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Dudas del Regimen de Incorporacion Fiscal del SAT – Facturacion Electronica y Contabilidad

 

A partir de 2014, todas las personas que tengan un pequeño negocio y que no estén dadas de alta en el SAT podrán incorporarse y, poco a poco, aprender a declarar sus impuestos. En el régimen de Incorporación Fiscal no pagarás todos tus impuestos hasta después de once años; puedes asegurar a tus empleados en el Seguro Social y también emitir facturas, lo que te permitirá vender más y a clientes más grandes.

Si en 2013 estabas en el régimen de Pequeños Contribuyentes, tu ingreso al régimen de Incorporación Fiscal fue automático; si estabas en el régimen Intermedio, tienes la opción de tener los beneficios de este nuevo régimen si tus ingresos son menores de 2 millones de pesos , mediante un trámite por internet durante el mes de enero de 2014.

A continuación les dejamos un video donde te explica el personal del SAT la opción de emitir tus Facturas Electrónicas desde su pagina e ingresar la información de tus ingresos y gastos para llevar tu Contabilidad en su portal.

 

Fuente: SAT

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Un comentario

  • Christian Romero dice:

    Buenas tardes una pregunta, los RIF presentan informativa de operaciones con terceros(DIOT) y si si cada cuando se presentaria. Saludos

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