Resumen desde el Comprobantes Impreso, CFD, CBB hasta llegar al CFDI – Facturacion 2014

 

Autor: CPC y MI Juan Gabriel Muñoz López

Corre el año 2005, México inmerso en la parafernalia comercial internacional debe hacer ajustes en lo interno para ser tomado en cuenta como un competidor serio y distinguido, así lo hizo ver en su momento la OCDE. El plan era sencillo: modernidad, tecnología y simplificación tributaria. Arranca la modalidad de la facturación o mayor propiamente dicho: la expedición de comprobantes fiscales por medios electrónicos de la mano de las reformas en materia de Firma Electrónica Avanzada. ¿Iba en serio el SAT verdad?

Transcurre el tiempo y el grueso de los contribuyentes mortales deja pasar de lado la invitación que hizo la autoridad hacendaria de ir paso a paso cambiando sus métodos de trabajo que incluían reemplazar el papel en la expedición de sus comprobantes fiscales por el aspecto tecnológico en la emisión de los mismos, sin mucho resultado. Era de esperarse, Un Código de Comercio que data de la edad del Porfiriato y 120 años de práctica comercial llevan aparejado la idiosincrasia de una nación y su renuencia al cambio.

No obstante ello, en 2009 se lleva a cabo un cisma (si el lector me permite dar analogía a ese cambio de dimensiones de fe) en el ámbito de la comprobación fiscal en México; una Autoridad cansada (esa realmente es la palabra correcta) de sufrir descalabros -y de mala fe- de parte del contribuyente en lo que lamentablemente es conocido como el mal del siglo 21 en materia fiscal (la compra venta de facturación), lleva a cabo reformas trascendentales en el Código Fiscal de la Federación que «obligan» a cambiar la manera de expedir comprobantes fiscales en nuestro País.

Dichas reformas, haciendo uso de la memoria, suponen la coexistencia de 4 métodos reconocidos en la expedición de comprobantes fiscales y sus períodos de vigencia de cada uno de ellos, a saber:

Leer más…

Caducidad de la facultad del Infonavit para requerir el pago de Amortizaciones por Créditos de Vivienda

 

Autor: Mtro. Eduardo Sánchez Lemoine

El Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT) requiere adeudos fiscales por concepto de amortizaciones por créditos para vivienda, sin reparar si la facultad que tiene para ello ha caducado, fundándose en que el artículo 30, fracción I, párrafo segundo, de su Ley, únicamente prevé la caducidad en la determinación de créditos fiscales por concepto de aportaciones al fondo de vivienda.

Esta Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, en su carácter de organismo autónomo no  sectorizado que tiene por objeto velar por el efectivo acceso a la justicia fiscal de los pagadores de impuestos, como lo dispone el artículo 1° de su Ley Orgánica y, en ejercicio de las atribuciones que le conceden los artículos 5, fracciones I, IV, V, X, XI y XVI, de dicha Ley, así como 72 y demás relativos de los Lineamientos que regulan el ejercicio de sus atribuciones sustantivas, ha detectado la problemática de antecedentes.

ANÁLISIS
La Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, en su artículo 29, fracción II, primer y segundo párrafo, dispone que las aportaciones son gastos de previsión que forman parte del patrimonio de los trabajadores, equivalentes al cinco por ciento del salario de éstos, que entera su patrón al INFONAVIT para su respectivo abono en la subcuenta de vivienda.
Artículo 29. Son obligaciones de los patrones:… II. Determinar el monto de las aportaciones del cinco por ciento sobre el salario de los trabajadores a su servicio y efectuar el pago en las entidades receptoras que actúen por cuenta y orden del Instituto, para su abono en la subcuenta de vivienda de las cuentas individuales de los trabajadores previstas en los sistemas de ahorro para el retiro, en los términos de la presente Ley y sus reglamentos, así como en lo conducente, conforme a lo previsto en la Ley del Seguro Social y en la Ley Federal del Trabajo. En lo que corresponde a la integración y cálculo de la base y límite superior salarial para el pago de aportaciones, se aplicará lo contenido en la Ley del Seguro Social… Estas aportaciones son gastos de previsión de las empresas y forman parte del patrimonio de los trabajadores.

Leer más…

Comprobantes Fiscales Impresos CFDI, CBB y CFD – Tratamiento Fiscal y manejo Administrativo

Contador Mx Te recomienda

La obligación de emitir CFDI no ha entrado en vigor de inmediato para ciertos contribuyentes, es decir, ha tenido un régimen de transición, debido a que por medio del Código Fiscal de la Federación y la Resolución Miscelánea Fiscal, los legisladores y las autoridades hacendarias han otorgado diversas opciones para que los contribuyentes emitan otro tipo de comprobantes fiscales, por ejemplo: los comprobantes fiscales impresos con dispositivo de seguridad (código de barras bidimensional), así como los comprobantes fiscales digitales (CFD).

Mediante la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2013, publicada en el Diario Oficial de la Federación del 31 de mayo de 2013, se realizaron cambios relevantes en materia de expedición de comprobantes fiscales, a saber:

Leer más…

Pago de lo Indebido – Contra que Impuestos se puede Compensar? ISR, IVA, IETU o IEPS

Es muy común que en los pagos de impuestos se llegue a generar diferencias en su calculo, esto quiere decir que existió algún error aritmético en la determinación del pago y la diferencia que exista entre lo que se pago y lo que se debió pagar se le llama “Pago de lo Indebido”. Personas físicas y Morales que pagaron cantidades indebidamente pueden solicitar la compensación contra otros impuestos que les resulte a pagar, ya sea ISR, IVA, IETU o algún otro impuesto que a continuación se enlista:

Impuestos contra los que se puede compensar:

Leer más…

Validar CFDI – Porque es tan Importante y como saber si no fue alterado un XML?

Si emites o recibes CFDI Comprobantes Fiscales Digitales por Internet, debes de saber que estos deben de estar validados por el SAT para que sean deducibles para las personas que los reciban. Para esto existe el Servicio de Validación de CFDI del SAT el cual esta disponible las 24 horas del día. Muchos piensan que por ser un CFDI esta validado automáticamente porque lo emitió un Proveedor Autorizado de Certificación (PAC), lo cierto es que al emitirlos en formato XML este es un archivo que puede ser modificado una vez emitido y por lo tanto perder validez e incluso generarte problemas si consideras este comprobante en tus gastos.

¿Cómo podemos  identificar si los comprobantes fueron modificados?

La única forma es si los validamos, debido a que es un documento electrónico en formato XML no se puede validar a “simple vista” ya que tiene operaciones matemáticas y algoritmos que se tienen que verificar para garantizar que no fue modificado en algún momento.

Leer más…

Lo básico de Impuestos para Personas Físicas y mini Test de tu situación Fiscal

 
Son contribuyentes directos las personas físicas con actividad comercial. ¿Ejemplos? Comerciantes, abogados, diseñadores gráficos que prestan sus servicios. Ellos deben darse de alta ante la autoridad fiscal (en el caso de México, el Servicio de Administración Tributaria, SAT) y registrar las actividades por las cuales perciben ingresos: actividades empresariales, honorarios, arrendamiento de bienes, dividendos, etcétera.

Allí se reconoce la obligación de pagar impuestos directamente, de forma mensual y anual. Somos contribuyentes indirectos cuando pagamos impuestos de forma cotidiana, muchas veces sin darnos cuenta. Es el caso del IVA: un impuesto que grava, entre otras actividades, las ventas y prestaciones de servicios efectuados en México. Su importe generalmente va implícito en el precio de los productos que compramos.

Ojo: tenemos la opción de deducir ciertas erogaciones quienes pagamos impuestos de manera directa, siempre y cuando cumplan con ciertas características como:

  • i) que se consideren estrictamente indispensables para la actividad que les genera los ingresos por los que están registrados ante la autoridad fiscal;
  • ii) que tengan los comprobantes fiscales que respalden las deducciones;
  • iii) que se encuentren efectivamente pagados, en algunos casos.

Leer más…

Como Identificar las Partes Relacionadas, basándonos en los Criterios de las NIF

Autor: C.P.C. Juan Carlos Cubas Chávez, integrante de la
Comisión de Desarrollo Bosques, de Apoyo al Ejercicio Independiente
del Colegio de Contadores Públicos de México

En los últimos años ha cobrado relevancia, en la legislación fiscal, el modo para regular el mecanismo conocido como Precios de Transferencia. Se han hecho numerosas investigaciones en relación a este tema y poco se ha comentado respecto a las partes relacionadas. La idea generalizada nos indica que existen partes relacionadas cuando se tiene una transacción entre compañías vinculadas con los mismos accionistas, y desde ahí se aplican los mecanismos normativos basados en los lineamientos de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE).

Se da por hecho considerar que hay partes relacionadas
cuando dos sociedades efectúan una operación comercial o
de servicios y tienen dueños en común. Pero además de esa situación,
existen otros orígenes, los cuales conocerá en este trabajo

En este punto, es importante hacer dos cuestionamientos:

1. ¿Realmente se está identificando correctamente la existencia de una parte relacionada?, y una vez identificada,
2. ¿Se está en posibilidad de definir la existencia de una operación entre partes relacionadas?

Se da por hecho considerar que hay partes relacionadas cuando dos sociedades efectúan una operación comercial o de servicios y tienen dueños en común. Pero además de esa situación, existen otros orígenes, los cuales plantearé a continuación.

Leer más…

Insuficiente el Catalogo de Actividades para Determinar la Clase de Riesgo de Trabajo del IMSS – PRODECON

Existe Insuficiencia en el catálogo de actividades para determinar la clase para el seguro de riesgos de trabajo del IMSS (señala la PRODECON), El catálogo de actividades para determinar la clase para el seguro de riesgos de trabajo previsto en el artículo 196 del Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización, no contempla muchas de las actividades comerciales, industriales y empresariales que hoy día se llevan a cabo en nuestro país, situación que genera que los patrones determinen su clase con base en una actividad similar o análoga a la que efectivamente realizan.

La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, en su carácter de organismo autónomo no sectorizado que tiene por objeto velar por el efectivo acceso a la justicia fiscal de los pagadores de impuestos, como lo dispone el artículo 1° de su Ley Orgánica y, en ejercicio de las atribuciones que le conceden los artículos 5, fracciones I, IV, V, X, XI y XVI, de dicha Ley, así como 72 y demás relativos de los Lineamientos que regulan el ejercicio de sus atribuciones sustantivas, ha detectado la problemática de antecedentes.

El régimen de seguridad social en México se integra por varios ramos de aseguramiento obligatorio. En el caso del seguro de riesgos de trabajo, los patrones realizan aportaciones al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) tendientes a garantizar la salud e integridad de aquellos trabajadores que en el desarrollo normal de sus actividades laborales, han sufrido alguna clase de enfermedad o accidente que merma, disminuye o afecta su salud.

Leer más…

Como Solicitar la Pensión por Retiro Anticipado y Cesantía en Edad Avanzada del IMSS – ISSSTE

 

Serán aplicables tratándose de los trabajadores sujetos a los regímenes de seguridad social del IMSS cualquiera que sea la fecha de su ingreso a ese régimen o del ISSSTE que se encuentran bajo el sistema de cuentas individuales que coticen al fondo del Seguro de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, que se ubiquen en alguno de los supuestos siguientes:

  • a) Soliciten la transferencia de los derechos de sus periodos de cotización, así como disponer de los recursos acumulados en su Cuenta Individual para la contratación de su Seguro de Pensión o Retiro Programado y, en su caso, el Seguro de Sobrevivencia para sus familiares derechohabientes;
  • b) Obtengan una pensión de retiro, cesantía en edad avanzada o vejez en términos de la Ley del ISSSTE o la Ley del Seguro Social, sin haber solicitado la transferencia de los derechos de los periodos de cotización, ni de los recursos acumulados en su Cuenta Individual.

El trabajador que desee pensionarse por retiro, cesantía en edad avanzada o vejez bajo la modalidad de portabilidad de derechos entre el IMSS y el ISSSTE, deberá tramitar y obtener, previo a su solicitud de trámite de pensión, la Constancia de períodos reconocidos entre el IMSS e ISSSTE misma que se puede tramitar en los servicios de Afiliación de ambos Institutos.

La solicitud de pensión deberá presentarse ante la Institución donde se haya registrado la fecha de baja más reciente, invariablemente, el trabajador deberá estar dado de baja del régimen obligatorio de ambos Institutos (ante el IMSS e ISSSTE).

Leer más…

CONTADORMX

Mantente actualizado sin perder tiempo buscando información

Recibe directamente en tu correo información práctica para el contador en México.

  • Actualizaciones fiscales y contables
  • Herramientas y recursos prácticos
  • Información para facilitar tu trabajo
No hemos podido validar tu suscripción.
Se ha realizado tu suscripción.