Evita que el SAT rechace tu Devolución Automática de ISR en la Declaración Anual


Muchas personas tal vez al día de hoy aprovecharon la prórroga y aún no presentan su declaración anual del ejercicio 2017, no obstante, las que ya lo presentaron se están enfrentando a la no devolución inmediata de su saldo a favor, cuál ha sido de los errores más comunes en la misma.

Los problemas más frecuentes en la no devolución de ISR a favor de PF. Toma nota para que no te vuelva a pasar

La persona que expide el comprobante no necesariamente debe tener conocimiento y dominio de los diferentes usos del CFDI, es por ello que será responsabilidad del contribuyente que al momento de solicitar el comprobante respectivo le indiquen a su contraparte que debe anotar la clave correspondiente; para que en un futuro no tengan ningún inconveniente cuando presente sus siguientes declaraciones.

Si bien en la guía de llenado del CFDI en las preguntas y respuestas indica que cuando se le dé un efecto diferente al precisado en el comprobante no será motivo de cancelación o sustitución, por tanto no afecta la deducción o el acreditamiento  de impuestos.

Sin embargo, qué pasa para las deducciones personales en personas físicas que presenten su declaración anual y obtengan saldo a favor es altamente recomendable fijarse en el uso del CFDI que le incorporan los que lo expiden, y de esta manera es prácticamente seguro que evitarás que en el siguiente ejercicio tengas objeciones por parte de la autoridad.

Es por ello, que al momento de solicitar tu factura (CFDI) solicita a quien la expida utilice la clave:

D01 “Honorarios médicos, dentales y gastos hospitalarios”

Este concepto será aplicable para todas aquellas erogaciones concernientes a gastos relacionados con la atención de tu salud, de tus familiares en línea recta (ascendente y descendentes con sus respectivas limitaciones), en la cual actualmente ya se incluye el nutriólogo y el psicólogo, así como los medicamentos, siempre y cuando sean suministrados durante la atención hospitalaria. No serán deducibles las compras de medicinas en farmacias. De igual forma tratándose de análisis clínicos se debe solicitar que se anote esta misma clave.

Respecto a la compra de lentes, podemos considerar que deberá usarse la clave:

D02 “Gastos médicos por incapacidad o discapacidad”

Toda vez que de acuerdo al segundo párrafo del artículo 264 del RLISR prevé como un gasto médico equiparable los lentes ópticos graduados para corregir defectos visuales hasta por un monto de 2,500.00 pesos, bajo este concepto, debe colocarse la clave antes citada.

Es importante recordar que hasta ahora el SAT no ha permitido deducir los pagos en efectivo, aunque estos sean menores a 2,000 pesos.

Debes tomar en consideración que recientemente la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló que la deducción de impuestos de los gastos médicos sólo puede realizarse cuando el pago se efectúe con cheque, transferencia electrónica o con tarjeta de crédito, débito o de servicios, y que los pagos en efectivo no pueden ser deducidos.

Con esto se busca evitar actos de evasión y elusión fiscal, así como facilitar el ejercicio de las facultades de comprobación que, eventualmente, puede realizar la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a los contribuyentes. Esto obliga a médicos y dentistas particulares a contar con terminales bancarias para cobrar a los clientes que busquen deducir impuestos por esta clase de erogaciones.

Así que ya lo sabes, si quieres evitarte problemas a futuro, toma en consideración, lo antes expuesto.

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