El pago referenciado ya es obligatorio para todas las personas morales y para algunas personas físicas (sujetos del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios – IEPS). Por lo tanto, deberán capturar tanto los impuestos a pagar como los saldos a favor, siendo estos últimos los que permiten la compensación contra otros impuestos generados.
Entre las facilidades que ofrece la presentación de pagos provisionales a través del Sistema de Declaraciones y Pagos, se encuentran las siguientes:
Ya no es necesario realizar los cálculos manuales de los impuestos, ya que el sistema los calcula automáticamente.
Permite eliminar las siguientes obligaciones:
- Presentar el listado de conceptos utilizados para el cálculo del IETU.
- Presentar avisos en ceros.
- Presentar declaraciones de corrección de datos.
- Presentar avisos de compensación.
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Contribuyentes relevados de presentar aviso de compensación
I.2.3.4. Los contribuyentes que presenten sus declaraciones de pagos provisionales y definitivos a través del Servicio de Declaraciones y Pagos a que se refiere el Capítulo I.2.11 (Presentación de declaraciones para realizar pagos provisionales y definitivos de personas físicas) y la Sección II.2.8.5 (Presentación de declaraciones de pagos provisionales y definitivos vía Internet de personas físicas y morales), en las que les resulte saldo a cargo y opten por pagarlo con saldos a favor vía compensación, quedarán relevados de presentar el aviso de compensación que se señala en la regla II.2.2.6.
II.2.2.6. Para los efectos del artículo 23 del CFF, el aviso de compensación se presentará mediante la forma oficial 41.
No obstante lo anterior, las personas morales que se ubiquen en alguno de los supuestos señalados en el artículo 32-A del CFF, deberán presentar la información que señalan las fracciones I y II, así como el segundo párrafo de la regla II.2.2.6., según corresponda.
II.2.2.6 II. Las personas morales que se ubiquen en alguno de los supuestos señalados en el artículo 32-A del CFF y sean competencia de la AGAFF, en materia del IVA, ISR, IETU, IDE e impuesto al activo, presentarán los anexos A, 2-A, 2-A bis, 7, 7-A, 8, 8-Bis, 8-A, 8-A bis, 8-B, 8-C, 11, 11-A, 14 y 14-A mediante los dispositivos ópticos (disco compacto), generados con el programa electrónico al que hace referencia el párrafo que antecede. Por lo que respecta al Anexo 6, deberán adjuntar el archivo en formato *.zip de forma digitalizada.
Presentación de anexos
- Repare los anexos de su compensación guardándolos en un archivo *.zip.
- Ingrese a la página de Internet en la sección Mi portal con su Clave de RFC y CIEC actualizada.
- En el recuadro Menú elija la opción Servicios por Internet.
- Abra un caso de servicio o solicitud de acuerdo con lo siguiente:
- Seleccione la opción Servicio o Solicitud, posteriormente Solicitud y elija el trámite Anexos F3241.
- En el campo Dirigido A registre la palabra SAT.
- En el campo Asunto debe anotar el número de operación asignado por el Servicio de Declaraciones y Pagos al presentar su declaración en la que realizó la compensación, compuesta por 8 dígitos numéricos.
- En el campo Descripción capture el periodo y el impuesto donde aplique la compensación, detallando el impuesto y periodos de los saldos a favor anexos en los archivos F3241 adjuntos al caso.
- Si derivado de la compensación utilizó más de un saldo a favor proveniente de diferentes impuestos, debe generar por cada uno de ellos el archivo F3241 correspondiente guardándolos por separado en carpetas identificadas con el nombre del impuesto y periodo correspondiente, debiendo adjuntarlas en un archivo con extensión *.zip. Asimismo, para los saldos remanentes y pagos complementarios aplicados en una nueva compensación debe generar un nuevo archivo F3241.
- Es muy importante que el archivo que anexe al caso tenga la extensión *.zip que preparó con los anexos F3241, de lo contrario, no será recibido.
- Envíe el caso y obtenga su número de folio.

Nuestra labor es compartir a Contadores Públicos, Despachos y Empresas, nuestra experiencia en el ámbito contable, fiscal, financiero y de seguridad social, con el fin de promover la cultura contable en México.
Esperamos les sea de utilidad la información aquí publicada, puedes enviarnos tu consulta al correo electrónico: contacto@contadormx.net
El listado de conceptos en un principio se manejo que se eliminaria con pago referenciado, pero hoy en dia tengo entendido que esa facilidad se derogo y ya no aplica, lo presentaran atravez del DEM de personas morales
Quiero presentar mi aviso de compensación por internet pero me pide un archivo zip que no se cual es ya que el saldo a compensar es remanente y al presentarlo en papel formato 41 ya no te piden ningún requisito.
Rubén, muy sencillo:
1.- Descargar el formato en excel del aviso de compensación que es muy similar al que se presenta en papel (checar que sea la versión actual).
2.- Llenar el archivo de excel con los datos solicitados.
3.- Nombrar el archivo generado con el nombre «F41 seguido sin espacios con el RFC del contribuyente. Por ejemplo: F41FRE0212049Q2
4.- Guardar ese archivo de excel en una carpeta comprimida *.zip
5.- Nombra la carpeta comprimida con el RFC del contribuyente.
Esta es la carpeta que debes anexar en tu trámite vía internet.