El comprar un software contable puede ser considerablemente caro y difícil de utilizar si eres una pequeña o mediana empresa. Por eso muchos Contadores y Contribuyentes prefieren llevar sus registros contables en Excel sobre todos los que tienen una contabilidad simplificada.
Las plantillas contables en Excel son tan fáciles de operar, que cualquier persona puede utilizarlas aunque no tenga conocimientos de contabilidad, pues con sólo ingresar los datos y montos de las facturas de compras y ventas,la plantilla realiza en forma inmediata todas las operaciones en los libros contables.
De la Contabilidad Electrónica aun se tienen muchas dudas respecto a como, cuando y donde presentarla. Recordando que el SAT otorgo una prorroga para su presentación hasta 2015 consideramos que van a seguir cambiando las reglas para su presentación durante ese tiempo.
En el RCFF y en la RMISC se establecieron algunos requisitos relativos a la forma en que debían efectuarse los asientos contables, los cuales eran prácticamente imposibles de cumplir.
Afortunadamente, parte de las preocupaciones externadas por los contribuyentes fueron atendidas por el SAT e incorporadas en el Anteproyecto de la Tercera Modificación a la RMISC, en los siguientes términos:
El SAT ha presentado modificaciones a la obligación del envió de la Contabilidad Electrónica y entre ellas esta la limitante que le ponen a las Personas Físicas con Actividad Empresarial de NO llevar su Contabilidad Electrónica solo si que utilicen el sistema del SAT “Mis Cuentas” y que no hayan rebasado los 2 millones de pesos de ingresos o a las que sean del Nuevo Régimen de Incorporación Fiscal.
A partir del 1 de julio de 2014 están obligados a llevar contabilidad electrónica las personas físicas con actividad empresarial.
Sólo quedan exentas de la obligación las personas físicas con actividad empresarialcuyos ingresos en el ejercicio anterior no hayan excedido de dos millones de pesos y utilicen Mis cuentas, o se encuentren en el Régimen de Incorporación Fiscal.
De acuerdo al proyecto de la modificación de la regla i.2.8.6 en el párrafo segundo donde menciona que la balanza de comprobación deberá ser emitida por un marco contable. Pues resulta ser que debe de estar avalado o en otras palabras certificado por un contador público certificado ya que es la forma que los organismos profesionales competentes lo acreditan (Colegios de contadores).
A continuación les dejamos la regla que se modifica en la Resolución Miscelánea Fiscal referente a la Contabilidad Electrónica
Si eres el Contador de tu empresa vas a necesitar una guía referente a como presentar la información ante el SAT de la Contabilidad Electrónica la cual es obligatoria para las Personas Morales a partir de Julio de 2014.
Para eso el SAT compilo los cuestionamientos que se tienen referente a esta nueva obligación.
Preguntas y Respuestas de la Contabilidad Electrónica para el SAT
1.¿Es necesario llevar una contabilidad diferente a la financiera? No, la contabilidad es única y es la que se lleva actualmente en las empresas bajo las normas de información financiera que hayan adoptado (NIF, IFRS, US GAAP, etc.).
2. ¿Se considera que el activo, pasivo y capital son cuentas de mayor? No, estos son solamente rubros de los estados financieros que agrupan distintas cuentas de mayor. Con fundamento en la NIC 1 (Normas Internacionales de Contabilidad) presentación de estados financieros.
Para la generación de la Contabilidad Electrónica se espera que los desarrolladores (Aspel, Contpaq, SAP, entre otros) incluyan en sus soluciones, la manera de ligar las cuentas contables con el sistema de agrupación que está pidiendo el SAT. Los medios electrónicos en las que se lleve la contabilidad deberá tener la capacidad para generar dichos XML con las características previstas en el Código Fiscal de la Federación, su Reglamento y las reglas de carácter general dadas a conocer por el SAT.
Esta disposición aplica tanto para Personas Morales y para Personas Físicas, aunque estas ultimas pueden no presentar su contabilidad electrónica si utilizan la Herramienta Mis Cuentas en la pagina del SAT. Por ahora son las Personas Físicas con Actividad Empresarial , Profesional y Arrendadores.
Requisitos de los Programas que generen el XML de la Contabilidad Electrónica
El Código Fiscal de la Federación señal que los registros y asientos contables deberán cumplir con los requisitos que establezca el Reglamento del Código Fiscal y las reglas de carácter general que emita el SAT, además de que se deberá llevar a través de medios electrónicos.
A partir de la publicación en el DOF del Anexo 24 los contribuyentes están obligados a llevar una Contabilidad Electrónica, la cual servirá para realizar el envío electrónico mensual de la “Balanza de Comprobación” con los saldos iniciales, los movimientos del periodo y los saldos finales de todas las cuentas que contenga su catálogo; y que empezando por el mes de julio del presente año, los contribuyentes tendrán que llevar dicha Balanza en medios electrónicos; si bien, la regla otorga un esquema transitorio para que la balanza de julio no sea enviada sino hasta el mes de octubre, la de agosto, en noviembre, la de septiembre y octubre, en diciembre y la de noviembre y diciembre, en enero de 2015. A partir del próximo año, los contribuyentes enviarán mensualmente la balanza del mes anterior, a más tardar el día 25 del mes siguiente.
Los contribuyentes tendrán que llevar en medio electrónico, es decir, las Pólizas o registros analíticos de las diferentes operaciones que realicen en su actividad comercial, éstas sólo se enviarán vía buzón tributario a requerimiento expreso del SAT, pero sólo cuando éste revise, en una auditoría, la situación fiscal del contribuyente. Además será a partir del 1 de enero del próximo 2015, cuando habrá la obligación de llevar estas pólizas de manera electrónica, por lo que sólo en las revisiones fiscales que las autoridades lleguen a efectuar por el ejercicio o meses de 2015, será cuando puedan requerir las pólizas contables en medios electrónicos.
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, publicó el día de hoy en el Diario Oficial de la Federación su anexo 24 que contiene, entre otras disposiciones, reglas sobre el cumplimiento de la disposición de entregar contabilidad en medios electrónicos. Este anexo se destaca porque contiene información de como se debe generar el XML para entregar la contabilidad electrónica que los contribuyentes deben entregar a partir de este año a la autoridad fiscal.