Contabilidad Electrónica 2016 – Obligados y fechas Límite para su envió al SAT

 

contabilidad-electr-nica-2016Es hora de enviar la Contabilidad Electrónica al SAT, a partir de 2016 todas las Personas Físicas y Morales que hayan tenido ingresos menores a 4 millones en 2013, Contribuyentes que se inscriban al RFC durante el ejercicio 2014, 2015 y 2016 incluyendo a los Contribuyentes dedicados a las actividades agrícolas, silvícolas, ganaderas o de pesca.

Esto quiere decir que ya hay muchos más obligados que el año pasado (unos 4.2 millones aproximadamente).

Podríamos resumir que los Nuevos Obligados a partir de 2016 son los siguientes:

  • Personas morales y personas físicas con ingresos acumulables menores a cuatro millones de pesos en el ejercicio 2013
  • Personas morales y personas físicas del sector primario
  • Personas morales con fines no lucrativos
  • Personas morales y personas físicas inscritas en 2014, 2015 o 2016

Existen mas aspectos que como contribuyentes debes conocer tales como las fechas limites de entrega (sin prorroga), quienes no están obligados y las multas aplicables por el no envió de la información. Por eso los invito a leer este articulo donde trataremos estos temas que para muchos son nuevos y les serán de gran ayuda:

Fecha Limite del Envió de la Contabilidad Electrónica

Los nuevos obligados al envió de la Contabilidad Electrónica tendrán hasta el día 03 de marzo de 2016 las Personas Morales o el 5 de marzo de 2016 para las Personas Físicas para enviar los XMLs con la información del catálogo de cuentas y la balanza de comprobación.

 Meses subsecuentes al primer envió de la Contabilidad Electrónica

El catálogo de cuentas deberá enviarse por primera vez junto con la balanza de comprobación y cuando se modifiquen o adicionen  las cuentas de mayor o las subcuentas que fueron reportadas.

Tratándose de personas morales y personas físicas el envió de la balanza de comprobación será  dentro los primeros 3 o 5 días hábiles respectivamente, al segundo mes posterior al que corresponde la información y así sucesivamente.

Los contribuyentes que coticen en Bolsa enviarán sus archivos mensuales dentro los primeros 3 días hábiles, al segundo mes posterior al trimestre que corresponda.

Las personas morales y las personas físicas del Sector Primario que optaron por presentar sus declaraciones semestralmente, podrán enviar sus archivos mensuales dentro de los primeros 3 y 5 días hábiles respectivamente al segundo mes posterior al semestre que corresponda.

Quienes no están Obligados

Solo algunos contribuyentes no están obligados, los cuales se enlistan a continuación:

  • Los trabajadores asalariados
  • Personas físicas que laboran por honorarios
  • Quienes registran sus operaciones en «Mis Cuentas» del SAT.

Multa por No enviar la Contabilidad Electrónica en 2016

Para el ejercicio 2016 fue adicionada la fracción XLI al Artículo 81 del CFF en la cual menciona la multa por no enviar  la información contable (contabilidad electrónica) a través de la página de Internet del SAT estando obligado a ello, ingresarla fuera de los plazos establecidos o no ingresarla de acuerdo a las Reglas de Carácter General emitidas por el SAT, así como ingresarla con alteraciones que impidan su lectura.

Dicha infracción será sujeta de una multa de $ 5,000 a  $ 15,000.00

Prepara tu Sistema Contable desde hoy!

Si estas obligado a llevar contabilidad electrónica, debes de encontrar un sistema contable que genere y envié dicha información en forma mensual o bien.

Esto con el fin de que el contribuyente tenga al día su contabilidad de enero 2016 cuanto antes y cumplir con el envió en tiempo y forma de la información al SAT, por lo que les recomiendo implementar un Sistema de Contabilidad Electrónica que cumpla con los requisitos del SAT.

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30 comentarios en «Contabilidad Electrónica 2016 – Obligados y fechas Límite para su envió al SAT»

  1. Buen día, tengo ingresos por sueldos y salarios, honorarios médicos y honorarios por servicios profesionales (soy profesor de una universidad y me pagan por honorarios), con esto, estoy obligado a la entrega de la contabilidad electrónica?

    Mi alta de honorarios fue en octubre de 2014, no revaso los 300,000 por honorarios

    Gracias

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  2. Yo tengo ingresos por sueldos y salarios y honorarios profesionales, mi alta es en enero de este año como persona fisica con actividad por servicios profesionales, estoy obligada al envío de esta información?

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  3. hola buenas tardes, tengo un clinete del sector primario se dedica a criar cerdos y luego los vende , susn ingresos aproximadamente promedi son de de unos $150,000.00, tengo la oblifacion de presentar la contabilidad aelectronica

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  4. hola, buena tarde, me parece que eso de que NO ESTAN OBLIGADOS A ENVIAR CONTABILIDAD ELECTRONICA las personas físicas q laboran por honorarios esta mal,en 2016 ya deben enviarla también o utilizar el sistea mis cuentas

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  5. Me parece un excelente medio para estar actualizado, de una forma clara, y oportuna.
    Les doy las gracias por todos sus artículos referente a la Contaduría.
    Debo comentarles que soy especialista en todos los temas de las ONGS, si en algo puedo contribuir mas adelante con ustedes respecto de lo antes comentado estoy a sus ordenes.
    Lo anterior sin ningún compromiso y de forma voluntaria.

    Atentamente: C.P. Galdino Soriano L.

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    • Buenas noches C.P. Galdino Soriano,

      tengo un cliente que constituyo una OSC en abril 2015, cuando la constituyo en el SAT lo consideraron como persona moral del régimen general, sin embargo, deberia ser del título iii (con fines no lucrativos), se hizo el cambio de régimen el 1 de julio de 2015 (desde su constitución al 1 de julio no hubo movimientos), pero fue imposible eliminar la siguiente obligación: Pago provisional trimestral de ISR de personas morales por inicio de segundo ejercicio.
      escribi al chat y me dijeron que debia presentarla, pero cuando entro al portal no me aparece esa obligación, entonces no se como presentarla, usted sabe algo al respecto?
      otra inquietud que tengo es que tambien me dieron de alta la obligación de IVA, la cual no puedo eliminar porque la autoridad considera que presto servicios (no es así), asi que presento mis declaraciones en cero, pero mi inquietud es la siguiente: para desarrollar el proyecto, contratamos investigadores, la mayoria de ellos del extranjero (trabajan en sus paises de residencia), como su fuente de riqueza no esta en México, no aplico retención alguna, lo que hice fue solicitar una factura (de acuerdo a las leyes de su país) y les pedi que agregaran ciertos requisitos como unidad de medida, cantidad, etc (requisistos mexicanos), esto que hago es correcto? pregunto porque como es obvio no tengo CFDI XML, y tampoco puedo presentar la informativa de retenciones al extranjero porque no existen tales retenciones, entonces quisiera estar segura que si la autoridad me llega a requerir, no haya n¿ingun problema con la información como la estoy manejando. en cuanto al IVA, pues manejo IVA dedcible (en gastos), pero deberia considerar IVA en las facturas de extranjeros?
      espero no aturdirlo y haberme explicado bien. agradeceré infinitamente su opinión al respecto, considerando que es experto en ONG.
      mil gracias de antemano

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    • COMO A.C. SIN FIN DE LUCRO NO DONATARIA, TENGO LA OBLIGACION DE
      PRESENTAR LA CONTABILIDAD ELECTRONICA, EXISTE ALGUNA PRORROGA

      ESPERO NOS PUEDAN AYUDAR.

      SALUDOS Y BENDICIONES.

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  6. Su información contiene datos muy interesantes, sin embargo, hay detalles que creo que mejorarían la información. Po ejemplo: en este artículo se dice que no están obligados a llevar contabilidad las personas físicas que trabajen por honorarios, asalariados y quienes registren sus operaciones en «Mis cuentas», pero no se comenta el marco fiscal que los exime, sería importante tener el dato más claro.
    No les parece?
    Atentamente,
    C.P. Alberto López Sánchez

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  7. A través de la cuenta que tengo, Contabilidad Electrónica Pro (persona Moral) tengo entendido puedo generar el Catalogo de cuentas y la balanza de comprobación….. me pueden indicar los pasos a seguir? ..muchas gracias.

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  8. Hola q buen articulo, me encanto, espero me pueda ayudar con 2 preguntas, soy contador, pero estoy en área administrativa, y le ayudo a mi hermano y mi tio a hacer sus declaraciones, nada problematico ya que son pequeños.

    uno es PF por honorarios esta obligado a llevar contabilidad electronica o aunque sea mis cuentas?
    el otro es una PF con actividades empresariales el si esta obligado, puedo hacerlo a traves de mis cuentas y cuando tengo q llenar eso, o es día a día?

    Mucho le agradecería su apoyo

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  9. Buena aportacion sin tanto rollo. Bien por quien se toma el tiempo para hacer estos tipos de post.
    Los felicito por esta buena accion.

    Salaudos

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  10. Muy buena noche.

    Espero que me puedan ayudar.

    Llevo la contabilidad general de una empresa dedicada a reparación de trasporte (PERSONA MORAL).

    Para el 2013 sus ingresos fueron menores a 4 millones de pesos, mi duda es que si estoy obligado a presentar la dichosa contabilidad electronica….?

    Ya que sus ingreses fueron menores a 4 millones.

    Espero me puedan ayudar y si es así como me puedo amparar para tener un poco mas de plazo y en que articulos me puedo basar.

    Gracias.

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  11. Tengo una duda tengo que tener cargados los xmls de mis facturas de gastos e ingresos para enviar mi contabilidad electronica o la puedo mandar sin haber cargado mia xmls

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  12. CONTADOR BUENOS DIAS:
    NO SE SI ME PUEDA AYUDAR CON ESTA DUDAS , 1era una persona física que inicio act 2001, y sus ingresos no rebasan los $500.000.00 al año y no pudo ingresar al rif porque tenia la obligación de dividendos cosa que nunca obtuvo ningun centavo ,, esta obligado al envio de la contabilidad electrónica 2a. persona física honorarios que de la misma inicio actividades en el 1990 y sus ingresos no llegan ni a $ 200,000.00 pesos al año, esta obligado al envio de la contabilidad,

    agradezco mucho su atención gracias…

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  13. Buen dia, sigo con la duda de si debo presentar contabilidad electronica o no, en esta pagina me dicen que puedo hacer el escrito de optar por «mis cuentas», pero en el chat del sat me dijeron que si rebase 2 millones si debo enviarla. Soy PF con activ empresarial y profesional, necesito me ayuden y me aclaren, si hay alguna fundamentacion para esta «facilidad». gracias

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  14. Buen día; gracias por compartir esta información, quisiera pedirles que por favor publiquen información sobre la instituciones sin fines de lucro,

    Gracias.

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  15. Excelente aportación, la cual contribuye para que todo aquel contribuyente, esté bien informado y cumpla eficientemente en tiempo y forma con sus obligaciones fiscales.

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  16. Tengo una duda, en el régimen de incorporación fiscal mencionan 2 millones de pesos pero no tengo claro si son ya contando el Iva o son más Iva, ya que nadie lo especifica.

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  17. Respecto a quienes estan obligados, se me hace dificil entender la situacion de persona fisica con actividad arrendamiento, que opto por la deduccion ciega, conforme a ISR no esta obligada a llevar contabilidad, pero…. Conforme a la ley de IVA si esta obligado a llevar contabilidad….. Entonces que es lo que se debe hacer??? Enviarla o no enviarla???

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