El pago referenciado ya es obligatorio para todas las personas morales y para algunas personas físicas (sujetos del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios – IEPS). Por lo tanto, deberán capturar tanto los impuestos a pagar como los saldos a favor, siendo estos últimos los que permiten la compensación contra otros impuestos generados.
Nuestra labor es compartir a Contadores Públicos, Despachos y Empresas, nuestra experiencia en el ámbito contable, fiscal, financiero y de seguridad social, con el fin de promover la cultura contable en México.
Esperamos les sea de utilidad la información aquí publicada, puedes enviarnos tu consulta al correo electrónico: contacto@contadormx.net