Si en tu empresa acostumbran pagarte los días de vacaciones solo en tu nómina los días de vacaciones, debes hacerles saber que también te corresponde la prima vacacional, porque ambos pagos van de la mano.
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La Reforma a la Ley Federal de Trabajo en México trae consigo nuevos derechos y obligaciones tanto al patrón como para el empleado, acatar estas nuevas disposiciones es lo mas saludable que puede hacer la empresa para evitar sanciones pecuniarias, las cuales van de 50 a 5,000 veces el salario mínimo vigente en el DF (actualmente de $3,116.50 a 311,650.00) sino a los criterios que considerará la autoridad para su determinación:
el carácter de intencional o no de las acción u omisión y su gravedad
los daños producidos o que puedan producirse
la capacidad económica del infractor y su reincidencia
el número de trabajadores afectados en un solo acto u omisión, en cuyo caso la multa será por cada uno de los afectados, y
la concurrencia en diversas infracciones en un solo acto u omisión, en cuyo supuesto las sanciones se aplicarán a cada una de ellas, de manera independiente
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Las empresas en México tienen un abanico de alternativas para otorgar prestaciones a sus ejecutivos, debiendo cumplir las reglas de generalidad y limitantes que señalan las leyes tributarias para su deducción, y por otro lado, buscar la continuidad de los ejecutivos, cuidando y administrando debidamente el talento en las organizaciones. Buscar el derecho de pertenencia en todos los trabajadores y principalmente en los ejecutivos con beneficios como los mencionados, se traducirá en rentabilidad para los inversionistas, pudiéndose convertir en un mejor lugar para trabajar en donde ganan las dos partes involucradas: empresa y empleados.
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Para los trabajadores que laboraron en 2012 en una empresa que obtuvo utilidad fiscal en su declaración anual debe exigir su derecho de recibir el Reparto de Utilidades o la Participación de los Trabajadores en la Utilidades (PTU) este 2013, en México las empresas no están acostumbradas a repartir las utilidades por lo que es necesario que los trabajadores lo exijan a sus patrones, para esto les dejo el proceso que debe de cumplir el patrón para que el reparto se de oportunamente.
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El cumplimiento de esta obligación por parte de los patrones puede enumerarse en una serie de etapas que todos deben considerar para la correcta distribución de las utilidades, y estas son:
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Respecto a la constancia de retenciones de sueldos y salarios, el empleador (patrón) deberá proporcionar a las personas que le hubieran prestado servicios personales subordinados, a más tardar el28 de febrero de cada año, la constancia de remuneraciones cubiertas y de retenciones efectuadas en el año de calendario de que se trate. En los casos de retiro del trabajador, se proporcionará dentro del mes siguiente a aquel en que ocurra la separación.
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Autor: L.C. y E.F. Rodmyna Aurora Domínguez Pastrana
La reforma a la Ley Federal del Trabajo (LFT) fue publicada el 30 de noviembre de 2012 en el Diario Oficial de la Federación (DOF), la cual entró en vigor al día siguiente de su publicación. Con la aprobación de la reforma laboral, surgen nuevas modalidades de contratación, como las de temporada, las de prueba y de capacitación, las cuales en estos últimos dos casos se encuentran limitadas; además de que se contempla el pago por hora.
Por otro lado, se reconoce el derecho al trabajo tanto para los hombres como para las mujeres, se regula la subcontratación de personal, se limita el trabajo para los menores, se garantiza el acceso a la seguridad social, se reconoce la licencia de paternidad, se limita el pago de salarios caídos, entre otros. Ante la entrada en vigor de la reforma laboral, sin entrar en controversia si dicha reforma es constitucional o no, presentamos a continuación las principales consideraciones al respecto de las formas de contratación de prueba, capacitación y el pago por hora.
Contrato por Periodo de prueba
La adición del artículo 39-A de la LFT dispone que el periodo de prueba podrá establecerse en las relaciones de trabajo por tiempo indeterminado o en aquellas que excedan de 180 días, es decir, si al trabajador se le contrata para obra determinada, o por tiempo determinado, o por temporada, y éstas exceden de 180 días, también podrá aplicar el periodo de prueba.
El periodo de prueba no podrá exceder de 30 días y sólo se podrá establecer con la finalidad de verificar que el trabajador cumple con los requisitos y conocimientos necesarios para desarrollar el trabajo por el que se le está solicitando, Ejemplo:
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C.P.C. Daniel Trejo Martínez Socio de Meraz, Romero, Trejo y Asoc., S.C. Miembro de la Comisión Fiscal de COPARMEX dtrejo@mrtyasoc.com
Derivado del auge tecnológico en los servicios de la banca electrónica, se permite la emisión de cuentas corrientes de los trabajadores para canalizar el pago de su nómina mediante el uso de una tarjeta de débito, lo cual les brinda un mejor servicio y seguridad, ya que pueden recibir su salario sin el riesgo de llevar efectivo y disponer de recursos en el momento que requieran por medio de los cajeros automáticos, o bien, pagar con su tarjeta.
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No ha pasado mucho tiempo desde la ultima actualización del SUA (3.3.9), y ahora, el IMSS e Infonavit nos traen la versión 3.4.0 que servirá para hacer pagos de las aportaciones obrero patronales a partir de enero de 2013.
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El Calculo de cuotas IMSS, ISR e Infonavit 2013 es util si eres trabajador y aun no sabes porque te retienen impuestos en tu nomina este 2013, podemos decirte que estas retenciones pueden ser cuotas obrero patronales, Impuesto Sobre la Renta (ISR) conocido como ISPT o Amortizaciones del Infonavit (crédito Infonavit), se las hacen a los trabajadores subordinados a patrones o contribuyentes que cuentan con empleados y están obligados por las autoridades fiscales correspondientes a cada impuesto, que serian SAT (ISR), IMSS (cuotas obrero patronales) e Infonavit (amortizaciones crédito Infonavit).
Para darles una idea del cada concepto que se les retienen en su nomina les dejo la siguiente información:
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