuestos que se pueden pagar mediante este Formato para pago de Contribuciones Federales que a continuación se transcribe:

Consulta de saldos de créditos fiscales y emisión del “Formato para pago de contribuciones federales”

  • Impuesto Sobre la Renta
  • Impuesto Empresarial a Tasa Unica
  • Impuesto al Valor Agregado
  • Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios
  • Impuesto Sobre Tenencia o Uso de Vehículos
  • Impuesto Sobre Automóviles Nuevos
  • Ley de Ingresos de la Federación
  • Impuesto a los Depósitos en Efectivo

¿Qué servicio se obtiene? Consulta de saldos de créditos fiscales y emisión del Formato para pago de contribuciones federales.

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Nuevos Formatos de Pago SAT – 4ta Modificacion a la RMF 2013 por publicarse en el DOF

 
En la pagina del SAT se dio a conocer la Cuarta Resolucion de Modificaciones a la Resolucion Miscelanea Fiscal para 2013 y sus anexos 1, 1-A, 1-B y 3, los cuales basicamente hablan de como pagar las contribuciones de algunos impuestos y sus nuevos formatos. A continuacin se muestran los temas que trata esta resolucion pendiente de publicar en el Diario Oficial de la Federacion y el contenido de la misma:

  •  Requerimiento del importe garantizado por carta de crédito
  • Opción de pago en parcialidades del ISR anual de las personas físicas
  • Convenio para el pago de créditos adeudados
  • Forma oficial para realizar el pago en parcialidades o diferido
  • Formato de pago para afianzadoras
  • Formato de pago para afianzadoras

CUARTA RESOLUCION DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCION MISCELANEA FISCAL PARA 2013 Y SUS ANEXOS 1, 1-A, 1-B y 3

Con fundamento en los artículos 16 y 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 33, fracción I, inciso g) del Código Fiscal de la Federación, 14, fracción III de la Ley del Servicio de Administración Tributaria y 3, fracción XXII del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria se resuelve:

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Disminución de Pagos Provisionales de ISR a Personas Morales y Razones para su Autorización por el SAT

El artículo 15, fracción II de la LISR permite a los contribuyentes que estimen el coeficiente de utilidad que deben aplicar para determinar los pagos provisionales, superior al coeficiente del ejercicio al que correspondan tales pagos, a partir del segundo semestre del ejercicio (julio), solicitar autorización para disminuir el monto que les corresponda. En caso de haber cubierto una cantidad menor a la que les hubiera correspondido, se cubrirán “recargos” por la diferencia entre los pagos autorizados y los que les hubieran correspondido.

Asimismo, el artículo 12-B del Reglamento de la LISR (RISR) señala que la solicitud de autorización a la autoridad fiscal debe ser un mes antes de la fecha en la cual se deba efectuar el entero del pago provisional que se solicite disminuir. En ese sentido, las fechas mencionadas en el RISR serían las siguientes:

fechas disminucion ISR personas morales

RAZONES PARA PROMOVER LA AUTORIZACIÓN DE DISMINUCION DE COEFICIENTE DE PAGOS PROVISIONALES

Consideramos que entre las principales razones por las cuales los contribuyentes, personas morales, pueden verse en la necesidad de solicitar la autorización de solicitud de devolución, estarían las siguientes:

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ISR para 2014 Ley del Impuesto Sobre la Renta en la Reforma Hacendaria 2014

2014 ISREl Ejecutivo Federal presentó el pasado 8 de septiembre el paquete económico para 2014, el cual tiene como objetivos primarios: la simplificación del sistema tributario y fortalecer los ingresos públicos. Para ello se propone la aprobación de cuatro nuevas leyes, y la derogación de la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa
Única (IETU) y de la Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo (IDE). Se estima que la reforma fiscal incrementará la recaudación en 240 mil millones de pesos, con lo que se pretende hacer frente a los compromisos generados por la reforma social (pensión universal, seguro de desempleo y mayor y mejor educación). En este articulo les traemos lo que a Impuesto Sobre la Renta se refiere con el análisis del Instituto Mexicano de Contadores Públicos.

LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

Se abroga la ley anterior y se crea una nueva que entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2014. En términos generales se mantiene la misma estructura que la
anterior ley con un menor número de artículos, las modificaciones más importantes consisten en lo siguiente:

Personas morales

Ventas en parcialidades. Se propone eliminar para las personas morales la opción de tributar bajo este régimen.

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Expedir CFDI por Declaraciones Informativas y Constancias de Retencion de Impuestos – Reforma Fiscal 2014

El paquete económico del ejercicio fiscal 2014 que emitió el ejecutivo Federal y que hasta el momento es una propuesta de reforma fiscal para 2014, contempla la posibilidad de que los contribuyentes emitan Comprobantes Fiscales Digitales por Internet CFDI`s informando de las retenciones de impuestos que efectúen, esta es una buena noticia ya que con esto se evitaría presentar año con año la Declaración Informativa de Retención de impuestos en su anexo 2 o la obligación de entregar constancias de retención a las personas que le retuvieron ISR, IVA o IEPS.

Obligación del uso del comprobante fiscal digital por Internet CFDI

Acorde con la propuesta del uso de medios electrónicos, se plantea extender a todas las operaciones que realizan los contribuyentes el uso de los comprobantes fiscales digitales por Internet, a efecto de emplearlos también para las retenciones de contribuciones que efectúen, con el propósito de contar con toda la información a través de estos medios y estar en posibilidad de eliminar en breve tiempo la obligación de presentar declaraciones informativas de retenciones y de expedir constancias.

En línea con lo anterior y a fin de que el Servicio de Administración Tributaria tenga plena certeza de que los contribuyentes reciban comprobantes fiscales debidamente certificados por un proveedor autorizado de certificación de comprobantes fiscales digitales, se propone señalar en la fracción IV del artículo 29 del Código Fiscal de la Federación que el citado órgano desconcentrado podrá revocar la autorización a dichos proveedores, cuando incumplan con las obligaciones que asumen al recibir dicha autorización.

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Deducciones de Previsión Social y la Asimetria Fiscal que se busca evitar – Reforma Fiscal 2014

Se presento el paquete económico para el ejercicio fiscal 2014 en el cual se busca cambiar de manera radical algunas leyes y eliminar otras, aquí en su blog www.contadormx.com estaremos trayendo a ustedes los pormenores de esta reforma fiscal 2014 que por ahora es una propuesta y que para 2014 puede llegar a aplicarse. A continuación se transcribe en lo que a previsión social en la Ley del Impuesto Sobre la Renta, también explica el como se aplica la simetría fiscal en las deducciones.

Vales de despensa.

Los vales de despensa, en tanto que son una prestación de previsión social a favor de los trabajadores, constituyen un ahorro para quien los recibe, dado que el beneficiario no tendrá que utilizar la parte correspondiente de su salario para adquirir los bienes de consumo de que se trate, pudiendo destinarla a satisfacer otras necesidades o fines. De esta manera, los vales de despensa se emplearán en la adquisición de alimentos que aseguren una vida decorosa para el trabajador y su familia, produciendo con su otorgamiento una mejoría en su calidad de vida.

Así, la previsión social como gasto estrictamente indispensable de las empresas debe sujetarse a requisitos, modalidades y límites para su deducción, en términos de la Ley del ISR.

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Buscan Eliminar la Deducción Inmediata y proponen Deducción Lineal al 100% – Reforma Fiscal 2014

porcentaje de deduccion activos fijosEl Ejecutivo Federal propone una Iniciativa con diversas modificaciones a las disposiciones fiscales, resaltando en general la importancia de contar con un impuesto al ingreso más sencillo y con una base más amplia. Esto según lo publicado en el paquete económico para el ejercicio fiscal 2014, a continuación el ejecutivo explica el porque de la propuesta de eliminar la Deducción inmediata de los activos ahora permitidos y dejando que se deprecien al 100% aplicando tasa de descuento o porcentaje permitido como la mayoría de los activos fijos:

Eliminación de la Deducción inmediata

En la actualidad, las personas morales y las físicas con actividades empresariales y profesionales pueden deducir de manera inmediata la inversión de los bienes nuevos de activo fijo, en el ejercicio en el que efectúan dicha inversión, en el que se inicie su utilización o en el ejercicio siguiente, siempre que se trate de inversiones en bienes que se utilicen permanentemente en territorio nacional, pero fuera de las áreas metropolitanas del Distrito Federal, Guadalajara y Monterrey. Es decir, las empresas que invierten en activos productivos en el país pueden deducir en un sólo ejercicio el valor presente de la depreciación que se efectuaría durante la vida útil del activo adquirido, considerando una tasa de descuento para calcular dicho valor presente.

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Reforma Hacendaria para 2014 – Elimina IETU, IDE, Regímenes Fiscales y modificara IVA e ISR

 
El 8 de septiembre el Ejecutivo entregó al Honorable Congreso de la Unión el Paquete Económico para el 2014, la iniciativa de Reforma Hacendaria. La propuesta de Reforma Hacendaria también está orientada a mejorar la equidad del sistema tributario del país. Para ello, se acotan o eliminan tratamientos especiales, garantizando un trato equitativo a personas con capacidades contributivas similares, y se gravan los ingresos personales que se concentran en los sectores más favorecidos de la población.

La reforma propone la simplificación del Impuesto Sobre la Renta (ISR) empresarial a través de una nueva Ley que elimina o acota los tratamientos especiales o regímenes preferenciales actualmente existentes. Con ello, se amplía la base del impuesto y se garantiza una contribución justa de todos los sectores de la economía al financiamiento de los programas de gasto público. Entre los regímenes y tratamientos especiales que se acotan o eliminan con la nueva Ley destacan:

  • La eliminación del Régimen Consolidado
  • La deducción inmediata de la inversión
  • El Régimen Simplificado
  • El Régimen de Sociedades Cooperativas de Producción
  • El tratamiento de las ventas al plazos
  • La deducción de operaciones con partes relacionadas
  • La deducción del consumo en restaurantes
  • Entre otros

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Pago de lo Indebido – Contra que Impuestos se puede Compensar? ISR, IVA, IETU o IEPS

Es muy común que en los pagos de impuestos se llegue a generar diferencias en su calculo, esto quiere decir que existió algún error aritmético en la determinación del pago y la diferencia que exista entre lo que se pago y lo que se debió pagar se le llama “Pago de lo Indebido”. Personas físicas y Morales que pagaron cantidades indebidamente pueden solicitar la compensación contra otros impuestos que les resulte a pagar, ya sea ISR, IVA, IETU o algún otro impuesto que a continuación se enlista:

Impuestos contra los que se puede compensar:

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