El paquete económico del ejercicio fiscal 2014 que emitió el ejecutivo Federal y que hasta el momento es una propuesta de reforma fiscal para 2014, contempla la posibilidad de que los contribuyentes emitan Comprobantes Fiscales Digitales por Internet CFDI`s informando de las retenciones de impuestos que efectúen, esta es una buena noticia ya que con esto se evitaría presentar año con año la Declaración Informativa de Retención de impuestos en su anexo 2 o la obligación de entregar constancias de retención a las personas que le retuvieron ISR, IVA o IEPS.
Obligación del uso del comprobante fiscal digital por Internet CFDI
Acorde con la propuesta del uso de medios electrónicos, se plantea extender a todas las operaciones que realizan los contribuyentes el uso de los comprobantes fiscales digitales por Internet, a efecto de emplearlos también para las retenciones de contribuciones que efectúen, con el propósito de contar con toda la información a través de estos medios y estar en posibilidad de eliminar en breve tiempo la obligación de presentar declaraciones informativas de retenciones y de expedir constancias.
En línea con lo anterior y a fin de que el Servicio de Administración Tributaria tenga plena certeza de que los contribuyentes reciban comprobantes fiscales debidamente certificados por un proveedor autorizado de certificación de comprobantes fiscales digitales, se propone señalar en la fracción IV del artículo 29 del Código Fiscal de la Federación que el citado órgano desconcentrado podrá revocar la autorización a dichos proveedores, cuando incumplan con las obligaciones que asumen al recibir dicha autorización.
Asimismo, se aclara en dicho precepto que una vez que el comprobante sea sellado digitalmente por el Servicio de Administración Tributaria o por el proveedor de certificación de comprobantes fiscales digitales por Internet, deberá entregarse o ponerse a disposición de sus clientes el archivo electrónico del comprobante fiscal digital por Internet, y que su representación impresa solamente presume la existencia de dicho comprobante.
En ese mismo contexto, se propone que el contribuyente pueda verificar la existencia legal, y por ende la validez de los comprobantes fiscales que reciba o que emita, en un sistema electrónico dispuesto por el Servicio de Administración Tributaria en su página de Internet, sin costo alguno.
Es importante mencionar que actualmente en la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria ya se encuentra disponible para los contribuyentes la posibilidad de verificar la autenticidad de los comprobantes fiscales digitales por Internet que reciban. Basta para ello contar con los datos correspondientes al folio fiscal del comprobante fiscal respectivo y la clave del registro federal de contribuyentes del emisor y del receptor; datos que se encuentran disponibles inclusive en la representación impresa del comprobante fiscal digital por Internet de que se trate, con lo cual se otorga certeza a los contribuyentes tanto de la existencia de la operación efectuada, como de la validez del archivo electrónico en que se refleja la misma.
La iniciativa que se presenta propone también vincular las deducciones que pretendan realizar los contribuyentes con el imperativo legal de que los contribuyentes obligados expidan comprobantes fiscales digitales por Internet; por ello se propone la posibilidad de que quienes deduzcan o acrediten fiscalmente con base en los comprobantes fiscales digitales por Internet puedan comprobar los datos de su emisión y del sello digital.
Cabe hacer notar que durante 2012, las solicitudes de aprobación de folios de comprobantes fiscales con código de barras bidimensional se incrementaron 36%, mientras que los comprobantes fiscales digitales por Internet emitidos lo hicieron 276% en el mismo periodo, de acuerdo con información visible en el portal del Servicio de Administración Tributaria.
Lo anteriormente propuesto, además de ser consistente con la intención del legislador federal de modernizar los esquemas de comprobación fiscal, a fin de hacer frente a los retos que representa para nuestro país la creciente evasión y elusión fiscal, trae consigo múltiples beneficios tanto para los contribuyentes como para las autoridades fiscales. Los primeros reducirán cargas administrativas y costos de operación; simplificarán sus procesos contables y facilitarán la revisión y conciliación de sus gastos en el cálculo de las contribuciones. Por su parte, las autoridades fiscales contarán con dicha información sin que exista necesidad de que sea solicitada y proporcionada nuevamente, y la autoridad podrá contar con información fidedigna de las operaciones realizadas por los contribuyentes que serán objeto de una deducción.

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