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La diputada Minerva Castillo Rodríguez (PRI) propone que las propinas que reciben trabajadores de hoteles, casas de asistencia, restaurantes, bares o fondas no puedan ser consideradas parte del salario base de cotización. Afirma que el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) considera que las propinas que se pagan con tarjeta de crédito o de débito, que el patrón entrega a los trabajadores, deben integrarse también al salario base de cotización, ya que existe base para su determinación.

“En las revisiones que periódicamente efectúa el IMSS a los establecimientos en los que existen trabajadores que reciben propinas, se pretende integrar al salario base de cotización un importe derivado del promedio de propinas que reciben los trabajadores”, asegura.

Para evitar esa práctica, la diputada presentó esta semana una iniciativa que adiciona un tercer párrafo al artículo 110 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR); una fracción X al artículo 27 de la Ley del Seguro Social; y un tercer párrafo al artículo 346 de la Ley Federal del Trabajo.

Sostiene que las propinas de los trabajadores se las entregan los clientes, no el patrón, por lo que no pueden considerarse como una retribución que el dueño del establecimiento les otorga como contraprestación directa por su trabajo, ni ser base para la cotización.

Minerva Castillo Rodríguez propone establecer en la Ley del ISR que las propinas que reciben los trabajadores que prestan sus servicios en hoteles, casas de asistencia, restaurantes, bares, fondas o cafés y otros establecimientos análogos no se consideran ingresos por la prestación de un servicio personal subordinado.

Asimismo, definir en la Ley del Seguro Social que se excluyen como integrantes del salario base de cotización las propinas que el trabajador reciba de parte de un tercero que no sea su patrón y que eventualmente les sean entregadas a manera de gratificación en efectivo como agradecimiento por la prestación de un servicio.

Finalmente, plantea integrar a la Ley Federal del Trabajo que las propinas no serán consideradas como ingresos derivados de la prestación de un servicio personal subordinado ni serán consideradas parte del salario base de cotización.

La iniciativa fue turnada para su dictaminación a comisiones unidas de Hacienda y Crédito Pública y de Trabajo y Previsión Social.

Fuente: Cámara de Diputados

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