Si tienes duda sobre el uso de las formas de pago que deben incluirse en el CFDI de Nóminas, te invito a leer el siguiente articulo el cual está basado en un consulta al SAT por parte de los Síndicos del IMCP.
Si emites CFDI de Nómina debes de saber que la forma de pago es un requisito para la emisión de dicho recibo al trabajador, ya que esta disposición se aplica de manera genérica para todos los comprobantes fiscales según la regla 2.7.1.32 que nos dice que los contribuyentes deberán poner en el CFDI la clave correspondiente a la forma de pago de conformidad con el catalogo publicado en la página del SAT.
Catálogo de Metodos de Pago (incluye Nóminas)
El pasado 3 de junio de 2016 el SAT publico el Catalogo de Metodos de Pago que se deben de incluir en la generación de los Comprobantes Fiscales Digitales:
Considerando esto los patrones deben de poner en el CFDI de Nóminas la clave del métodos de pago que se trate.
Diferentes métodos de pago de la Nómina
Existe la duda de los patrones de que poner en dado caso de que se le pague al empleado vía transferencia electrónica (03) o emisión de cheque (02), pero aparte se le entrega al trabajador algunas de las siguientes percepciones:
- Vales de Despensa
- Ayudas para gastos de funeral
- Becas educacionales
Como deben de plasmar en el CFDI el pago por los conceptos diferentes a los ya mencionados (03,02).
Que Clave poner en los CFDI de Nómina?
Debido a esa incertidumbre los Síndicos del SAT le plantearon esta duda al SAT y esta fue su respuesta:
SAT (07/07/2016) Las Claves del “Catalogo de Formas de Pago” aplica de manera genérica para los CFDI, con independencia de que se traten de los de nómina o ingreso, toda vez que la finalidad que tiene es identificar la forma con los medios con los cuales se están pagando las operaciones (adquisiciones de bienes y servicios) o los pagos de remuneraciones a los trabajadores.
En ese sentido, en los CFDI de nómina podrán plasmarse las diversas formas de pago que el patrón realiza a los trabajadores, es decir, se deberá anotar las claves que correspondan, por ejemplo a transferencia electrónica, cheque, vales de despensa, monederos electrónicos, etc, mismas que deberán ser consignadas en el CFDI de manera descendente considerando como primera, la que haya sido de un monto mayor.
Lo anterior con independencia de que en el complemento del CFDI nómina se encuentren los atributos “TipoPercepción” y TipoDeducción” con sus respectivas claves y descripción.
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Algunos Pac de sistemas de nómina señaln que si se le pag a trabajador haciendo una dispresión a su cuenta de nómina, el método de pago sería Tarjeta de Débito, mientras que to considero que sería una transferencia; en consulta con el SAT comentan que la dispersión peude manejarse como “otros” entonces, cuál sugieren que sería lo más correcto?
gracias por sus comentarios.
Aún no han actualizado la información de la fuente en el caso del análisis acerca de la 3a RMF que lleva como FUENTE: DOF 14-06-2016
Muchas gracias por tan valiosa informacion
Estimados si la empresa paga vía dispersión el método sería otros? Ya que en mi opinión no es lo mismo que transferencia, como ven?
EXELENTE INFORMACION FISCAL ACTUALIZADA SOBRE EL METODO DE PAGO DE LOS CFDI, EN NOMINAS SALUDOS
CUANDO EN CFDI TE LO PAGAN EN EFCTIVO , TARJETA Y CHQUE QUE SE LE PONE AL METODO DE PAGO
Buen día
se puede pagar a un trabajador en efectivo, a partir del cambio de version 1.2 que se aplicara en abril