Es seguro utilizar el CBB o Cambio a CFDI para emitir mis Facturas Electronicas?

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Hoy en día la mayoría de los contribuyentes Mexicanos sabemos que si facturamos menos de 4 millones de pesos al año, no estamos obligados a utilizar la factura electrónica por internet en su versión CFDI, ya que podemos optar por ese ya famoso modelo de CBB o código de barras bidimensional que el SAT nos otorga y que nos permite convertir cualquier documento, hasta una hoja de Excel  ó Word en una factura válida. Sin embargo, ¿en verdad es tan fácil? ¿cuales son las verdaderas ventajas o desventajas de este modelo? ¿esta segura mi salud contable  si emito facturas CBB en lugar de CFDI?

Bueno, estas y otras preguntas son las que vamos a contestar a continuación, ojo, pongan mucha atención porqué más allá de ayudarme, el modelo de CBB me puede dar un buen susto en el aspecto Fiscal y Contable.. ¿Quieres saber por qué? Sigan leyendo amigos..

  1. ¿Que contiene el CBB? Contiene nuestra información fiscal como: RFC del emisor, número de aprobación, rango de folios aprobado y en su caso serie, fecha de la asignación de folios y vigencia.
  2. ¿Es en tan fácil darle validez a cualquier factura elaborada en Excel o Word? Sí, con tan sólo colocar el CBB en cualquier parte del documente, sólo tienes que cuidar que se cumpla con el área de impresión no menor de 2.75 x 2.75 cm y con una resolución mínima de 200/200 dpi (puntos por pulgada).
  3. ¿El CBB es en una factura electrónica? Definitivamente la respuesta es NO, es sólo una facilidad que el SAT otorga pero NO cumple de ninguna manera con las premisas de una factura electrónica  como la autenticidad, ni su integridad, ni la confidencialidad, ni la unicidad ni el no repudio.

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Guía para la emisión de Comprobantes Fiscales Impresos con CBB 2013

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El Facturar con CBB o emitir recibos de Honorarios con CBB se ha convertido en el mejor método para los nuevos contribuyentes y para los que ya estaban inscritos, siempre y cuando no rebasen los 4 millones de ingresos, si pasa eso deben de emitir sus facturas o recibos con el método de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet.

El presente articulo tiene por objeto proporcionar información a los contribuyentes que facilite la emisión de comprobantes fiscales impresos con código de barras bidimensional. Desde el 1 de enero del 2011, entraron en vigor las reformas al Código Fiscal de la Federación publicadas en el Diario Oficial el 7 de diciembre del 2009, que contemplan la modificación a los esquemas con que cuentan los contribuyentes para efectuar su comprobación fiscal. Uno de estos esquemas es la emisión de comprobantes fiscales impresos con código de barras bidimensional.

Requerimientos:

  • Clave CIEC.
  • Fiel vigente
  • Solicitar aprobación de folios vía internet
  • Incorporar Código de Barras Bidimensional (CBB)
  • Impresión de los comprobantes por medios propios del contribuyente o bien a través de un tercero.

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La Factura Electronica obliga a validarlas, almacenarlas y contabilizarlas – Innovacion Contable

usb folder Desde enero de 2011, los contribuyentes con ingresos mayores a 4 millones de pesos deben utilizar de manera obligatoria la Factura Electrónica como esquema de comprobación fiscal; en tanto, el resto de los contribuyentes tienen la opción de adoptarlo paulatinamente.

De acuerdo con cifras del Servicio de Administración Tributaria (SAT), actualizadas al cierre de febrero de 2013, arriba de 822 mil contribuyentes ya factura electrónicamente en México, ya sea en el esquema de CFDI o CFD.

El ahorro de cerca de 40% en promedio comparado con el uso de papel (mensajería, personal, consumibles, entre otros aspectos), el aumento de liquidez y la optimización de procesos son algunos de los beneficios para quienes ya usan la Factura Electrónica.

No obstante, el uso de ésta debe ser un elemento para la innovación y toma de decisiones en una empresa. En ese sentido, los usuarios de la Factura Electrónica deben superar la etapa de sólo emisión y recepción de comprobantes digitales.

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Esquemas de Facturación Electronica vigentes en 2013 y visión para 2014

Por C.P. Plácido Aurelio del Ángel Herrera
Integrante de la Comisión de Investigación Fiscal del
Colegio y Subdirector Fiscal de Walmart de México
mppdela@wal-mart.com

Los comprobantes impresos por impresor autorizado llegaron a su fin el 31 de diciembre de 2012, y dieron paso a una nueva forma de comprobación fiscal, la llamada factura electrónica. Sin embargo, el camino ha sido largo para normalizar y hacer posible que desde una empresa que mueve miles de millones de pesos hasta un Régimen del Pequeño Contribuyente (REPECO) puedan entrar al esquema de la factura electrónica.

A partir de 2000, junto con el proyecto de modernizar las plataformas electrónicas para realizar diversos trámites por internet, la iniciativa privada y el Servicio de Administración Tributaria (SAT) iniciaron pruebas para implementar el nuevo esquema de comprobación fiscal digital con el fin de eliminar la evasión y defraudación fiscal derivada del uso de comprobantes apócrifos. Pero fue hasta 2004 cuando se aprobaron las primeras medidas para que la factura electrónica fuera legal. Con esto comenzó una etapa de transición y prueba, en la que se analizaba la aceptación de los contribuyentes a este nuevo esquema de comprobación fiscal y/o qué mejoras se podrían hacer. Finalmente en 2011 se reformó el Código Fiscal de la Federación en materia de expedición de comprobantes fiscales, donde se establece la obligación para los contribuyentes de emitir comprobantes a través de internet. Cambio que no fue tomado de la mejor forma.

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Son Deducibles las Facturas Impresas pagadas en 2013 hechas por Impresor Autorizado?

Por: José Santos Vera Perales.

A partir del primero de enero de 2013 ya no se podrán emitir comprobantes fiscales impresos en imprentas autorizadas, esta facilidad administrativa se otorgó solamente por 2011 y 2012 a manera de transición supeditando su expedición a que estuvieran dentro de su vigencia de dos años contados a partir de la fecha de autorización, esto con la idea de que adecuaran a su situación concreta los sistemas operativos e implementaran los nuevos requisitos legales.

Sin embargo es un hecho que muchos contribuyentes que celebraron operaciones a crédito en 2012, estas fueron cubiertas hasta este año, lo que sin lugar a dudas va a generar controversias con las autoridades fiscales al momento de pretender deducirla la contraprestación correspondiente, debido a que existen disposiciones fiscales que condicionan este derecho al momento en que efectivamente se realiza la erogación y en la hipótesis que analizamos esta se realizó hasta el ejercicio 2013.

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El Codigo de Barras Bidimensional por todos lados ¡hasta en las Facturas!

Enero del 2011, comienza la era del CBB en México y después de dos años ya todos deberían saber que quiere decir CBB. También, mucho se ha hablado de quienes pueden facturar en éste esquema, los requisitos, el formato favorito de la factura siendo el PDF el más difundido.

Pero no solo en el ámbito fiscal. Hay quienes ya le han encontrado diversos usos, Campaña publicitaria de lencería, escanea el cbb y descubre cual es el modelo de lencería que oculta la imagen del CBB.

En los aparadores, revistas, parada de autobús…. etc.

Pero, ¿Qué es el CBB?

Es un código de barras bidimensional, le cabe más información que al código de barras de la lata de sardinas

En el ámbito fiscal, donde el SAT a partir de Enero 2011 autorizó la facturación con CBB, tiene los siguientes datos:

  • Clave del RFC  del contribuyente emisor
  • Número de aprobación
  • Rango de folios asignados y la serie
  • Fecha de asignación de los folios
  • Vigencia

El CBB forma parte de los requisitos que debe tener una factura para que sea válida, Bien, hablo de facturas, pero igual son recibos, carta porte, notas de crédito, etc. Si tus ingresos son iguales o menores a 4 millones de pesos al año, puede optar por emitir los comprobantes fiscales con código de barras (CBB) para ello, debes contar con:

  • Firma electrónica avanzada vigente.
  • y solicitar el rango de folios en el portal del SAT

Instala el programa CBB Facturas Pro para generar facturas:

3 puntos al Emitir y Recibir Facturas Electronicas – Validarlas, Almacenarlas y Contabilizarlas

1 2 3 pasosEn México, de acuerdo con cifras del Servicio de Administración Tributaria (SAT), arriba de 822 mil contribuyentes ya factura electrónicamente. Mas esta adopción y uso del esquema digital, fue motivada en la mayoría de los casos por atender una disposición oficial y no tanto por simplificar y mejorar los procesos empresariales.

La mayoría de los actuales usuarios de la Factura Electrónica, principalmente la MiPyME, sólo están en la etapa de emitir y recibir comprobantes digitales, sin atender su validación y almacenamiento como lo solicita la autoridad.

Recordemos que desde el 2011 este tema fue incluido en la Reforma Miscelánea Fiscal, y en donde se anota que es obligación del contribuyente validar y almacenar los comprobantes fiscales digitales que reciba y emita, ya sea CFD o CFDI.

Es muy importante saber qué hacer con las facturas electrónicas: cómo validarlas, almacenarlas y contabilizarlas. El incumplimiento de esto implica sanciones que representan un impacto en el flujo de efectivo de las empresas, principalmente por el hecho de manejar facturas electrónicas apócrifas o que no cumplen con los requisitos de la autoridad.

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Requisitos para Deducir mis Comprobantes Fiscales en 2013 y Sanciones aplicables

Sobre los requisitos para deducir los gastos con los tipos de facturación CFD, CFDI y CBB, se puede decir que es algo ya cotidiano el comprobar que cumplan con las especificaciones del SAT. Sin embargo el SAT publico las preguntas frecuentes al respecto de este tema:

¿Los gastos amparados con facturas electrónicas son deducibles? Sí, con las facturas electrónicas se pueden deducir los gastos efectuados, pudiendo consultar su autenticidad en la página de Internet del SAT, si el número de folio que ampara el comprobante fiscal digital fue autorizado al emisor y si el certificado que ampare el sello digital se encontraba vigente y registrado al momento de la emisión ➡ Verificar Comprobantes Fiscales.

¿En los casos de las (A.C.) receptoras de donativos deberán usar el esquema de facturación electrónica? Las disposiciones legales del Código Fiscal de la Federación y las administrativas de la RMF para 2013, no hacen distingo entre los contribuyentes en general y los que tengan la forma de una Asociación Civil o sean donatarias autorizadas por el SAT, por ende les aplican las mismas obligaciones y facilidades en materia de comprobación fiscal.

¿Dónde puedo consultar la ficha de trámite 124/CFF (Solicitud de folios de CBB)? En el Anexo 1-A de la RMF para 2013, publicado en el DOF el 29 de diciembre de 2012, el cual está disponible en la página de internet del SAT en el menú Información y Servicios, submenú Normatividad, vínculo identificado como Resolución Miscelánea Fiscal.

Sanciones por emitir o deducir un Comprobante Fiscal sin requisitos fiscales

¿Cuál será la sanción si un contribuyente emite o utiliza facturas electrónicas que no reúnan requisitos fiscales? Se sancionará con las mismas penas aplicables al delito de defraudación fiscal, esto es prisión a quien les de efectos fiscales, dependiendo del monto de lo defraudado.

El delito de defraudación fiscal se sancionará con las penas siguientes:

  • Con prisión de tres meses a dos años, cuando el monto de lo defraudado no exceda de $1,221,950.00.
  • Con prisión de dos años a cinco años cuando el monto de lo defraudado exceda de $1,221,950.00 pero no de $1,832,920.00.
  • Con prisión de tres años a nueve años cuando el monto de lo defraudado fuere mayor de $1,832,920.00.

Cuando no se pueda determinar la cuantía de lo que se defraudó, la pena será de tres meses a seis años de prisión. Si el monto de lo defraudado es restituido de manera inmediata en una sola exhibición, la pena aplicable podrá atenuarse hasta en un cincuenta por ciento.
Fundamento Legal: Arts. 108, fracciones I, II y III y 109, fracción VIII del CFF.

Comprobante Simplificado, Operacion de Valores y factor de acumulacion – 2da Modif. RMF 2013 (Anteproyecto)

El SAT emitió el día de hoy 20 de marzo en su pagina el Anteproyecto de Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2013, la cual esta pendiente de publicarse en el diario oficial de la federación, a continuación les dejo el anteproyecto integro:

ANTEPROYECTO DE SEGUNDA RESOLUCION DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCION MISCELANEA FISCAL PARA 2013

Con fundamento en los artículos 16 y 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 33, fracción I, inciso g) del Código Fiscal de la Federación, 14, fracción III de la Ley del Servicio de Administración Tributaria y 3, fracción XXII del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria se resuelve:

PRIMERO. Respecto del Libro Primero, se reforman las reglas I.3.15.11. y I.3.17.12. y se adiciona la regla I.2.9.4., de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2013, para quedar de la siguiente manera:

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