Si vas a aplicar la Condonación de tus créditos con el SAT aprovechando el programa “Ponte al Corriente” es necesario que este bien informado al respecto de los derechos y obligaciones que contraes al aplicar este beneficio, para esto la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente plantea las siguientes preguntas y les de respuesta basándose en su investigación sobre el tema.
PREGUNTAS Y RESPUESTAS RELEVANTES DE LA PRIMERA REUNIÓN PERIÓDICA 2013
PROGRAMA DE REGULARIZACIÓN DE ADEUDOS FISCALES 2013 “PONTE AL CORRIENTE”
1. Si el contribuyente se adhiere al programa de condonación ¿se le libera del ejercicio de las facultades de comprobación de las autoridades fiscales? El programa no releva ni suspende las facultades de la autoridad, es un programa de condonación y la autoridad se reserva el ejercicio de las facultades. Las normas fiscales que establecen la condonación son independientes de las demás disposiciones fiscales que le otorgan a las autoridades el derecho de ejercer sus facultades de comprobación; por ende, no tiene otro efecto más que otorgar una amnistía fiscal. En consecuencia, si derivado del cruce de información o de algunos otros métodos el contribuyente es candidato a una revisión, se le podrá revisar su información y documentación.
Nuestra labor es compartir experiencia en el ámbito contable, fiscal y de seguridad social, con el fin de promover la Cultura Contable en México.
Esperamos les sea de utilidad la información aquí publicada.