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Es muy común que en una empresa trabaje una persona que se incapacita durante un periodo prolongado o alguna trabajadora que obtuvo sus 84 días mínimos que tiene como derecho a gozar por maternidad y que dado a la importancia de su puesto el cual es primordial para el funcionamiento de la empresa, se contrate o reubique a una persona para que cumpla con las tareas que venia desarrollando el empleado incapacitado.

Hasta aquí todo bien, que pasa si al regresar el trabajador descubre que la persona que esta en su puesto se afianzo y desarrolla el trabajo que el hacia igual o mejor que el o ella?

El empleador tiene 2 opciones, OPCION 1: regresa a el empleado a su puesto anterior con sus mismas prestaciones o da de baja al nuevo ya que era un trabajo temporal devolviéndole el puesto al empleado que regreso o OPCION 2: le ofrece un nuevo puesto que podría ser el que quedo sin que esto afecte su salario, nivel, categoría o prestaciones, en pocas palabras si es por ejemplo administradora no la pondrá a laborar en un puesto de menos importancia.

Pero que pasa si el empleador ofrece el nuevo puesto con disminución de salario?

La disminución del salario o la variación de otras condiciones y prestaciones laborales, es causa de rescisión del contrato de trabajo sin responsabilidad para el trabajador, esto quiere decir que en cierta manera dejaría de laboral pero demandaría al empleador, conforme a la fracción IV del artículo 51 de la Ley Federal del Trabajo, que a continuación se muestra:

“…Artículo 51.- Son causas de rescisión de la relación de trabajo, sin responsabilidad para el trabajador:

IV. Reducir el patrón el salario del trabajador;

Si usted demandara le correspondería:

  • Indemnización constitucional de 3 meses de salario.
  • Indemnización de 20 días de salario por año trabajado.
  • Prima de antigüedad de 12 días de salario por año.
  • Mas las partes proporcionales de aguinaldo, vacaciones, prima vacacional
  • Reparto de Utilidades (según sea el caso)

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Un comentario

  • Angelica dice:

    Tengo una situacion similar. Que pasa si a mi regreso de incapacidad por maternidad la unica alternativa que tengo es tomar un puesto de menor nivel o renunciar dado que la.persona que se quedo “temporal” al final se quedara con mi puesto? Cabe mencionar que el puesto es como Asistente de Direccion Bilingüe, de lo que yo tengo escolaridad y la persona que se queda con el puesto es diseñador grafico sin idiomas (lo cual es requerido en el puesto) Ademas quien me hace esta “oferta” no es mi jefe sino la gerente organizacional que se queda a cargo cuando el sale de viaje y el gerente de RH. Gracias de antemano por su orientacion que espero sea pronta ya que me piden respuesta inmediata. Mi jefe regresa de viaje el 9 de mayo y no se si el este de acuerdo…

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