Etapas de una Obra o Construccion ante el IMSS – Registro Patronal con SATIC

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Cuando realices una obra donde tengas a tu cargo trabajadores de la construcción debes de considerar que una de las obligaciones patronales es la de registrar ante el IMSS el tipo de obra, su ubicación y trabajos a realizar, dentro de los 5 días hábiles siguientes a la fecha de inicio de los trabajos.

Antes de pasar a como dar realizar el aviso de registro de obra les comento que se debe de contar con un registro patronal del IMSS, si aún no lo tienes, tramítalo.

El Aviso de Obra se envía a través de la herramienta del IMSS Desde Su Empresa o IDSE

Quien esta obligado al Aviso de Obra (SATIC)

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Nuevos Formatos del SATIC – Dictamen del IMSS para la Industria de la Cosntruccion

9786074404869

Autor: LCP y MSS Miguel Ruiz Guzmán

El pasado 4 de noviembre de 2013 fue publicado el acuerdo ACDO. SA2. HCT. 250913/292. P. DIR, del consejo técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS); en donde se aprueban los formatos de cedulas del dictamen para los patrones de la industria de la construcción, mismos que analizaremos en el presente artículo.

ANÁLISIS DE LOS NUEVOS FORMATOS:

La primera cedula corresponde a las obras ejecutadas en el ejercicio, denominada: “Cédula descriptiva y analítica de la ubicación de las obras ejecutadas y del total de pagos por remuneraciones a trabajadores por cada una de las obras ejecutadas en el ejercicio o periodo dictaminado”, misma que contempla como requisitos de llenado los siguientes:

– Nombre, denominación o razón social.
– Registro patronal del domicilio fiscal o registro patronal único.
– Ejercicio o periodo dictaminado.
– Registro patronal (al que pertenece la obra).
– Número de aviso de registró (SATIC 1 o 2) según corresponda.
– Tipo de obra o fase de construcción.
– Ubicación de la obra.
– Periodo de ejecución.
– Incidencia de obra. (Situación al 31 de diciembre; en proceso, cierre, cancelada, etc.)
– Número de trabajadores.
– Total de Remuneraciones.
– Suma de Remuneraciones.
– Nombre, firma y número del CPA.

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Cuales son las obligaciones de las Constructoras? Pago de Cuotas IMSS, Nominas y Listas de Raya

9786074404869C.P.C. Crispín García Viveros
Socio Director de HLB García Viveros y Asociados, S.C.
crispingarcia@hlbags.com.mx

De acuerdo con la experiencia profesional de quien suscribe este artículo, resulta importante repasar el concepto de obligaciones referido a una de las actividades empresariales más relevantes, para la autoridad que tiene a su cargo vigilar su cumplimiento, en este caso el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), el cual le da un tratamiento que se diferencia del resto de los patrones, según lo previsto en la Ley del Seguro Social (LSS)

Obligaciones generales del patrón de la industria de la construcción

Según esa Ley y sus reglamentos, son diversas las obligaciones, pero a mi juicio las que deben atenderse por su vinculación con la obligación que deriva de nuestra norma fundamental que es la de “contribuir”, corresponden a las primeras seis fracciones del Art. 15 de la LSS, de las cuales comentaré las que tienen un efecto específico para los patrones indicados.

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Determinacion de Cuotas Omitidas en Construcciones por el IMSS es legal?


El Calculo presuntivo por parte del Instituto Mexicano del Seguro Social de la liquidación de un registro patronal para los Trabajadores de la Construcción por Obra o Tiempo Determinado de las cuotas que debió haber pagado el patrón en base a los elementos que ellos tengan es valido y lo único que el patrón puede hacer es comprobar con la documentación que se les solicita para ayudar a que este calculo sea lo mas correcto posible.industria construccion imss thumb

La Ley del Seguro Social vigente, prevé todos los elementos esenciales de las aportaciones de seguridad social, como son: el sujeto obligado (patrones), y el sujeto de aseguramiento (trabajadores asalariados); el objeto (el aseguramiento de los trabajadores en el régimen obligatorio del seguro social); la base (el salario percibido por los trabajadores por su trabajo); la tasa o tarifa (los porcentajes que para cada ramo de aseguramiento se aplican a la base); y la época de pago (a más tardar el día 17 del mes inmediato siguiente al en que se causaron las cuotas relativas).

De esta manera, el artículo 18 del Reglamento del Seguro Social Obligatorio para los Trabajadores de la Construcción por Obra o Tiempo Determinado, en la parte que dispone que el Instituto Mexicano del Seguro Social fijará en cantidad líquida los créditos cuyo pago se haya omitido, con:

«datos con los que cuente y los que de acuerdo con sus experiencias considere como probables»

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