El SAT da la facilidad tanto a los contribuyentes que contraten como a los que ofrecen el servicio de subcontratación laboral, de que reúnan la documentación que acredite la deducción por dichos servicios.
Reunir la documentación comprobatoria es un requisito para cumplir con el requisito de deducibilidad para el Impuesto Sobre la Renta y de acreditamiento para el Impuesto al Valor Agregado, para los contribuyentes que reciban servicios de Outsourcing o subcontratación.
No será hasta el mes de diciembre de 2017 cuando los contratistas entreguen a través del aplicativo del SAT (que todavia no esta listo o publicado), los documentos que acrediten el gasto al contratante.
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