Respecto a la constancia de retenciones de sueldos y salarios, el empleador (patrón) deberá proporcionar a las personas que le hubieran prestado servicios personales subordinados, a más tardar el28 de febrero de cada año, la constancia de remuneraciones cubiertas y de retenciones efectuadas en el año de calendario de que se trate. En los casos de retiro del trabajador, se proporcionará dentro del mes siguiente a aquel en que ocurra la separación.
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Autor: L.C. y E.F. Rodmyna Aurora Domínguez Pastrana
La reforma a la Ley Federal del Trabajo (LFT) fue publicada el 30 de noviembre de 2012 en el Diario Oficial de la Federación (DOF), la cual entró en vigor al día siguiente de su publicación. Con la aprobación de la reforma laboral, surgen nuevas modalidades de contratación, como las de temporada, las de prueba y de capacitación, las cuales en estos últimos dos casos se encuentran limitadas; además de que se contempla el pago por hora.
Por otro lado, se reconoce el derecho al trabajo tanto para los hombres como para las mujeres, se regula la subcontratación de personal, se limita el trabajo para los menores, se garantiza el acceso a la seguridad social, se reconoce la licencia de paternidad, se limita el pago de salarios caídos, entre otros. Ante la entrada en vigor de la reforma laboral, sin entrar en controversia si dicha reforma es constitucional o no, presentamos a continuación las principales consideraciones al respecto de las formas de contratación de prueba, capacitación y el pago por hora.
Contrato por Periodo de prueba
La adición del artículo 39-A de la LFT dispone que el periodo de prueba podrá establecerse en las relaciones de trabajo por tiempo indeterminado o en aquellas que excedan de 180 días, es decir, si al trabajador se le contrata para obra determinada, o por tiempo determinado, o por temporada, y éstas exceden de 180 días, también podrá aplicar el periodo de prueba.
El periodo de prueba no podrá exceder de 30 días y sólo se podrá establecer con la finalidad de verificar que el trabajador cumple con los requisitos y conocimientos necesarios para desarrollar el trabajo por el que se le está solicitando, Ejemplo:
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C.P.C. Daniel Trejo Martínez Socio de Meraz, Romero, Trejo y Asoc., S.C. Miembro de la Comisión Fiscal de COPARMEX dtrejo@mrtyasoc.com
Derivado del auge tecnológico en los servicios de la banca electrónica, se permite la emisión de cuentas corrientes de los trabajadores para canalizar el pago de su nómina mediante el uso de una tarjeta de débito, lo cual les brinda un mejor servicio y seguridad, ya que pueden recibir su salario sin el riesgo de llevar efectivo y disponer de recursos en el momento que requieran por medio de los cajeros automáticos, o bien, pagar con su tarjeta.
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No ha pasado mucho tiempo desde la ultima actualización del SUA (3.3.9), y ahora, el IMSS e Infonavit nos traen la versión 3.4.0 que servirá para hacer pagos de las aportaciones obrero patronales a partir de enero de 2013.
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El Calculo de cuotas IMSS, ISR e Infonavit 2013 es util si eres trabajador y aun no sabes porque te retienen impuestos en tu nomina este 2013, podemos decirte que estas retenciones pueden ser cuotas obrero patronales, Impuesto Sobre la Renta (ISR) conocido como ISPT o Amortizaciones del Infonavit (crédito Infonavit), se las hacen a los trabajadores subordinados a patrones o contribuyentes que cuentan con empleados y están obligados por las autoridades fiscales correspondientes a cada impuesto, que serian SAT (ISR), IMSS (cuotas obrero patronales) e Infonavit (amortizaciones crédito Infonavit).
Para darles una idea del cada concepto que se les retienen en su nomina les dejo la siguiente información:
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Si vas a salir de tu estado de residencia, puedes solicitar tu vigencia de derechos del IMSS. Este trámite es necesario para cualquier necesidad de atención médica fuera de tu localidad. Esta constancia se solicita en el archivo clínico de las Unidades de Medicina Familiar de adscripción.
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Cuando el empleado se separa de forma voluntaria sólo tendrá derecho a recibir vacaciones, prima vacacional y aguinaldo en forma proporcional, además el patrón deberá cubrir el sueldo devengado a la fecha de la separación. Sin embargo, para el patrón y para el trabajador es sumamente importante conocer los lineamientos de la LFT, ya que si el empleado es despedido en forma injustificada, habrá dos caminos, siendo el primero una probable reinstalación del trabajador, según lo permita la ley y, el segundo, el pago sólo de los conceptos de indemnización y prima de antigüedad, obviamente estos conceptos si el empleado es contratado por tiempo determinado o indeterminado, y con base en nuestra guía los artículos 50 y 162 de la LFT.
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En este mes de Febrero, una de todas las obligaciones que dentro del mundo fiscal debemos cumplir en las empresas es la de cumplir con la presentación de la determinación de la prima en el seguro de riesgos de trabajo derivada de la revisión anual de la siniestralidad, esto para seguir cumpliendo con la cobertura del seguro de riesgo de trabajo. Nunca debemos de olvidar la importancia del cumplimiento de esta obligación ya que el mayor impacto radica en la afectación económica a las empresas, y no nos referimos solo al hecho de la sanción correspondiente por el incumplimiento de esta declaración, sino al enterar las cuotas que correspondan por dicho seguro, fundamentalmente a que esas cuotas se determinan en relación con el Salario Base de Cotización (SBC) de cada uno de los trabajadores que coticen dentro del registro patronal y la prima resultante por todos los riesgos de acuerdo a las actividades de la empresa, en pocas palabras, esto quiere decir que, mientras mayor número de Riesgos de Trabajo sufran los trabajadores de una empresa mayor será la cantidad de dinero que la empresa deberá pagar al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) por este concepto.
Concepto de Riesgo de Trabajo y ¿Cuáles son los elementos necesarios para su consideración?
Antes de entrar en materia de la obligación anual tenemos que conocer que es un Riesgo de Trabajo, esto, porque muchas veces en la práctica profesional consideramos como RT a todos los sucesos que acontecen en las instalaciones de las empresas así que:
Riesgo de Trabajo.- Es toda aquella lesión proveniente de una acción violenta repentina o por la exposición cotidiana ocasionada por cualquier causa exterior por los hechos o acciones del trabajo.
Para que exista un Riesgo de Trabajo se tienen que conjugar 4 elementos básicos y estrictamente necesarios, los cuales se conjugan en los siguientes puntos: