Desafortunadamente la presentación ante esta nueva aplicación del Infonavit el Sistema de Información de Subcontratación SIBUB nos costó trabajo, en la declaración del segundo cuatrimestre (mayo-agosto 2021) surgieron diversos inconvenientes en la presentación, el INFONAVIT publicó el día 17 de septiembre en su portal las preguntas frecuentes del SISUB en el cual se contradice en algunos campos respecto al instructivo, a continuación veamos algunos casos.
Instructivo de llenado de los Archivos XLS del Sistema de Información de Subcontratación SISUB original.
4. Recomendaciones para el llenado de los archivos |
Instructivo de llenado de los Archivos XLS del Sistema de Información de Subcontratación SISUB vigente al día 21/09/2021
4. Recomendaciones para el llenado de los archivos |
Preguntas Frecuentes Sistema de Información de Subcontratación (SISUB) publicadas el día 17/09/2021 |
Se deberá de llenar los archivos por RFC con la totalidad de los registros patronales que tiene vinculado al mismo. | ||
Guardar el archivo en formato *.csv, delimitado por comas desde la opción de guarda como, seleccionado tipo CSV y dar click en guardar. | Guardar el archivo en formato *.csv, delimitado por comas desde la opción de guarda como, seleccionado tipo CSV y dar click en guardar | |
Solo se debe llenar las celdas que se requiere la información, esto toda vez que al convertirse a *.CSV, el sistema rechazará el archivo, en razón de que lee esas celdas como información adicional en blanco. | Solo se debe llenar las celdas que se requiere la información, esto toda vez que al convertirse a *.CSV, el sistema rechazará el archivo, en razón de que lee esas celdas como información adicional en blanco. | |
Eliminar salto de página seleccionando, desde el explorador de Windows, la opción “abrir con” y seleccionar “Bloc de notas”, una vez abierto oprimir las teclas Ctrl+Fin para ir al final del texto, y elimina el salto de línea con la tecla retroceso y se guarda en cambio. Este salto de línea se crea al momento de generar o modificar el archivo. | Eliminar salto de página seleccionando, desde el explorador de Windows, la opción “abrir con” y seleccionar “Bloc de notas”, una vez abierto oprimir las teclas Ctrl+Fin para ir al final del texto, y elimina el salto de línea con la tecla retroceso y se guarda en cambio. Este salto de línea se crea al momento de generar o modificar el archivo. | |
Ninguno de los textos o números anotados en el archivo en Excel debe contener comas (,) | Ninguno de los textos o números anotados en el archivo en Excel debe contener comas (,) | |
Si la versión del Office está en inglés, remplazar la Ñ por N | Si la versión del Office está en inglés, remplaza la Ñ por N | |
No se deben usar formulas o vincular libros o archivos | No se deben usar formulas o vincular libros o archivos | |
En caso de columnas en las que se pueda ingresar letras o números si no se cuenta con dato se deberá de señalar NA. | En caso de columnas en las que se pueda ingresar letras o números si no se cuenta con dato se deberá de señalar NA. | |
No debe quedar ninguna celda o campo vacío en columnas o filas | No debe quedar ninguna celda o campo vacío en columnas o filas | |
En las columnas en las que se solicita fecha, el formato es DD/MM/AAAA, en caso de no contar con fecha definida señalar 31/12/9999. | En las columnas en las que se solicita fecha, el formato es DD/MM/AAAA, en caso de no contar con fecha definida señalar 31/12/9999. | |
La información de las columnas a que se refiere domicilio de centro de trabajo donde laboran los trabajadores, deberá repetirse en las filas y columnas tantas veces como trabajadores haya, en caso de que sea el mismo domicilio. | La información de las columnas a que se refiere domicilio de centro de trabajo donde laboran los trabajadores, deberá repetirse en las filas y columnas tantas veces como trabajadores haya, en caso de que sea el mismo domicilio. | |
Se deberá eliminar las dos primeras filas en las que están los encabezados. | No se deben eliminar las filas donde aparecen los encabezados. | |
Los montos que corresponden a aportaciones con y sin crédito, amortizaciones, percepciones, salario, no deben de tener formato de moneda. | ||
Si bien la declaración es de forma cuatrimestral, la información correspondiente a las percepciones fijas, variables y días de incapacidad deberá ser llenada de forma bimestral. | Las percepciones variables y las percepciones fijas a que se hace referencia, ¿de qué forma se van a informar?
Será de forma bimestral separando los trabajadores de acuerdo como son informados en el SUA, las percepciones fijas son las efectivamente pagadas en el bimestre y las percepciones variables son las del bimestre inmediato anterior. |
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Cuando los trabajadores estén relacionados con dos o más contratos, en el apartado de contratos deberán relacionar cada contrato al que esté relacionado en una sola fila por trabajador separado por puntos | ¿Tengo uno o varios contratos con un mismo cliente y se utiliza por lo regular el mismo personal para los diferentes contratos, no hay problema que se repita la información por cada contrato? La información debe presentarse de la misma forma que se manifiesta para efectos del SUA, o SIPARE lo que corresponda por lo que no debería haber trabajadores duplicados. Es muy importante realizar el llenado de los archivos respecto a cada trabajador de la forma correcta.
¿Si los contratos celebrados no cuentan con un número de folio, que dato se debe de anotar? En caso de no contar con número, se les solicitara adicionar el número cero (0) |
Errores en el envío del informe cuatrimestral del SISUB
De acuerdo a los cambios en el instructivo tenemos que a pesar de que algunos archivos en el SISUB se cargan sin encabezados y no marca error no nos arroja el acuse de recibido y sin embargo manda el archivo de Excel con los errores siguiente dependiendo del número de líneas.
Por lo anterior para que no arroje el o errores anteriores los tres archivos Sujeto obligado, Contrato y Trabajadores deben de cargarse con todo y encabezados con estos cambios se aceptan los archivos y en el aplicativo en la parte de CONSULTA DE FOLIOS se puede observar y recuperar tanto el acuse de recepción como los archivos que se subieron.
El mismo día 17 de septiembre de 2021 publicó en su portal las REGLAS QUE ESTABLECEN LOS PROCEDIMIENTOS A QUE REFIERE EL ARTÍCULO 29-BIS SEGUNDO PÁRRAFO DE LA LEY DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES, de las cuales veamos solamente algunos artículos.
Artículo Cuarto. El ingreso al sistema SISUB será a través del Portal empresarial mediante el número de registro patronal identificado como principal; y se reportará la información correspondiente a los contratos celebrados por el sujeto obligado, incluyendo todos sus registros patronales; en el caso de persona morales deberá proporcionar la escritura constitutiva en formato PDF.
Artículo Quinto. De los contratos celebrados, los sujetos obligados deberán proporcionar la información relativa al número de contrato, tipo, objeto, monto pactado de la operación, vigencia, números de registro patronal, número estimado de trabajadores que pondrán a disposición del beneficiario, nombre y datos generales de identificación del beneficiario de los servicios. Asimismo, deberá proporcionar el contrato correspondiente en formato PDF.
Artículo Sexto. Los sujetos obligados deberán proporcionar el monto de las aportaciones y entero de descuentos correspondientes a los trabajadores que, durante el cuatrimestre que se reporta, prestaron servicios al amparo del contrato correspondiente. El monto de las aportaciones y enteros de descuentos que se proporcione deberá corresponder al o los números de registros patronales que estan involucrados en el contrato señalado en el artículo anterior.
Artículo Séptimo. La información de los trabajadores a que se refiere el artículo 29-Bis de la Ley, será de aquellos que se pongan a disposición del beneficiario y que estén vinculados con el Número de Registro Patronal señalado en el artículo anterior, para lo cual se señalará el número de seguridad social del trabajador y el domicilio del centro de trabajo donde preste los servicios o se ejecuten las obras especializadas. Artículo Octavo. Para la determinación del Salario Base de Aportación, se deberá señalar el monto de las percepciones variables y fijas, los días de incapacidad, percepciones no integrables al salario base, salario no excedente por cada trabajador relacionado en los términos del artículo anterior.
Artículo Décimo Primero. El Instituto validará la información reportada y emitirá el acuse de recibo o el motivo de rechazo, de forma electrónica en el portal de internet del Instituto. En todo momento el Patrón podrá ver los archivos cargados ya sean los aceptados y los rechazados.
Las presentes reglas entrarán en vigor a partir de su publicación en el Portal de Internet del Instituto
De acuerdo a las reglas específicamente en el artículo cuarto establece que en el caso de personas morales se deberá de proporcionar la escritura constitutiva, pero en el aplicativo del SIBUB en el caso de persona física si no se carga un archivo en PDF en el apartado de escritura arroja el mensaje de que todos los campos y archivos son obligatorios.
El artículo décimo primero de las reglas indica que los acuses de rechazo o aceptados, así como los archivos correspondientes estarán en todo momento disponibles en el portal del INFONAVIT, pero esto no es así ya que si contienen errores manda vía correo electrónico el siguiente mensaje.
Esto provocó en algunos casos un problema ya que el sujeto obligado no presenta la información del SISUB y contrata a un tercero el cual debe de esperar a que el sujeto obligado enviará los errores que el aplicativo encontró.
Descarga la guía de SISUB
Te compartimos la guía del Sistema de Información de Subcontratación SIBUB proporcionada a los patrones por el Infonavit, junto con el instructivo de llenado de los archivos XLS necesarios para el envío del informe cuatrimestral.
Recomendación final
Al estar registrado en el REPSE es necesario conocer estos detalles muy importantes para el cumplimiento del envío de los informes cuatrimestrales, tanto al IMSS a través el ICSOE y el Infonavit a través del SISUB, para eso te invitamos a capacitarte o capacitar al personal encargado de recabar, vaciar y enviar la información de forma correcta.

Asesoría y Capacitación Fiscal Monroy S.C.
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Correo electrónico: contacto@contadormx.net
Muy buenos días, no me queda claro…
Si bien la declaración es de forma cuatrimestral, la información correspondiente a las percepciones fijas, variables y días de incapacidad deberá ser llenada de forma bimestral. E
Si un trabajador estuvo en los dos bimestres como se hará? se pondrá la información del bimestre mayo-junio y en el renglón de abajo el nombre del mismo trabajador con la información de julio-agosto?
De antemano agradezco su apoyo.