¿El aviso de compensación en pago referenciado se da por cumplido?

¿El aviso de compensación en pago referenciado se da por cumplido?
 

El pago referenciado ya es obligatorio para todas las personas morales y para algunas personas físicas (sujetos del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios – IEPS). Por lo tanto, deberán capturar tanto los impuestos a pagar como los saldos a favor, siendo estos últimos los que permiten la compensación contra otros impuestos generados.

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