Reparto de Utilidades 2013 – Manual laboral y fiscal sobre la PTU de las empresas

 

La participación de utilidades es un derecho de los trabajadores, que establece el artículo 123, apartado A, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Todos los trabajadores que presten a una persona física o moral un trabajo personal subordinado, mediante el pago de un salario, tienen derecho a
participar en las utilidades de las empresas donde laboran. Son sujetos obligados a repartir utilidades, las personas físicas y morales con actividades de producción o distribución de bienes o servicios, que siendo o no contribuyentes del impuesto sobre la renta tengan trabajadores a su servicio mediante el pago de un salario.

Esto y mas podrás encontrar en el Manual laboral y fiscal del Reparto de Utilidades a los Trabajadores 2013, el cual contiene los siguientes temas e incluso un caso practico para el calculo de la PTU gravada para este 2013:

Índice del contenido del Manual laboral y fiscal 2013

1. Principios generales
Objetivos
Fundamento legal
Sujetos obligados a repartir utilidades a sus trabajadores
Sujetos exentos de repartir utilidades a sus trabajadores
Trabajadores con derecho a participar en las utilidades
Trabajadores considerados en servicio activo
Personas excluidas del reparto de utilidades
Renta gravable como base del reparto
Porcentaje por aplicar como participación de utilidades

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¿Cómo me inscribo al Seguro Popular? Requisitos y cuotas familiares anuales

¿Cómo me inscribo al Seguro Popular? Requisitos y cuotas familiares anuales
 

Todos los Mexicanos tienen derecho al Seguro Popular ya que el Estado garantiza el acceso efectivo, oportuno, de calidad, sin desembolso al momento de utilización y sin discriminación a los servicios médico-quirúrgicos, farmacéuticos y hospitalarios que satisfagan de manera integral las necesidades de salud, fortaleciendo así el efectivo derecho de las personas a la protección de la salud, garantía constitucional contenida en el artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

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Cambios clave en la Ley de Amparo 2013

Cambios clave en la Ley de Amparo 2013
 

En junio de 2011 se publicó una reforma constitucional importante a los artículos 1º, 103 y 107, entre otros, de nuestra Carta Magna. La reforma al artículo 1º tuvo como propósito redimensionar y fortalecer los derechos humanos contenidos en la propia Constitución Federal, así como en los tratados internacionales celebrados por México.

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Participación de Utilidades a los Trabajadores 2013 y la Reforma Laboral

El Reparto de Utilidades para este 2013 tendrá ligeros cambios ya que hubo algunas modificaciones a la Ley Federal del Trabajo en la Reforma Laboral 2013. Si fuiste trabajador durante el periodo de 2012 te corresponde Participación de Utilidades a los Trabajadores (PTU 2012), también a las madres trabajadoras, durante los períodos pre y postnatales, y los trabajadores víctimas de un riesgo de trabajo durante el período de incapacidad temporal, serán considerados como trabajadores en servicio activo.

Como les comentaba la Reforma Laboral 2012 trae consigo nuevas disposiciones en lo que al Reparto de Utilidades se refiere:

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Nueva Ley de Amparo 2013 en PDF – Publicada en el Diario Oficial de la Federación

 
senadolxiilegislaturalogo thumb Nueva Ley de Amparo 2013 PDF – Dictamen Aprobado por los SenadoresLa nueva Ley de Amparo, que fue aprobada definitivamente el pasado 20 de marzo en la Cámara de Senadores, se publico el día de hoy 02 de abril en el Diario Oficial de la Federación DOF.

DECRETO por el que se expide la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, de la Ley Reglamentaria de las fracciones I y II del artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.

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Ley de Pensiones del IMSS 1973 y 1997, ¿cuál es la mejor?

Ley de Pensiones del IMSS 1973 y 1997, ¿cuál es la mejor

 

A continuación, te dejo un extracto del análisis de los dos tipos de pensiones disponibles en México, que se dividen en la LSS de 1973 y la LSS de 1997. Considerando que al día de hoy los trabajadores que cotizaron antes del 1 de julio de 1997 pueden obtener una pensión bajo los términos de la LSS de 1973, es importante tener en constante evaluación las propuestas de ambas leyes.

La siguiente información nos permitirá contar con una idea más clara de ambos esquemas.

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Nueva Ley de Amparo 2013 PDF – Dictamen Aprobado por los Senadores

 

senadolxiilegislaturalogoLa nueva Ley de Amparo, aprobada definitivamente el pasado miércoles en la Cámara de Senadores, la nueva ley de amparo, que aún debe ser publicada en el DOF por el Ejecutivo federal. A continuación se transcribe lo que se discutió y se puso a votación para elaborar el Dictamen de la Nueva Ley de Amparo aprobada por los senadores. 

De las Comisiones Unidas de Justicia, de Gobernación y de Estudios Legislativos, Segunda, el que contiene proyecto de decreto por el que se expide la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, de la Ley Reglamentaria de las fracciones I y II del artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.

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Bullying Laboral – Acoso y Hostigamiento Laboral en México en la LFT

El Bullying Laboral ocurre cuando se cometen varias injusticias laborales, en la mayoría de las empresas donde ocurre el bullying laboral por miedo o por ignorancia, no se atreven a denunciar al delincuente por el temor de ser despedidos y perder su fuente laboral. Por esa razón se tipifico en la Reforma Laboral del 2012 específicamente en el articulo 3o y 3o Bis de la Ley Federal del Trabajo.

Artículo 3o.- El trabajo es un derecho y un deber sociales. No es artículo de comercio.

No podrán establecerse condiciones que impliquen discriminación entre los trabajadores por motivo de origen étnico o nacional, género, edad, discapacidad, condición social, condiciones de salud, religión, condición migratoria, opiniones, preferencias sexuales, estado civil o cualquier otro que atente contra la dignidad humana.

No se considerarán discriminatorias las distinciones, exclusiones o preferencias que se sustenten en las calificaciones particulares que exija una labor determinada.

Para ser mas específicos el articulo que habla mas del Bullying Laboral para mi gusto es el siguiente:

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Reforma Laboral, sus efectos en la Subcontratacion u Outsourcing

 

Autor: Lic. Emilio López Reyes y López

ANTECEDENTES
El legislador en la adición reciente del artículo 15-A a la Ley Federal del Trabajo, conceptualiza a la subcontratación como aquél supuesto en el que un patrón denominado contratista ejecuta obras o presta servicios con sus trabajadores bajo su dependencia a favor de un contratante, el cual fija las tareas del contratista.
Sin embargo, señala que ésta debe cumplir con las siguientes condiciones:

  • No podrá abarcar la totalidad de las actividades que se desarrollen en el centro de trabajo.
  • Deberá justificarse por su carácter especializado.
  • No podrá comprender tareas iguales o similares a las que realizan el resto de los trabajadores al servicio del contratante.

Y es claro en precisar que de no cumplirse con todas ellas, el contratante se considerará patrón para todos los efectos de la Ley, incluyendo las obligaciones en materia de seguridad social.

Ahora bien, el problema al que se enfrentarán las empresas a partir de la incorporación de este concepto, es precisamente la consecuencia impuesta por el legislador a la contratante que incumpla con dichas condiciones, pues, la definición de carácter especializado, o bien, el criterio para distinguir cuando una tarea es igual o similar, quedará al arbitrio de quien en su momento juzgue el cumplimiento de esa disposición, pues a la fecha no existen criterios que establezcan el alcance de tales supuestos y la doctrina es escasa en tal sentido.

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