Puntos importantes en la elaboración de la Contabilidad y su versión electrónica

Envio de la contabilidad electronica obligados



Son varios aspectos que los contribuyentes tienen que considerar tanto para la elaboración correcta de la contabilidad y el envió de la contabilidad electrónica al SAT. Es este articulo se explicarán los puntos mas importantes en lo que a la elaboración de la Contabilidad y su envío al SAT se refiere:

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Lluvia de Dudas de la Contabilidad Electrónica respondidas por los Asesores del SAT


preguntas frecuentes SATTodo lo relacionado con el ámbito fiscal en ContadorMx le damos su debido seguimiento y en esta ocasión nos dimos a la tarea de asistir al foro en línea de contabilidad electrónica que promovió el SAT desde su página de internet.

Aun existen muchas dudas que no se pueden resolver solo con las nuevas disposiciones legislativas

A continuación les dejo algunas de las preguntas y respuestas que se hicieron a la autoridad y al final encontraran el documento con la mayoría de las preguntas que se realizaron a los asesores del SAT.

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Contabilidad Electrónica 2016 – Obligados y fechas Límite para su envió al SAT

contabilidad electr nica 2016

contabilidad-electr-nica-2016Es hora de enviar la Contabilidad Electrónica al SAT, a partir de 2016 todas las Personas Físicas y Morales que hayan tenido ingresos menores a 4 millones en 2013, Contribuyentes que se inscriban al RFC durante el ejercicio 2014, 2015 y 2016 incluyendo a los Contribuyentes dedicados a las actividades agrícolas, silvícolas, ganaderas o de pesca.

Esto quiere decir que ya hay muchos más obligados que el año pasado (unos 4.2 millones aproximadamente).

Podríamos resumir que los Nuevos Obligados a partir de 2016 son los siguientes:

  • Personas morales y personas físicas con ingresos acumulables menores a cuatro millones de pesos en el ejercicio 2013
  • Personas morales y personas físicas del sector primario
  • Personas morales con fines no lucrativos
  • Personas morales y personas físicas inscritas en 2014, 2015 o 2016

Existen mas aspectos que como contribuyentes debes conocer tales como las fechas limites de entrega (sin prorroga), quienes no están obligados y las multas aplicables por el no envió de la información. Por eso los invito a leer este articulo donde trataremos estos temas que para muchos son nuevos y les serán de gran ayuda:

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4 Contribuyentes que se Salvan de enviar la Contabilidad Electronica


Esta a punto de empezar la Contabilidad Electrónica para las Personas Físicas en 2016 y NO habrá prórroga. Según el SAT la obligación será gradual para los diferentes tipos de contribuyentes que tienen que enviar la información de su contabilidad a través de la página del SAT.

Se prevé que sean casi 5 millones de contribuyentes que tendrán que cumplir con esta obligación el próximo año.

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Contabilidad Electronica – Como Cumplir con la Obligacion de presentarla ante el SAT

Autor: C.P. Jorge Alejandro Montes Sánchez

A continuación les dejamos algunos de los aspectos relevantes de la contabilidad electrónica y la obligación de proporcionarla al Servicio de Administración Tributaria a través de su página de internet.

En aras de obtener de una forma más expedita la información contable de los contribuyentes para revisar principalmente el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y consecuentemente, tener elementos necesarios para incrementar la eficiencia de la recaudación, en los últimos años se han establecido en las disposiciones fiscales diversas obligaciones que facilitarán a las Autoridades el logro de tales objetivos.

En efecto, es suficiente hacer un recuento de algunas de las reformas en la legislación fiscal para confirmar lo anterior; dichas modificaciones obligan a los contribuyentes, en términos generales, a lo siguiente:

  • a) Elaborar comprobantes fiscales digitales.
  • b) Utilizar internet para el envío, autorización y verificación de autenticidad de los citados comprobantes.
  • c) Mantener un medio de comunicación por internet con el Servicio de Administración Tributaria, a través del llamado Buzón Tributario.
  • d) Realizar los registros contables a través de medios electrónicos.
  • e) Proporcionar mensualmente la información contable a través de la página de internet del Servicio de Administración Tributaria.
  • f) Sujetarse a las revisiones electrónicas que podrá efectuar la Autoridad Fiscal considerando cualquier información que obre en su poder.

Bajo ese orden de ideas, a continuación comentaremos algunos de los aspectos más relevantes de la obligación de realizar los registros contables a través de medios electrónicos y de proporcionar mensualmente la información contable a través de la página de internet de la Autoridad Fiscal, señaladas en los incisos d) y e) anteriores.

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